Voluntariado

Voluntariado

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Voluntariado

Voluntariado en Derecho Militar

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Según los diferentes sistemas de derecho interno, el voluntariado es una forma de reclutamiento del personal alternativa o complementaria al servicio militar obligatorio. Si las leyes del Estado de origen del voluntario y las del Estado beneficiario lo permiten, los extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) pueden también participar, a título personal, en el alistamiento voluntario, siempre que se realice en las mismas condiciones que las aplicadas a los voluntarios nacionales del Estado reclutador. Estas condiciones de alistamiento son las que distinguen, en el caso de un extranjero, al voluntario internacional del mercenario. De esta manera, el nacional de un Estado neutral, si la ley de su país se lo permite, que se enrola, a título personal, en las fuerzas armadas de un Estado beligerante, debe hacerlo en las mismas condiciones que las que se estipulan para los nacionales de este último Estado, si quiere ser considerado como voluntario internacional y no como mercenario. El nacional neutral que se enrole como voluntario en las fuerzas armadas de un Estado beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “belligerent” en el derecho anglosajón, en inglés) es tratado, en caso de captura, como un nacional enemigo (H IV R, art. 13; G II, art. 13; G III, art. 4; GP I, arts. 43, 50.).

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Voluntario de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja

Voluntariado en Derecho Militar

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Quien dedica una parte de su tiempo y de sus competencias a actividades emprendidas por la Cruz Roja o la Media Luna Roja al servicio de la comunidad. Este voluntario puede actuar a título gratuito o recibir una remuneración (Véase Meu.).

Noción de Voluntariado/voluntario

En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de voluntariado/voluntario, la siguiente definición: Régimen de prestación de trabajo a título gratuito en el seno de organizaciones sin ánimo de lucro, con carácter altruista, en programas de actividades de interés general; expresamente excluido de la legislación laboral. Se llama voluntario a la persona que presta servicios en este régimen de trabajo. Una ley de 1996 ha regulado las relaciones entre el voluntario y las organizaciones en que se integra, y ha establecido medidas de fomento del voluntariado.A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto y Descripción de Voluntariado

Significado y examen de voluntariado en relación con los conflictos armados: Según los diferentes sistemas de derecho interno, el voluntariado es una forma de reclutamiento del personal alternativa o complementaria al servicio militar obligatorio. Si las leyes del Estado de origen del voluntario y las del Estado beneficiario lo permiten, los extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) pueden también participar, a título personal, en el alistamiento voluntario, siempre que se realice en las mismas condiciones que las aplicadas a los voluntarios nacionales del Estado reclutador. Estas condiciones de alistamiento son las que distinguen, en el caso de un extranjero, al voluntario internacional del mercenario.

Desarrollo de Voluntariado

De esta manera, el nacional de un Estado neutral, si la ley de su país se lo permite, que se enrola, a título personal, en las fuerzas armadas de un Estado beligerante, debe hacerlo en las mismas condiciones que las que se estipulan para los nacionales de este último Estado, si quiere ser considerado como voluntario internacional y no como mercenario.

El nacional neutral que se enrole como voluntario en las fuerzas armadas de un Estado beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “belligerent” en el derecho anglosajón, en inglés) es tratado, en caso de captura, como un nacional enemigo (H rv R, art. 13; G n, art. 13; G m, art. 4; gp i, arts. 43,50.)[1]

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Notas y Referencias

  1. Basado en la voz “Voluntariado” del “Dizionario di diritto internazionale dei conflitti armati” de Verri Pietro (Edizioni speciali della “Rassegna dell’Arma dei Carabinieri”, Roma, 1984), queda prohibida su utilización con fines comerciales

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Notas y Referencias

  1. Concepto sobre voluntariado/voluntario originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda

Véase También

Recursos

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Notas

Bibliografía

  • Información sobre Voluntariado en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
  • Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)

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