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Ley Fundamental

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Ley Fundamental

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.

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Ley Fundamental en el Derecho Legislativo y Político

Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

Origen de la Expresión

Ley (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente plataforma: iniciativa de ley). Fundamental, adjetivo que significa “que es el fundamento o parte principal de una cosa”. Fundamento: nombre, del latín Fundamentum, que quiere decir: principio y cimiento en que estriba y sobre el que se fundan edificio u otra cosa. 5a. figura “raíz, principio y origen en que estriba y tiene su mayor fuerza una cosa no material” (DLE). Fundamental, se escribe en otros idiomas: portugués, inglés y francés, fundamental; alemán, grundlegend e italiano, fondamentale. De acuerdo con lo anterior, se designa con el nombre de ley fundamental: “a la Constitución del Estado, por ser el fundamento verdadero de todas las otras leyes. Se denomina también Ley Básica, como base e inspiración de todas las normas legales, que han de ajustarse a ellas, salvo ser inconstitucionales y, por tanto, carecer de eficacia o validez”.

Historia del Desarrollo de la Ley Fundamental

Parece ser que fue en el decurso del siglo XVI, cuando se habló en Francia por primera vez de “Leyes Fundamentales del Reino” y “Leyes del Rey”, llamándose a las primeras: Lex Fundamentalis. Según el eminente jurista Loyseau, las Lex Fundamentalis “son para el Poder Real límites serios”, en tanto que las “Leyes del Rey” son lo que hoy llamamos “Legislación Ordinaria”. Éstas, no podían contravenir las disposiciones de aquéllas. 1.

Aviso

No obstante, la línea divisoria entre uno y otro cuerpo de leyes era tan sutil, para decirlo de alguna manera, que no llegó a existir una distinción tajante entre ellas. Thomas Hobbes, en la edición original inglesa de su célebre libro Leviathan, escribió: “No he podido encontrar en ningún autor lo que significa ley fundamental”. 2. Carl Schmit dice que en su sentido general, carente de precisión, se denominan “leyes fundamentales”, todas aquellas disposiciones que parecen de “singular importancia política a las personas o grupos políticamente influyentes en un momento dado”. Así, nos dice: “Se llamaron leyes fundamentales las numerosas disposiciones, capitulaciones y privilegios de los Estamentos Alemanes frente al Emperador. ”

▷ En este Día de 4 Mayo (1886): Asunto de Haymarket
Illustration of Haymarket square bombing and riot Tal día como hoy de 1886, la violencia entre la policía y los manifestantes obreros estalló en el motín (llamado “asunto”) de Haymarket, en Chicago, que escenificó la lucha del movimiento obrero por su reconocimiento en Estados Unidos. El caso Haymarket tuvo un efecto duradero en el movimiento obrero de Estados Unidos. Los Caballeros del Trabajo (KOL), en aquel momento la mayor y más exitosa organización sindical del país, fueron culpados del incidente. Aunque la KOL también había buscado una jornada de ocho horas y había convocado varias huelgas para lograr ese objetivo, no se pudo demostrar su implicación en el motín. Sin embargo, la desconfianza pública hizo que muchos sindicatos locales del KOL se unieran a la recién creada y menos radical Federación Americana del Trabajo. La tragedia de Haymarket inspiró a generaciones de líderes sindicales, activistas de izquierda y artistas, y se ha conmemorado en monumentos, murales y carteles de todo el mundo, especialmente en Europa y Latinoamérica. En 1893 se erigió el Monumento a los Mártires de Haymarket en un cementerio del barrio de Forest Park, en Chicago. Una estatua dedicada a los policías asesinados, erigida en Haymarket Square en 1889, fue trasladada a la academia de formación del Departamento de Policía de Chicago a principios de la década de 1970, después de que fuera dañada repetidamente por radicales de izquierda. En 2004 se instaló en el lugar de los disturbios un monumento conmemorativo oficial, el Haymarket Memorial. Véase una cronología de las protestas sociales. (Imagen de Wikimedia)

Acepciones

Acto continuo, ofrece las ocho siguientes acepciones de la ley fundamental: 1. Es una norma absolutamente inviolable que no puede ser reformada ni quebrantada. 2. Es toda norma relativamente invulnerable, que sí puede ser reformada o quebrantada bajo supuestos dificultades. 3. Es el último principio unitario de la unidad política y de la ordenación de conjunto (aquí se expresa el concepto absoluto de Constitución). 4. Es cualquier principio particular de la organización estatal (derechos fundamentales, división de poderes, principio representativo, etc.).

5. Es la norma última para un sistema de imputaciones normativas. 6. Es toda regulación orgánica de competencia y reconocimiento para las actividades estatales políticamente más importantes; y también, en una Federación la delimitación de los derechos de ésta respecto de los Estados miembros. 7. Es toda limitación normada de las facultades o actividades estatales, y 8. Constitución en sentido positivo, de donde la llamada ley fundamental no tiene por contenido esencial una normación legal, sino la decisión política. 3. Jellinek, con evidente claridad dice: “La característica jurídica esencial de las leyes fundamentales consiste en poseer, de modo exclusivo y formal, una fuerza legal superior.”
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Historia de la Ley Fundamental en el Derecho Constitucional Americano

La institución de una constitución escrita como ley fundamental superior y limitante del derecho estatutario ordinario y del gobierno, que ahora damos por sentado, fue distintivamente estadounidense. El concepto de ley fundamental encarnado en una constitución escrita fue una de las ideas más influyentes y radicales que surgieron de la revolución americana. Suponía una ruptura con el pasado inglés reciente.
La noción de ley fundamental ha tenido una historia continua en el pensamiento político occidental. A mediados del siglo XVII, los ingleses anticiparon el uso de una constitución escrita como base del gobierno, pero el experimento a medias no duró. La ley fundamental seguía siendo un término vago y poco definido, que representaba la constitución consuetudinaria, a diferencia del cambio revolucionario. Los parlamentarios acusaron a Carlos I y a Jaime II de intentar, mediante actos arbitrarios, subvertir las leyes fundamentales del reino, especialmente los derechos tradicionales de libertad y propiedad. Aunque el interés por la ley fundamental disminuyó en el siglo XVIII, el concepto nunca perdió su atractivo para los ingleses.

Puntualización

Sin embargo, la creciente aceptación de la omnipotencia del Parlamento hizo que la idea de un único instrumento escrito que creara y limitara al gobierno fuera decididamente obsoleta, porque no existían restricciones al poder parlamentario, y por esa razón los estadounidenses finalmente repudiarían la constitución inglesa no escrita por ser menos que la encarnación de una ley verdaderamente fundamental.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Las ideas reformistas sobre el derecho, vigentes a principios del siglo XVII en Inglaterra, influyeron en los colonos de los primeros Estados Unidos en la creación de sus sistemas legales. Los colonos desarrollaron una concepción de las fuentes y la naturaleza de la ley que era mucho más amplia que la concepción tradicionalmente estrecha del derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) inglés. Este enfoque amplio reflejaba el estado fundamentalmente alterado de muchos aspectos del derecho en el Nuevo Mundo. Los líderes de las colonias americanas también asimilaron nuevas corrientes en el pensamiento político que llevaron a la conclusión de que la ley fundamental o natural estaba detrás de la ley civil de cada nación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La ley fundamental se equiparó en sus mentes con el derecho natural o la ley de la naturaleza. Muchos residentes del Nuevo Mundo consideraban sus cartas constitutivas de la Corona como una fuente fundamental para sus derechos básicos como ingleses.

El fermento revolucionario de los años 1760 y 1770 en las colonias americanas produjo la idea de una constitución escrita que incorporaba la ley fundamental. Los estadounidenses consideraron inconstitucionales varios de los estatutos del Parlamento que rigen a Estados Unidos.Entre las Líneas En 1761, James Otis argumentó que los recursos de asistencia eran “contrarios a los principios fundamentales del derecho”. Al igual que los ingleses un siglo antes, los estadounidenses gravitaron hacia una comprensión de una constitución como algo antecedente y primordial para todas las ramas del gobierno, incluso para sus representantes legislativos. La ley fundamental controlaba la ley estatutaria. Una carta de 1760 al pueblo de Pensilvania señalaba la importancia de “las leyes y reglas fundamentales de la constitución, que nunca deben ser infringidas….” para formar un plan de gobierno. Escribiendo en contra de la autoridad del Parlamento sobre las colonias en 1774, John Adams consideraba que los neo-ingleses derivaban sus leyes “no del parlamento, ni del derecho consuetudinario, sino de la ley de la naturaleza y del pacto hecho con el rey en nuestra carta…. Las libertades inglesas no son más que ciertos derechos de la naturaleza, reservados al ciudadano por la constitución inglesa, cuyos derechos se escindían a nuestros antepasados cuando cruzaban el Atlántico”.

El proceso de elaboración de constituciones estatales que comenzó en 1776 dio lugar a once constituciones escritas en 1780, pero la naturaleza básica y en gran medida inalterable de tales documentos no se reconoció plenamente en la práctica en la primera década, principalmente porque las primeras constituciones otorgaron poder predominante a las legislaturas. Las críticas a la excesiva actividad legislativa en la década de 1780 llevaron a la aceptación general de la idea de que las constituciones deberían servir como leyes fundamentales para controlar a las legislaturas. Thomas Jefferson buscaba ansiosamente una constitución de Virginia que la legislatura no pudiera cambiar fácilmente.

Poco a poco, los estados americanos llegaron a considerar sus constituciones escritas como leyes fundamentales o superiores a los actos legislativos ordinarios, lo que significaba restricciones al poder legislativo, porque los tribunales ordinarios de justicia finalmente implementaron las constituciones escritas mediante un proceso de revisión judicial. El argumento a favor de la práctica innovadora de la revisión judicial es que predominan las leyes fundamentales.

Una Conclusión

Por lo tanto, la convención constitucional que se reunió en Filadelfia en 1787 aceptó la noción de que una legislatura no podía cambiar una constitución sin la convocatoria de una convención constitucional especial. El reconocimiento de la nueva Constitución federal como ley fundamental requería la convocatoria de convenios especiales de ratificación para evitar disputas sobre su legitimidad. Este proceso de creación de la ley fundamental a través de la elaboración de la constitución fue la fuente del atractivo básico de la Revolución Americana para los europeos continentales.

Autor: Black

Ley Fundamental en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=”parlamentarismo”] En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de ley fundamental en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto. Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Véase También

Bibliografía

DE BUSTAMANTE, A.S. y Montoro, Introducción a la Ciencia del Derecho, Cultural, La Habana, 1945.

JELLINEK, George, Teoría General del Estado, Albatros, Buenos Aires, 1978.

SCHMITT, Carl, Teoría de la Constitución, Editora Nacional, México, 1970.

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