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Tráfico Internacional de Menores

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Tráfico Internacional de Menores

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CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE TRÁFICO INTERNACIONAL DE MENORES

Detalles

Son los siguientes:

Fecha de Suscripción: 18/03/1994;

Término de vigencia: Indefinido

Lugar de Suscripción: La Paz, Bolivia;

Categoría: Convención;

Tipo de instrumento: Multilateral;

Firmantes: Países miembros de la ONU.

Organismos Internacionales: Organización de los Estados Americanos (OEA);

Tema: Familia y Niñez;

Depositario: Secretario General de la OEA;

Entrada en vigor: Trigésimo día después del depósito del instrumento de adhesión.

Descripción

El objeto de la presente Convención es procurar la protección de los derechos fundamentales y el interés superior del menor, la prevención y sanción del tráfico internacional de menores, así como la regulación de los aspectos civiles y penales del mismo.

El tráfico internacional de niños y mujeres, es un asunto de gran preocupación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Este delito internacional de ámbito mundial (o global) afecta a todos por igual, constituyendo una de las actividades criminales más perjudiciales, después del tráfico de drogas y armas.

Los elementos gravosos son, la vulnerabilidad del menor, el sentido mercantil, la separación ilegal de su familia y de su país de origen o residencia. Por ejemplos: adopción ilegal; casos graves de prostitución; pornografía cibernética; explotación a través del trabajo infantil; incursión de los menores en actividades ilegales como el transporte y venta de drogas; y el transplante de órganos; entre otros delitos.

Frente a esta problemática de situaciones violatorias de los derechos humanos de los menores, se destaca la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño” de 1959 y luego, en 1989, la aprobación de la ‘Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño”. Este último instrumento jurídico que esta prácticamente ratificado universalmente con más de 190 Estados-parte, establece que el tráfico de menores, para cualquier propósito y en cualquier forma o modalidad, esta explícitamente prohibido. La Convención, promueve a los Estados para que adopten medidas para luchar contra los traslados y retenciones ilícitas de menores.

En el ámbito interamericano, este es un problema que afecta de modo particular a los países de América Latina y el Caribe. Para prevenir estos delitos se han realizados, diversas actividades y trabajos considerando la adopción de instrumentos jurídicos y medidas de cooperación para frenar esta amenaza. Entre los resultados de estos trabajos se destaca la “Convención Interamericana sobre el Tráfico Internacional de Menores” adoptada en 1994, que es pionera ya que ninguna otra anteriormente había tratado un tema en forma tan especifica, incluyendo los aspectos civiles y penales del trafico internacional de menores.

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El objetivo de esta Convención es modernizar las normas de derecho internacional privado para establecer las medidas de carácter nacional, bilateral o multilateral que sean necesarias para impedir el secuestro y la venta o trata de niños para ser utilizados en cualquier medio o fin.

En tal sentido, se considera que la presente Convención, constituye un adecuado instrumento entre los Estados Americanos sobre aspectos sustantivos básicos, lo que les permitirá resolver los principales problemas asociados a la circunstancia de encontrarse los menores sometidos a esta actividad delictiva. Por lo que sugiero su aprobación por parte de la Comisión, posterior a su completo estudio.

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