Unión Temporal de Empresas
Este texto se ocupa de la Unión Temporal de Empresas. La asociación temporal de empresas o agrupación temporal de empresas es una forma de colaboración temporal y ocasional entre operadores económicos, reunidos con el fin de participar en licitaciones para la adjudicación de contratos públicos y su ejecución. La regulación positiva de la institución está contenida en el código de contratos públicos, que regula los perfiles de las relaciones con la central de contratación; las partes pueden regular las relaciones internas respetando los principios de autonomía negociadora. Para formar una agrupación temporal, los operadores económicos deben conferir un mandato colectivo especial con representación al operador designado como empresa mandataria; el código prevé tres tipos de agrupación: horizontal, vertical y mixta. Las cuestiones jurídicas más discutidas se refieren a la responsabilidad patrimonial interna y externa, la declaración de insolvencia, la modificabilidad, la legitimación y la competencia.