Nivde Vida
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El Nivel de Vida en el Derecho Constitucional Rumano
Artículo 47 [el Nivel de Vida] de la Constitución Rumana
Artículo 47 [el Nivel de Vida] de la Constitución Rumana
En la Constitución vigente de Rumanía, el Artículo 47 [El nivel de vida], ubicado en el Título II [los Derechos, las Libertades y los Deberes Fundamentales], Capítulo ii [los Derechos y las Libertades Fundamentales] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: 1. El Estado está obligado a tomar medidas para el desarrollo económico y la protección social, destinadas a asegurar a los ciudadanos un nivel de vida digno. 2. Los ciudadanos tienen derecho a pensiones, licencias de maternidad retribuidas, seguro de desempleo, asistencia médica en las unidades sanitarias públicas o privadas, en virtud de lo establecido por la ley. Los ciudadanos tendrán derecho a la asistencia social de acuerdo con la ley.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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