Refugiado Económico
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¿Cómo se define? Concepto de Refugiado Económico en el Ámbito del Derecho Migratorio de la Unión Europea
Se produce con frecuencia un uso incorrecto del término por lo que su empleo debe ser evitado. Se trata de un inmigrante económico y no un refugiado según la definición legal de la Convención de Ginebra.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Interesante pero creo que ustedes deben buscar la definición de refugiado económico de un profesor en migraciones el Dr. Freddy Galeano asistí hace unos días a una conferencia de el en Amsterdam donde definió de forma muy clara y contundente a un refugiado económico y de hecho la definición es oficial por una revista científica indexada “Trayectorias humanas transcontinentales”