Jus Cogens
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Jus Cogens
Definición y descripción de Jus Cogens ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Ricardo Méndez Silva) Término que ha desarrollado la doctrina jusinternacionalista para designar dentro de un sistema jurídico una norma de rango superior que excluye un acuerdo particular derogatorio.Entre las Líneas En lo que representa una notable innovación en el derecho internacional positivo, la Convención de Viena de 1963 sobre el Derecho de los Tratados, sacó de la doctrina y del ámbito consuetudinario a las normas del jus cogens, para reconocer el carácter convencional. El artículo 53 las comprende de la siguiente manera: “Es nulo todo tratado que, en el momento de su celebración, esté en oposición con una norma imperativa de derecho internacional general. Para los efectos de la presente Convención, una norma imperativa de derecho internacional general es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que solo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter”.
Más sobre el Significado de Jus Cogens
Don Antonio Gómez Robledo hace notar que el precepto citado define a las normas imperativas de derecho internacional no por su inderogabilidad, sino por el hecho de admitir acuerdo en contrario.Entre las Líneas En efecto, el instrumento de Viena prevé la posibilidad de que una norma de este rango sea substituida por otra de igual jerarquía. De ahí que la nota diferencial sea el no admitir acuerdo en contrario en el momento en que se encuentra en vigor. Requiere para su validez que sea “aceptada y reconocida por la comunidad de Estados en su conjunto”, lo que le resta valor de derecho natural y la condiciona al reconocimiento consuetudinario general. Este rasgo introduce problemas prácticos, toda vez que las opiniones difieren en lo relativo así se requiere el reconocimiento total de los Estados existentes o si bastaría el de una mayoría abrumadora. Ello explica que solo exista un régimen que se considera unánimemente como norma imperativa: la prohibición al uso de la fuerza.
Informaciones
Los desarrollos de derecho de la descolonización, a partir de 1960, han hecho sostener a algunos autores que esta pieza vital del edificio jurídico internacional de nuestros días, es norma imperativa. A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Jus Cogens en relación a la Migración Internacional
Norma de derecho internacional de carácter perentorio. Norma imperativa de derecho internacional. El Artículo de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados de 1969 señala que “…para los efectos de la (…) Convención, una norma imperativa de Derecho Internacional general es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como una norma que no admite acuerdo en contrario y que solo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter.” Por ejemplo, la prohibición de la tortura constituye una norma imperativa de derecho internacional o del jus cogens. [1]
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Información sobre jus cogens recogida del Glosario sobre Migración, Derecho Internacional sobre Migración, Organización Internacional para las Migraciones, Ginebra, Suiza (2006)
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Véase También
Bibliografía
Gómez Robledo, Antonio, El ius cogens internacional (estudio histórico-crítico), México, UNAM, 1982; Riesenfeld, Stefan A., “Jus dispositivum and jus cogens in International Law: In the Light of a Recent Decisiónof the German Supreme Constitucional Court”, American Journal of International Law, Washington, volumen 60, número 3, julio de 1966; Seara Vázquez, Modesto, Derecho internacional público; 6ª edición, México, Porrúa, 1979.
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Gómez Robledo, Antonio, El ius cogens internacional (estudio histórico-crítico), México, UNAM, 1982; Riesenfeld, Stefan A., “Jus dispositivum and jus cogens in International Law: In the Light of a Recent Decisiónof the German Supreme Constitucional Court”, American Journal of International Law, Washington, volumen 60, número 3, julio de 1966; Seara Vázquez, Modesto, Derecho internacional público; 6ª edición, México, Porrúa, 1979.
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
Me fue muy util