Subcomisión de Asuntos Jurídicos sobre el Espacio Exterior
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] La Subcomisión de Asuntos Jurídicos se ocupa, dentro de las Naciones Unidas, de la delimitación y definición del espacio ultraterrestre, los medios para garantizar la utilización racional y equitativa de la órbita geoestacionaria y el seguimiento de la situación de los instrumentos jurídicos internacionales que rigen el espacio exterior o interplanetario.
La Subcomisión de Asuntos Jurídicos sobre el Espacio Exterior en contexto: los Órganos de las Naciones Unidas
Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos de las Naciones Unidas
La ejecución y aplicación de los instrumentos internacionales auspiciados por las Naciones Unidas, en ésta se encuentra la Comisión sobre la utilización del Espacio Ultraterrestre con fines pacíficos, que tiene como objetivos:
- Tomar las medidas para poner en práctica entre los Estados los programas para la exploración y explotación pacífica del espacio exterior, por medio de prestar asistencia para la continuación de las bases permanentes de investigación en el espacio; la organización del intercambio mutuo y difusión de la información obtenida de la investigación del espacio exterior; el impulso de los programas de investigación nacional para el estudio del espacio exterior; y
- Estudiar la naturaleza de los problemas legales a los que se ha llegado con la exploración del espacio exterior (Resolución 1472 (XIV) adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. 12 de diciembre de 1959)
La Comisión cuenta con dos subcomisiones:
- La Subcomisión de Asuntos Científicos y Técnicos, que se encarga de la investigación astronómica, la exploración planetaria, la actividad espacial relativa al medio ambiente en la Tierra, el uso de fuentes de energía nuclear en el espacio ultraterrestre, la teleobservancia de la Tierra vía satélite, los sistemas de transporte espacial y los desechos espaciales; y
- La Subcomisión de Asuntos Jurídicos (analizada más ampliamente en el presente artículo).
La Comisión y sus Subcomisiones se reúnen anualmente para tratar los temas antes expuestos a la Asamblea General, de manera consensual hacen recomendaciones a la Asamblea General y le entregan un informe anual sobre los trabajos realizados.
La Quincuagésima Reunión de la Comisión se llevará a cabo del 6 al 15 de junio de 2007 en Viena.
Oficina de las Naciones Unidas para los Asuntos del Espacio Ultraterrestre (UNOOSA)
Esta Oficina se encarga de implementar las políticas de la Asamblea General que están relacionadas con el espacio, por lo que, cuenta con dos secciones:
- La Sección de Aplicaciones Espaciales que organiza y dirige la ejecución del Programa de Aplicaciones Espaciales; y
- La Sección de Servicios e Investigación de la Comisión, en donde se lleva un registro de los objetos lanzados al espacio, presta apoyo a la Comisión, a sus grupos de trabajo y a sus subcomisiones, y prepara publicaciones y reportes de las actividades espaciales internacionales y de derecho del espacio ultraterrestre.
Esta Oficina proporciona apoyo a las Naciones en vías de desarrollo para que puedan utilizar la tecnología espacial en favor de sus economías.
Conferencias de las Naciones Unidas sobre la Exploración del Espacio (UNISPACE)
Se han celebrado en el seno de las Naciones Unidas, tres Conferencias de las Naciones Unidas sobre la Exploración del Espacio llamadas UNISPACE para analizar los beneficios de la exploración espacial y la investigación, evaluar el estado de la ciencia y examinar los programas de cooperación internacional, y fomentar el uso de la tecnología espacial para resolver problemas regionales y mundiales.
“En agosto de 1968 se reunió en Viena la Primer Conferencia de las Naciones Unidas sobre la utilización del espacio ultraterreste con fines pacíficos en donde fue analizado el tema del uso a darse al espacio exterior, y también el empleo del espacio para las comunicaciones radiofónicas, telefónicas y televisivas, y lo relativo a los satélites artificiales, fijándose reglas de ubicación y órbitas de satélites geoestacionarios, bandas de frecuencias para comunicaciones satelitales por ondas herzianas, uso de satélites meteorológicos y otros temas afines.
Conferencia Espacial de las Américas
La Conferencia Espacial de las Américas, de la que se han celebrado cinco hasta junio de 2006, ha sido otro de los esfuerzos de las Naciones Unidas por organizar el Derecho Espacial.
Dicha Conferencia se creó en los inicios de la década de los noventa y su objetivo es el de “lograr una convergencia de posiciones sobre cuestiones de interés común en el ámbito de la utilización pacífica del espacio ultraterrestre entre los Estados miembros de las Naciones Unidas, acordar estrategias para promover la utilización práctica de las aplicaciones espaciales en apoyo de los programas de acciones con alto contenido social para la región, así como impulsar el avance y desarrollo de la legislación espacial y fortalecer los programas de educación y capacitación en ciencia y tecnología espacial”.
Fuente: Elma del Carmen Trejo y Margarita Alvarez Romero, para la Cámara del Senado de México
Subcomisión de Asuntos Jurídicos sobre el Espacio Exterior en el Derecho Internacional
El Diccionario Jurídico Espasa (2001) hace el siguiente tratamiento de este término jurídico: Si la internacionalidad es característica fundamental del Derecho Espacial, está justificado que las Naciones Unidas, asumieran poco tiempo después de que verificaran con éxito el primer lanzamiento espacial (4 de octubre de 1957), su misión como primero y máximo organismo creador del nuevo Derecho; así, reconocida la necesidad y el interés de la cooperación internacional en la exploración y uso del espacio, el 13 de diciembre de 1958 creó en su seno un Comité permanente especial para la utilización del Espacio ultraterrestre con fines pacíficos, con dos grupos de estudio, uno, que trata de los problemas científicos, y el otro, de las materias legales.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
El grupo de estudios legales o subcomité de Asuntos Jurídicos —como ordinariamente se le conoce— abordó sin dilación el examen de los problemas jurídicos que la exploración espacial presentaba hasta el momento, de tal suerte que, un año después de su creación, había fijado un primer elenco de cuestiones legales sobre esta exploración, al mismo tiempo que recomendaba cierto orden de prioridad para su estudio, fruto de cuyos trabajos fueron las numerosas recomendaciones y resoluciones de las Naciones Unidas formuladas en los años siguientes y que sirvieron de base a los Tratados o Convenios internacionales del Espacio, actualmente en vigor.
Necesidad de Unanimidad
Una particularidad, digna de ser puesta en relieve, estriba en que los proyectos de resoluciones o Tratados que se elaboran en las reuniones del subcomité, alcanzan su formulación definitiva con la aprobación unánime de los representantes de los países que lo componen, y esta plena unanimidad es tan exigida e ineludible, que condiciona incluso los trabajos preparatorios de tal suerte que éstos se paralizan si no hay acuerdo total. Y es de señalar también que cuando el Proyecto de que se trate pasa a la Asamblea General de las Naciones Unidas, la resolución aprobatoria de esta Asamblea se acuerda generalmente también por unanimidad. Por ello se ha podido afirmar por algunos juristas espaciales que tales resoluciones —sea cual fuere su valor actual como fuente del Derecho Espacial— constituyen la iniciación de un proceso de creación de un derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) internacional, por cuanto expresan o manifiestan en la práctica un reconocimiento de principios o modo de pensar cuasi unánimes. [M.B.N.]
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