Avocar
Definición de AVOCAR en Derecho español Dicho de una autoridad gubernativa o judicial: Atraer a sí la resolución de un asunto o causa cuya decisión correspondería a un órgano inferior.
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Definición de AVOCAR en Derecho español Dicho de una autoridad gubernativa o judicial: Atraer a sí la resolución de un asunto o causa cuya decisión correspondería a un órgano inferior.
Definición de AVULSIÓN en Derecho español Forma de accesión de un trozo de terreno arrancado de una propiedad por la fuerza de las aguas y llevado a otra propiedad (Arts. 368 y 369 del CC).
Aval Cambiario en el Derecho Español Aval Cambiario a finales del Siglo XX En el Diccionario Jurídico Espasa, Aval Cambiario se define como: Para robustecer la confianza de que la letra será pagada y en ocasiones para acrecer la posibilidad de ser descontada o transmitida, aparece en el […]
Avances De Planeamiento en el Derecho Español Avances De Planeamiento a finales del Siglo XX En el Diccionario Jurídico Espasa, Avances De Planeamiento se define como: La legislación urbanística contempla, como fase preparatoria de la propiamente administrativa de aprobación, la formulación de […]
Averías en el Derecho Español Averías a finales del Siglo XX En el Diccionario Jurídico Espasa, Averías se define como: El artículo 806 del Código de Comercio considera como averías a los siguientes supuestos: a) A todo gasto extraordinario o eventual realizado durante la navegación para […]