▷ Sabiduría mensual que puede leer en pocos minutos. Añada nuestra revista gratuita a su bandeja de entrada.

Textualismo

▷ Regístrate Gratis a Nuestra Revista

Algunos beneficios de registrarse en nuestra revista:

  • El registro te permite consultar todos los contenidos y archivos de Lawi desde nuestra página web y aplicaciones móviles, incluyendo la app de Substack.
  • Registro (suscripción) gratis, en 1 solo paso.
  • Sin publicidad ni ad tracking. Y puedes cancelar cuando quieras.
  • Sin necesidad de recordar contraseñas: con un link ya podrás acceder a todos los contenidos.
  • Valoramos tu tiempo: Recibirás sólo 1 número de la revista al mes, con un resumen de lo último, para que no te pierdas nada importante
  • El contenido de este sitio es obra de 23 autores. Tu registro es una forma de sentirse valorados.

Textualismo o Literalismo Jurídico

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.

🙂 ▷ Ciencias Sociales y Humanas » Inicio de la Plataforma Digital » T » Textualismo

Textualismo en Estados Unidos

El uso del textualismo, un método de interpretación constitucional por los jueces del Tribunal Supremo, se remonta a algunas de las primeras decisiones del Tribunal. Históricamente, la Corte ha empleado el textualismo en conjunto con otros métodos de interpretación, por lo que hay pocas opiniones que se basan únicamente en fundamentos textuales. Desde finales del siglo XX, el textualismo ha adquirido mayor importancia tanto en las opiniones mayoritarias como en las disidentes debido a la adición de dos magistrados del Tribunal Supremo, Antonin Scalia y Clarence Thomas, que son textualistas declarados.

EL TEXTUALISMO SE DEFINE
Como su nombre indica, el textualismo es una forma de interpretación constitucional en la que las palabras de la Constitución se aplican, tal como están escritas, sobre la base de una combinación de sus significados simples y contextuales. Como explicó el magistrado Scalia en su libro A Matter of Interpretation, “el texto es la ley y es el texto que debe observarse” (1997, pág. 22). Casi todos los magistrados de la Corte Suprema y los estudiosos del derecho constitucional estarían de acuerdo con la premisa básica de la declaración de Scalia y reconocerían que la Corte está obligada por el texto al interpretar la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Puntualización

Sin embargo, hay un desacuerdo importante con respecto a la forma en que debe determinarse el significado del texto.

Algunos estudiosos siguen un modo de textualismo estricto, o construccionismo, que consiste en aplicar el significado simple del texto basándose en las definiciones literales, la colocación de cada palabra y la gramática y la puntuación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El significado llano de las palabras se determina basándose en las definiciones del diccionario y el uso común en el momento en que el texto fue incluido en la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Un textualista estricto se basa únicamente en el significado llano y no considera fuentes auxiliares, como los debates constitucionales o la política social moderna.

El juez Hugo Black, un juez posterior a la Segunda Guerra Mundial, a menudo se basaba en el significado literal o simple del texto constitucional.Entre las Líneas En su libro A Constitutional Faith (Una fe constitucional), aplicó esta teoría al lenguaje de la Primera Enmienda, que, en su opinión, significaba que los derechos basados en las libertades de religión, expresión, palabra, prensa y reunión eran derechos absolutos. Explicó: “Simplemente creo que ‘el Congreso no hará ninguna ley’ significa que el Congreso no hará ninguna ley” (1969, p. 45).

▷ En este Día de 2 Mayo (1889): Firma del Tratado de Wichale
Tal día como hoy de 1889, el día siguiente a instituirse el Primero de Mayo por el Congreso Socialista Internacional, Menilek II de Etiopía firma el Tratado de Wichale con Italia, concediéndole territorio en el norte de Etiopía a cambio de dinero y armamento (30.000 mosquetes y 28 cañones). Basándose en su propio texto, los italianos proclamaron un protectorado sobre Etiopía. En septiembre de 1890, Menilek II repudió su pretensión, y en 1893 denunció oficialmente todo el tratado. El intento de los italianos de imponer por la fuerza un protectorado sobre Etiopía fue finalmente frustrado por su derrota, casi siete años más tarde, en la batalla de Adwa el 1 de marzo de 1896. Por el Tratado de Addis Abeba (26 de octubre de 1896), el país al sur de los ríos Mareb y Muna fue devuelto a Etiopía, e Italia reconoció la independencia absoluta de Etiopía. (Imagen de Wikimedia)

El otro tipo de textualismo se denomina a veces textualismo moderno, o contextualismo, y consiste en interpretar el texto constitucional de manera razonable, en lugar de estricta. Un textualista moderno considerará la estructura de la Constitución, cómo se utiliza el texto en cuestión en otras partes de la Constitución y cómo se utilizó el texto en proyectos anteriores de la Constitución y en los Artículos de la Confederación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El textualista moderno se mantiene fiel al texto, pero reconoce que la aplicación literal del texto puede, a veces, conducir a resultados absurdos o contradictorios.

El textualismo se asocia a menudo con el conservadurismo, pero no es necesariamente una caracterización justa. Mientras que se sabe que los dos prominentes jueces textualistas -Scalia y Thomas- tienen valores políticos conservadores, el principal estudioso del textualismo, Akhil Amar (1999) es considerado políticamente liberal. El textualismo puede caracterizarse más exactamente como una doctrina de restricción judicial.Entre las Líneas En otras palabras, el textualista no ignora por completo la evolución de la cultura social ni trata de resistir al cambio, sino que cree que “los jueces no tienen autoridad para perseguir esos propósitos más amplios ni para redactar esas nuevas leyes” (Scalia 1997, pág. 23).

Es probable que un verdadero textualista afirme que no está interpretando la Constitución, sino que la está aplicando o interpretando. Jaroslav Pelikan señaló en su libro Interpretación de la Biblia y la Constitución que, en la mayoría de los idiomas, la palabra interpretar significa “exponer” o “traducir” (2004, págs. 11 y 12). Así pues, interpretar la Constitución implicaría que los jueces insertaran sus propios puntos de vista al derivar el significado textual en lugar de aplicar el significado real de las palabras. El textualista se opone vehementemente a esa intervención judicial porque, a su juicio, subvierte el proceso legislativo democrático.

LA CONSTITUCIÓN: ¿VIVO O MUERTO?
El nivel de intervención judicial, que a veces se denomina activismo judicial o legislación desde el banquillo, es el principal obstáculo entre los textualistas y los constitucionalistas vivos. A diferencia de los textualistas, los constitucionalistas vivos creen que la Constitución es un documento fundacional y que su interpretación debe evolucionar con el progreso de la sociedad. Así pues, según la teoría del constitucionalismo vivo, el Tribunal Supremo debe comenzar su interpretación con el texto, pero no se limita a él.

Muchos constitucionalistas vivos justifican su teoría de la interpretación basándose en el registro de la Convención Federal de 1787, en la que los fundadores expresaron el deseo de “insertar en la Constitución sólo principios esenciales … que deben acomodarse a los tiempos y acontecimientos” y de “utilizar un lenguaje simple y preciso, y proposiciones generales” (Farrand 1937, vol. 2, pág. 137).

Puntualización

Sin embargo, algunos académicos y jueces han opinado que el mero hecho de que la Constitución sea una constitución, y no un estatuto, requiere que la Corte Suprema mire más allá del texto del documento. Un ejemplo temprano de esta opinión es la decisión en M’Culloch c. Maryland, 17 U.S. 316 (1819), en la que el Presidente del Tribunal Supremo John Marshall escribió: “No debemos olvidar nunca que es una constitución la que estamos exponiendo”, y que “se hace una provisión en una constitución destinada a perdurar en los siglos venideros y, por consiguiente, a adaptarse a las diversas crisis de los asuntos humanos”.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Esta distinción entre estatuto y constitución tiene sentido desde una perspectiva práctica, ya que modificar un estatuto es mucho menos complicado que alterar la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Una Conclusión

Por lo tanto, el Congreso puede enmendar un estatuto si la interpretación literal de la Corte Suprema no se ajusta al objetivo y propósito de la ley, mientras que alterar la Constitución en respuesta a una opinión de la Corte Suprema no es factible. Algunos textualistas, como el juez Scalia, concilian esta distinción adhiriéndose al textualismo estricto cuando revisan una ley, pero utilizan el textualismo moderno en combinación con otro método de interpretación (como la intención original) al interpretar la Constitución.

Muchos académicos tienen la hipótesis de que la reciente tendencia de la Corte Suprema a depender cada vez más del textualismo se debe a una reacción adversa a las decisiones de los tribunales de Warren y Burger que pusieron de manifiesto el constitucionalismo vivo en su apogeo. Durante la época de la Corte Warren y Burger, la Corte se apartó sustancialmente del texto constitucional a favor de la inserción de los valores sociales de los jueces. Muchos de los casos históricos de derechos civiles decididos durante estas épocas no tenían un fundamento expreso en el texto de la Constitución, sino que se basaban en los derechos no definidos reservados por la Novena Enmienda.

La Novena Enmienda es, tal vez, el mayor detractor del textualismo. La Novena Enmienda establece: “La enumeración en la Constitución de ciertos derechos no se interpretará en el sentido de que niega o menosprecia otros retenidos por el pueblo”. Así, por su lenguaje expreso, la Novena Enmienda reconoce derechos que no están incluidos en el texto de la Constitución.

CASOS DE TEXTUALISMO
Sólo hay un puñado de casos del Tribunal Supremo que se han decidido empleando únicamente el textualismo, y la mayoría de estos casos han sido desde entonces anulados o reemplazados. Lo más frecuente es que el textualismo se utilice junto con otro modo de interpretación constitucional en las opiniones mayoritarias o que lo empleen los jueces disidentes.

Una de las opiniones más conocidas que se basan en el textualismo es la opinión en Hurtado c. California, 110 U.S. 516 (1884).Entre las Líneas En Hurtado el Tribunal determinó que la cláusula del debido proceso de la Decimocuarta Enmienda no requería una acusación por gran jurado como requisito previo al enjuiciamiento penal por un Estado. El Tribunal se basó en el texto de la Quinta Enmienda, que también contenía el lenguaje del “debido proceso legal” contenido en la Decimocuarta Enmienda, para emitir su decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El Tribunal explicó que, a diferencia de la Decimocuarta Enmienda, la Quinta Enmienda también contenía un texto expreso que exigía un gran jurado, lo que implicaba que el debido proceso no incluía ese derecho.

En el caso Hurtado, el Tribunal determinó en última instancia que estaba obligado a aplicar el lenguaje del “debido proceso legal” “en el mismo sentido y sin mayor alcance” que el utilizado por la Quinta Enmienda.

Puntualización

Sin embargo, varios años más tarde, en Powell c. Alabama, 287 U.S. 45 (1932), el Tribunal aclaró que la doctrina Hurtado era simplemente una “ayuda a la construcción” que “debe ceder a consideraciones más apremiantes siempre que existan tales consideraciones”.

Un ejemplo destacado del textualismo moderno es la opinión ahora anulada en Coy v. Iowa, 487 U.S. 1012 (1988).Entre las Líneas En Coy el acusado argumentó que el uso por parte de la fiscalía de una pantalla grande, colocada entre el acusado y los testigos que declaraban, violaba su derecho, establecido en la Sexta Enmienda, a “ser confrontado con los testigos de cargo”. El Juez Scalia, escribiendo para la Corte, explicó que, como cuestión de idioma inglés, el derecho de la Sexta Enmienda de confrontar a los testigos era un derecho literal de confrontar físicamente a un testigo, cara a cara en el juicio. El Juez Scalia señaló que el origen de la palabra confrontar, que se derivaba de las palabras latinas contra que significaban “contra” y frons que significaban “frente”, apoyaba esta interpretación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Así pues, el Tribunal consideró que el uso de la pantalla era inconstitucional.

Hay pocas opiniones mayoritarias del Tribunal Supremo que se basen totalmente en el textualismo y que sigan siendo buenas leyes hoy en día.

Puntualización

Sin embargo, desde el decenio de 1980 el textualismo parece estar ganando terreno, en parte debido tanto a la adición de jueces textualistas del Tribunal Supremo como a la reacción ante el supuesto activismo judicial de los tribunales Warren y Burger. El textualismo ha cobrado importancia en las opiniones disidentes del siglo XXI, lo que podría indicar un cambio hacia un enfoque de interpretación constitucional más textualista en los futuros dictámenes del Tribunal Supremo.

Datos verificados por: Chris

Textualismo en la Teoría del Derecho

[sc name=”home-derecho”][/sc]

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Véase También

  • Teoría del Derecho Natural
  • Teoría del Derecho Divino

Interpretación constitucional; Originalismo; Estructuralismo

Bibliografía

  • Mª. José Falcón y Tella: Lecciones de Teoría del Derecho. Madrid. Servicio de Publicaciones. Facultad de Derecho. Universidad Complutense de Madrid. 4ª edición revisada, 2009
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoce a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparta con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.

1 comentario en «Textualismo»

  1. Una palabra no es un cristal, transparente e inalterable, es la piel de un pensamiento vivo y puede variar enormemente en color y contenido según las circunstancias y el tiempo en que se utilice.

    FUENTE: Oliver Wendell Holmes Jr., Towne v. Eisner, 245 U.S. 418, 425 (1918).

    Responder

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo