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Protección Internacional (consular y Diplomática)

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Protección Internacional (consular y Diplomática)

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Protección Diplomática Internacional

En el derecho internacional, la protección diplomática (o despido diplomático) es un medio para que un estado tome medidas diplomáticas y de otra índole contra otro estado en nombre de su nacional cuyos derechos e intereses se hayan visto perjudicados por ese estatuto e. La protección diplomática, que se ha confirmado en diferentes casos del Tribunal Permanente de Justicia Internacional y el Tribunal Internacional de Justicia, es un derecho discrecional de un estado y puede adoptar cualquier forma que no esté prohibida por el derecho internacional. Puede incluir acción consular, negociaciones con el otro estado, presión política y económica, procedimientos judiciales o arbitrales u otras formas de solución pacífica de controversias.

En 2006, la Comisión de Derecho Internacional adoptó los Artículos sobre Protección Diplomática, que regulan el derecho y el ejercicio de la protección diplomática.

Historia

La protección diplomática tiene sus raíces en el siglo XVIII. La idea de que un estado tiene el derecho de proteger a sus súbditos que están en el extranjero ha sido expresada por Emmerich de Vattel en su Ley de Naciones:

“Quien maltrata a un ciudadano perjudica indirectamente al Estado, debe protegerlo”.

Como esta protección podría tomar cualquier forma, la doctrina ha sido a menudo mal utilizada por las potencias occidentales como un pretexto para intervenir en los asuntos de las naciones menos poderosas, a veces recurriendo al uso de la fuerza (por ejemplo, en China durante la Rebelión de los Boxeadores y Venezuela en Venezuela). principios del siglo XX). Como resultado, la doctrina de la protección diplomática ha atraído muchas críticas, particularmente en las antiguas colonias. Específicamente, en América Latina, la Doctrina Calvo fue ideada para evitar la invocación de la protección diplomática por parte de ciudadanos occidentales.

Puntualización

Sin embargo, la protección diplomática ha sido reconocida como ley internacional consuetudinaria por los tribunales y tribunales internacionales, así como por los académicos. Después de la Segunda Guerra Mundial, con el uso de la fuerza ilegalizada como un instrumento de relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolíticas en nuestra plataforma),

La naturaleza de la protección diplomática

Tradicionalmente, la protección diplomática ha sido vista como un derecho del estado, no de la persona que ha sido perjudicada en virtud del derecho internacional. Una lesión a un extranjero se considera una lesión indirecta en su país de origen y, al considerar su caso, se considera que el estado hace valer sus propios derechos. Esto significa que un estado no está obligado de ninguna manera a asumir el caso de su nacional y recurrir a la protección diplomática si considera que esto no está en sus propios intereses políticos o económicos.

Requisitos legales

El derecho internacional consuetudinario reconoce la existencia de ciertos requisitos que deben cumplirse antes de que un estado pueda defender válidamente el interés de su nacional.

Informaciones

Los dos requisitos principales son el agotamiento de los recursos locales y la nacionalidad continua.

ExhaUso de los recursos locales La aceptación

diplomática de las reclamaciones de un nacional no será aceptable internacionalmente a menos que el nacional en cuestión le haya dado al Estado anfitrión la oportunidad de corregir el daño que se le hizo a través de sus propios recursos nacionales. El agotamiento de los recursos locales generalmente significa que el individuo primero debe presentar sus reclamaciones contra el estado anfitrión a través de sus tribunales nacionales hasta el nivel más alto antes de que pueda solicitar al estado de su nacionalidad que acepte esas reclamaciones y ese estado puede hacerlo válidamente.

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Nacionalidad efectiva y continua.

El segundo requisito importante es que el individuo que ha sido agraviado debe mantener la nacionalidad del estado de acogida desde el momento de la lesión hasta al menos la presentación de la reclamación por medio de la asunción diplomática. Si la nacionalidad de la persona en cuestión cambia mientras tanto, el estado de su nacionalidad anterior no podrá defender válidamente sus reclamaciones. La reclamación de un stat correo en nombre de su Nati onal también puede ser despedido o declarada inadmisible si no existe un vínculo real y efectiva entre el nacional y el estado que pretende protegerlo (véase la Corte Internacional de Jus tice el juicio en el Caso de Nottebohm).

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Autor: Henry

Recursos

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Véase También

Doctrina Calvo
Barcelona Traction

Bibliografía

Brotóns, Remiro et al (1997). Derecho Internacional. Madrid, McGraw Hill y Ciencias Jurídicas. Página en línea de interés: Organización de las Naciones Unidas: <un.org/law/ilc/reports/2004/ 2004report.htm>

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