Terror
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El Terror o Reino del Terror tras la Revolución Francesa
Nota: Consulte además información sobre los Estados Generales y acerca del Tercer Estado en el Antiguo Régimen Francés.
Nombre dado a dos períodos de la Revolución Francesa: el primer Terror (10 de agosto-20 de septiembre de 1792) y el segundo Terror (5 de septiembre de 1793-28 de julio de 1794).
1. EL PRIMER TERROR (10 DE AGOSTO-20 DE SEPTIEMBRE DE 1792)
Tras la caída de las Tullerías y la formación de un Consejo Ejecutivo provisional de seis miembros, la desacreditada Asamblea Legislativa tuvo que someterse a la insurrecta Comuna de París, que, inspirada por Robespierre, supervisó a las demás autoridades.
La mayor parte de las medidas adoptadas por el Legislativo se tomaron bajo la presión de la Comuna: suspensión del rey, autorización dada a los municipios para realizar visitas domiciliarias y efectuar detenciones, creación de un tribunal extraordinario (17 de agosto), destierro de los sacerdotes refractarios, supresión de las órdenes de enseñanza y de los hospitales. En París, unos 3.000 sospechosos fueron encarcelados. El temor al “complot aristocrático”, la creciente preocupación por la invasión prusiana y la exacerbación de las pasiones populares provocaron las matanzas de septiembre.
Este primer Terror, que coincidió con el momento de las elecciones a la Convención (el 90% de los votantes se abstuvo de votar), terminó con la victoria de Valmy.
2. EL Segundo Terror (5 DE SEPTIEMBRE DE 1793-28 DE JULIO DE 1794)
Tras la caída de los girondinos, bajo el gobierno de los montañeses, el Terror tiene como objetivo asegurar la defensa de la nación contra los enemigos externos (→ primera coalición) e internos (→ Guerra de la Vendée, insurrecciones federalistas y realistas).
2.1. LOS INSTRUMENTOS DEL TERROR
El Terror se desarrolló por etapas, desde la creación del Tribunal Revolucionario, el 10 de marzo de 1793, hasta la ley del 22 del Año Prairial II (10 de junio de 1794), que agravó su carácter.
Creados el 21 de marzo de 1793, los comités de vigilancia encargados, bajo el control del Comité General de Seguridad, de la detención de los sospechosos, vieron aumentados sus poderes tras la votación de la ley sobre los sospechosos del 17 de septiembre de 1793. Los sospechosos fueron perseguidos, las condenas aumentaron y muchos girondinos fueron ejecutados.
Además del Tribunal Revolucionario nombrado por la Convención, los tribunales revolucionarios también funcionaban en las provincias. Las comisiones militares creadas en las regiones de la guerra civil (en la Vendée, en particular) también practicaron una justicia expeditiva: supresión del jurado de acusación y recurso ante el Tribunal Supremo, simple constatación de la identidad y pronunciamiento de la pena de muerte contra los rebeldes, los emigrados y los sacerdotes deportados que regresaron al territorio de la República.
2.2. REPRESIÓN DE LOS DELITOS ECONÓMICOS E IDEOLÓGICOS
En las provincias, la severidad de la represión dependía sobre todo de la personalidad de los responsables de aplicarla y de la fuerza de los movimientos contrarrevolucionarios de la región. Así, en Lyon, donde la insurrección monárquica había triunfado momentáneamente, los representantes en misión, Fouché y Collot d’Herbois, se mostraron implacables (un decreto de la Convención ordenó arrasar la ciudad; 2.000 sospechosos fueron ejecutados). En Nantes, Carrier hizo que al menos 2.800 sospechosos se ahogaran en el Loira sin ser juzgados.
Los delitos económicos, el acaparamiento de alimentos o de metales preciosos, el uso fraudulento de la ley máxima, la negativa a aceptar asignaciones -y es en este sentido en el que podemos hablar de terror económico- pueden ser motivo de comparecencia ante el Tribunal Revolucionario. Sin embargo, fueron sobre todo los delitos ideológicos los que llevaron a la generalización del Terror: se persiguió a los sacerdotes refractarios o constitucionales, a los que los protegían o a los que simplemente seguían su religión.
Con Robespierre, a principios de 1794, el Terror, extendido a toda Francia por los representantes en misión, fue acompañado de estrictas medidas de control económico y de una descristianización general. Los bienes embargados de los sospechosos debían ser distribuidos a los indigentes (decretos de ventôse, febrero-marzo de 1794). Se eliminan los hebertistas (→ Jacques Hébert) y los indulgentes.
2.3. EL “GRAN TERROR”
A partir de abril de 1794, el Terror entró en una nueva fase: el decreto del 27 del Año Germinal II (16 de abril de 1794) privó a los tribunales revolucionarios provinciales de sus poderes, en beneficio del tribunal de París; la represión se acentuó aún más con la ley del 22 del Año Prairial II (10 de junio de 1794), que suprimía la defensa y el interrogatorio preliminar de los acusados y dejaba al tribunal sólo la elección entre la absolución y la muerte.
Este agravamiento se debió al clima de ansiedad provocado por la situación militar y las conspiraciones contrarrevolucionarias. Pero exaspera a muchos ciudadanos, sobre todo después de la victoria de Fleurus (26 de junio de 1794). Las ejecuciones públicas, si captan la imaginación de las multitudes, se vuelven tanto más insoportables cuanto menos justificadas parecen. Los excesos del Terror fueron una de las causas -pero no la única- del aislamiento del gobierno revolucionario en el Termidor II.
Entre julio de 1792 y julio de 1794, se produjeron entre 100.000 y 300.000 detenciones y quizás entre 35.000 y 40.000 muertes; 16.594 muertes (una cifra segura) fueron ordenadas por los distintos tribunales revolucionarios. La gran oleada se produjo entre el 10 de junio y el 21 de julio de 1794, tras las leyes de Prairial: 2.554 condenas a muerte en seis semanas, entre ellas la del poeta André Chénier; el 52% de las condenas a muerte se dictaron en el Oeste y el 19% en el Sureste, es decir, en las regiones de la guerra civil; el 16% en París. Parece que los actos ideológicos (agitación de los sacerdotes refractarios, especialmente) motivaron el 19 % de las condenas, los actos económicos (acaparamiento de bienes y violación de la ley de máximos, especialmente) sólo el 1 % (pero muchos encarcelamientos). Ocho de cada diez condenados eran antiguos miembros del Tercer Estado (tres de cada diez eran sans-culottes), y uno de cada diez era un noble (en contra de la imagen generalizada): “En una lucha así, los tránsfugas son menos parcos que los adversarios originales” (Georges Lefebvre).
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
3. LOS OTROS TERRORES
Después de Thermidor, el Terror se aplicó a los antiguos robespierristas y reapareció periódicamente, incluso en la legislación de emergencia, hasta 1799, aplicado a los monárquicos y a los jacobinos, a veces simultáneamente; pero perdió su carácter popular. Entonces se acostumbraba a llamar “terror” a toda represión excepcional, incluido el terror contrarrevolucionario o el terror blanco.
Datos verificados por: Andrews
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Terror
Terror en Derecho Militar
El término se refiere al método de combate prohibido cuyo principal objetivo es aterrorizar a la población civil. Entre estos actos se incluyen principalmente los bombardeos indiscriminados (cf. GP I, art. 51; GP II, art. 13). Véase también: Terrorismo.
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- Información sobre Terror procedente del Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados.
Bibliografía
- Información sobre Terror en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
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