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Legalización

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Legalización

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]Nota: Puede verse también información acerca de la Legalización de Documentos.

Introducción: Legalización

Concepto de Legalización en el ámbito del comercio exterior y otros afines: Acto por el cual el Director Regional, el Administrador o los funcionarios en quienes éstos deleguen esta facultad, constatan que el respectivo documento ha cumplido todos los trámites legales y reglamentarios, otorgándole su aprobación y verificando además, la conformidad de la garantía rendida, en aquellas declaraciones en que sea exigible.

Legalización en el Derecho Francés

La “legalización” es la formalidad por la que una autoridad pública certifica que ha verificado la identidad del firmante o firmantes de un documento y que habiendo comparecido el interesado o interesados, el funcionario público puede afirmar que la firma o firmas estampadas en dicho documento son las de la persona o personas que han comparecido. En aplicación del artículo L2122-30 del Código General de las Entidades Locales, la legalización la realiza el Alcalde. En el extranjero, el Decreto n°2007-1205 de 10 de agosto de 2007 confía esta tarea a los embajadores y jefes de las oficinas consulares. La legalización de un documento privado confiere una fecha determinada. A pesar de la derogación de la Orden de Marina de agosto de 1681, la formalidad de la legalización de los documentos del estado civil redactados por una autoridad extranjera y destinados a ser presentados en Francia sigue siendo, según la costumbre internacional y salvo acuerdo en contrario, obligatoria, de modo que un extracto de un documento redactado por una autoridad extranjera y no legalizado no cumple los requisitos legales y no puede surtir efecto en Francia. Así, el Tribunal de Casación recordó que los documentos redactados por una autoridad extranjera y destinados a ser presentados ante los tribunales franceses deben ser previamente legalizados para que surtan efecto en Francia, de acuerdo con la costumbre internacional y salvo acuerdo en contrario. Dictaminó, en relación con la conversión de la adopción simple de un niño extranjero en una adopción plena por parte de una pareja francesa, que la recogida de los consentimientos de los padres biológicos ante el juez extranjero no había sido legalizada por las autoridades extranjeras competentes, por lo que el juez francés estaba justificado para rechazar jurídicamente la solicitud. Así, tras constatar que la copia de una partida de nacimiento había sido legalizada por el jefe de la cancillería del Ministerio de Asuntos Exteriores de las Comoras, y no por el cónsul francés en las Comoras ni por el cónsul de las Comoras en Francia, un Tribunal de Apelación dedujo correctamente que, a falta de legalización regular, la partida no podía surtir efecto en Francia.

En su acepción actual, la legalización puede ser realizada en Francia por el cónsul del país donde se ha redactado el documento o, en el extranjero, por el cónsul de Francia establecido en el país donde se ha redactado el documento: estas dos autoridades son las únicas habilitadas para hacerlo.

Existe una cierta vaguedad en el vocabulario utilizado en la práctica, que a menudo utiliza términos equivalentes como “apostilla” o “certificación”. La apostilla es la forma prevista por el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 para sustituir la legalización de un documento público. Este convenio suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) en los países cuya lista está actualizada por los servicios del Ministerio de Asuntos Exteriores. Sustituye a la doble legalización obligatoria cuando ambos Estados han ratificado este convenio internacional.

Por ejemplo, el Decreto 2002-616 sobre el registro nacional de certificaciones profesionales establece que “los diplomas y títulos con fines profesionales, así como los certificados de cualificación profesional, podrán registrarse, a petición de las autoridades u organismos que los hayan creado, previo dictamen de la Comisión Nacional de Certificación Profesional”. De igual modo, existe la certificación de productos y servicios industriales. La certificación es un procedimiento por el que un organismo de certificación atestigua que un sistema organizativo, un proceso industrial, una persona, un producto o un servicio cumplen los requisitos especificados en una norma. También existe una certificación relativa al origen de los productos importados o exportados. Las aduanas de los países extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) o los clientes de esos países pueden exigir que se justifique el origen de una mercancía mediante la presentación de un certificado de origen. El certificado de origen comunitario es un documento aduanero autentificado por las Cámaras de Comercio e Industria.

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Datos verificados por: Louisse

Definición de Legalización en Derecho español

Forma jurídica de un acto. Certificación de verdad o de legitimidad. Autenticación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).
Entre las Líneas
En el Derecho notarial se distingue la legalización de la legitimación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La primera es la comprobación de la firma que de un notario (fedatario público) consta en un documento autorizado por él y que, para hacer fuera de la provincia en que ejerza sus funciones, requiere la firma de otros dos notarios del mismo partido judicial, o el visto bueno del juez de primera instancia, que pondrá el sello del juzgado. Por legitimación se entiende la autenticación que el notario (fedatario público) hace de las firmas de autoridades, funcionarios y particulares.
A continuación se examinará el significado.

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¿Cómo se define? Concepto de Legalización en relación a la Migración Internacional

Acto de legitimar. Autorización o justificación por un acto legal. También se trata del acto de validación de un documento ante las autoridades del Estado en el que se utiliza. [1]

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Información sobre legalización recogida del Glosario sobre Migración, Derecho Internacional sobre Migración, Organización Internacional para las Migraciones, Ginebra, Suiza (2006)
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