Reivindicación
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Reivindicación
Reivindicación, aparte de su significado coloquial (reivindicaciones laborales de los sindicatos, reivindicación de un asesinato por su autor o de un atentado terrorista por una banda de criminales, entre otros) este término designa, en el lenguaje jurídico, el acto por el cual el legítimo propietario de una cosa (tras comprobar que ha sido privado de ella de forma ilegal) exige a la persona en cuyo poder se encuentre su restitución.
Cualquier cosa determinada (mueble o inmueble) es reivindicable por el propietario despojado, siempre que demuestre que es de su propiedad, y siempre que se trate de una cosa identificable por sí misma (no se puede reivindicar una cantidad de dinero, un metro de una tela o una tonelada de carbón vegetal). Si el reivindicante no consigue probar su derecho de propiedad, el juez mantendrá en su posesión a quien detente lo demandado, aunque lo esté haciendo de forma ilegal, pues el Derecho prefiere mantener la paz social y el estado actual de las situaciones, que ordenar al que posee una cosa su devolución a quien no ha logrado probar que es dueño de la misma (incluso aunque, de hecho, lo sea).
El mejor camino para probar la propiedad es por medio de la certificación en los distintos registros de la propiedad, pues, mientras no se demuestre lo contrario, hay que entender que si se consigna que la cosa pertenece a una persona, es cierto que le pertenece (principio de legitimación registral). Es probable que el juicio sea más corto y sencillo. Por ello (y por otras razones) siempre resulta oportuno registrar las propiedades; si no se inscriben, el reivindicante podrá servirse de otros medios de unificación material, que nunca serán tan eficaces como la prueba registral, aunque también se admiten, si bien con ello el litigio será mucho más largo y costoso: por ejemplo, le servirá demostrar que la cosa pertenecía a su padre, y que él la heredó porque así consta en el testamento; o que la adquirió por compra a alguien que era su legítimo propietario, y así consta en el contrato de compraventa.
La reivindicación se lleva ante los tribunales por medio de la llamada acción reivindicatoria que es preciso ejercitar dentro del tiempo que marca la ley, a contar desde la desposesión, porque de lo contrario podrá ocurrir que el poseedor actual termine convirtiéndose en propietario por haber poseído la cosa como si fuese suya durante un determinado número de años: es la llamada prescripción adquisitiva o usucapión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Si la acción tiene éxito, lo habitual es que sea condenado el poseedor, no solo a restituir, sino también a indemnizar los daños y perjuicios probados que la privación de la cosa ha traído a su dueño.
Puede suceder que el demandado posea la cosa, con potestad para hacerlo, pero que niegue el derecho de propiedad del dueño de la misma.Entre las Líneas En este caso, no procederá el ejercicio de la acción reivindicatoria, sino de otra acción denominada declarativa de propiedad.
Reivindicación
Reivindicación
Reivindicación en el Derecho Social
Conquista gremial, obtención de mejores condiciones de trabajo, pero, en otro significado, como lo señalan Erbes-Seguin y Ollier, la movilización masiva sobre un tema o un conjunto de temas puede dar a la reivindicación alcance revolucionario, que no tenía en un principio, a condición, sin embargo, de que se añadan algunas condiciones políticas. [1]
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Notas y Referencias
- Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz “Reivindicación”, (autor de la voz: E. G.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991
Véase También
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- Vindicacion
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- Información sobre Reivindicación en la Enciclopedia Online Encarta
Véase También
Guía sobre Reivindicación
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