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Incompatibilidades
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En la Constitución vigente de Rumanía, el Artículo 71 [Incompatibilidades], ubicado en el Título III [las Autoridades Públicas], Capítulo i [el Parlamento], Sección 2: el Estatuto de los Diputados y Senadores] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: 1. Nadie podrá ser, simultáneamente, diputado y senador. 2. La calidad de diputado o de senador será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo público de autoridad, salvo el de miembro del Gobierno. 3. El resto de las incompatibilidades se establecerán por ley orgánica.
Incompatibilidades en el Derecho Constitucional Rumano
Artículo 105 [Incompatibilidades] de la Constitución Rumana
En la Constitución vigente de Rumanía, el Artículo 105 [Incompatibilidades], ubicado en el Título III [las Autoridades Públicas], Capítulo Iii [el Gobierno] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: 1. El cargo de miembro del Gobierno será incompatible con el ejercicio de otro cargo público de autoridad, salvo el de diputado o de senador. Asimismo, es incompatible con el ejercicio de un cargo de representación profesional remunerada en las organizaciones con fines comerciales. 2. Otras incompatibilidades se establecerán por ley orgánica.
Incompatibilidades en el Derecho Constitucional Rumano
Artículo 144 [Incompatibilidades] de la Constitución Rumana
En la Constitución vigente de Rumanía, el Artículo 144 [Incompatibilidades], ubicado en el Título v [el Tribunal Constitucional] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: el cargo de juez del Tribunal Constitucional será incompatible con cualquier otro cargo público o privado, salvo las actividades académicas docentes.
Incompatibilidades en el Artículo 154 de la Constitución de Portugal
Este artículo trata sobre Incompatibilidades, y está ubicado en la Parte III, sobre la Organización del Poder Político, Título III, acerca de la Asamblea de la República, Capítulo I [Estatuto y elección], de la Constitución portuguesa vigente. Dicho artículo dispone lo siguiente: 1. Los Diputados que fueran nombrados miembros del Gobierno no podrán ejercer el mandato parlamentario hasta la cesación de estas funciones, siendo sustituidos en los términos del artículo anterior. 2. La ley determina las demás incompatibilidades. 3. La ley regula los casos y las condiciones en que los Diputados necesitan la autorización de la Asamblea de la República para ser jurados, árbitros, peritos o testigos.
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Incompatibilidades en el Artículo 55 de la Constitución de Alemania
Este artículo trata sobre Incompatibilidades, y está ubicado en la Parte V, sobre el Presidente Federal, de la Constitución alemana vigente. El artículo dispone lo siguiente: 1. El Presidente Federal no podrá pertenecer ni al Gobierno ni a un órgano legislativo de la Federación o de un Land. 2. El Presidente Federal no podrá ejercer ningún otro cargo público remunerado, ningún oficio ni profesión, ni tampoco pertenecer a la administración o al consejo de administración (o junta directiva) de una empresa con fines de lucro.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Incompatibilidades en el Artículo 66 de la Constitución de Alemania
Este artículo trata sobre Incompatibilidades, y está ubicado en la Parte VI, sobre el Gobierno Federal, de la Constitución alemana vigente. El artículo dispone lo siguiente: el Canciller Federal y los ministros federales no podrán ejercer ningún otro cargo público remunerado, ningún oficio ni profesión, ni tampoco pertenecer a la dirección ni, salvo autorización del Bundestag, al consejo de administración (o junta directiva) de una empresa con fines de lucro.
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