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Sucesión Intestada en América Latina

Los derechos de sucesión intestada en América Latina son homogéneos en cuanto a sus características fundamentales. Por ejemplo, en el orden de los herederos entre parientes, siguen casi invariablemente el llamado “sistema de tres líneas”, con su estricta jerarquía de descendientes, ascendientes y parientes colaterales. Otro rasgo común es la concentración en el núcleo familiar. Pero los regímenes latinoamericanos también han desarrollado una gama de soluciones independientes basadas en factores económicos, sociológicos o culturales específicos. Este texto examina la sucesión intestada en jurisdicciones más grandes, como Argentina, Brasil y México, y especialmente Chile como el más influyente de los sistemas legales del continente. Los debates abarcan los aspectos generales de la sucesión ab intestato; la sucesión ab intestato de parientes; los hijos extramatrimoniales y adoptados; la cohabitación y las parejas del mismo sexo; el ajuste de los anticipos; y la posición del Estado.

Sucesión Intestada en el Derecho Romano

La sucesión (en el derecho romano) intestada –o legítima, como también se denomina actualmente- tiene lugar cuando el difunto no otorgó testamento, o el otorgado no es válido, o ninguno de los instituidos se aplica. Este texto comienza con la clave para entender la ley romana del intestino – la estructura legal de la familia romana. Bajo el derecho de familia romana, el padre (pater familias) ejercía un poder casi ilimitado sobre su esposa y los hijos nacidos por ella. Los miembros de la familia en su poder no podían poseer ninguna propiedad y no tenían derecho a demandar en los tribunales. Sólo cuando el padre moría su poder terminaba. Originalmente, ni siquiera él podía terminar su poder de por vida sobre los hijos. Sin embargo, poco después de que se promulgara la ley de las Doce Tablas, se hizo posible liberar a los hijos e hijas voluntariamente a través de la emancipación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El texto luego discute la sucesión intestada bajo las Doce Tablas; nuevas reglas de intestino en las eras pre-clásica y clásica (el edicto del pretor, Senatus consultum Tertullianum, Senatus consultum Orfitianum, Usucapio pro herede, y peculiarium castrense); diferencias importantes entre la ley Justiniana y la ley clásica; y las reglas romanas de intestino en el temprano jus commune.

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