Yalta
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Fórmula de Yalta en Derecho Internacional
Denominada propiamente Declaración de los cuatro gobiernos patrocinadores sobre el procedimiento de votación en el Consejo de Seguridad, esta fórmula surgió de la Conferencia de Yalta del 4 al 11 de febrero de 1945 y constituyó la base de la disposición de la Carta de la ONU relativa a la votación en el Consejo de Seguridad: el artículo 27. La fórmula de Yalta (11 U.N.C.I.O. Doc. 774) distinguía entre las decisiones del Consejo de Seguridad que implicaban “medidas directas” y las que no lo hacían. Para las primeras, se requeriría una “votación cualificada”, es decir, el voto de siete (ahora nueve) miembros, incluidos los votos concurrentes de los cinco miembros permanentes; para las segundas, bastaría una “votación de procedimiento”, es decir, el voto de siete (ahora nueve) miembros cualesquiera. La distinción que se establece en los apartados 2 y 3 del artículo 27 de la Carta es entre “asuntos de procedimiento” y “todos los demás asuntos”. Véase Bailey, Voting in the Security Council (1969); Goodrich, Hambro y Simons, Charter of the United Nations (3ª ed.), 215-231. Y véase veto; votación.
Revisor de hechos: N Perri
Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, la votación, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), los convenios y tratados internacionales, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (incluyendo su interpretación), y la política internacional.
[rtbs name=”derecho-internacional-publico”] [rtbs name=”tratados-internacionales”] [rtbs name=”naciones-unidas”]Conferencia y Declaración de Yalta
Conferencia de Yalta
La Conferencia de Yalta (o de Crimea), integrada por los Jefes de Gobierno (y sus asesores) del Reino Unido, Estados Unidos y la URSS, se celebró del 4 al 11 de febrero de 1945: 1945 For. Rel. 968. Entre los asuntos acordados estaban: que Alemania, tras la derrota militar, debía ser dividida en zonas de ocupación; que las fuerzas armadas alemanas debían ser desarmadas y disueltas; que todos los criminales de guerra debían ser sometidos a un castigo justo y rápido; que debía exigirse una reparación a Alemania; que debía convocarse una Conferencia de las Naciones Unidas; y que los tres gobiernos debían actuar conjuntamente para liberar a los pueblos de la Europa ocupada por los nazis. Véase más sobre la conferencia de Yalta en esta plataforma digital.
Además, pedía “una Polonia fuerte, libre, independiente y democrática”, al tiempo que reconocía la “liberación” soviética de Polonia. La situación del acuerdo de Yalta no está clara. De acuerdo con las opiniones predominantes en el Reino Unido y Estados Unidos, se ha descrito como “el acuerdo personal de los tres líderes”: Briggs, The Leaders’ Agreement of Yalta, (1946) 40 American Journal of International Law 376 at 382. Compárese este concepto de derecho internacional (véase su concepto jurídico, y su explicación, con una perspectiva anglosajona, y su definición, ambos en inglés), en esta plataforma digital, con el libro de Oppenheim, International Law (2 volúmenes, sobre Paz, Disputas, Guerra y Neutralidad) (7ª ed.) 788: el acuerdo “incorporó normas de conducta definidas que pueden considerarse legalmente vinculantes para los Estados en cuestión”. El mismo editor se muestra menos confiado en la edición posterior: el libro de Oppenheim, International Law (2 volúmenes, sobre Paz, Disputas, Guerra y Neutralidad) (8ª ed.) 873.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Revisor de hechos: N Perri
Yalta (declaración de) en la Enciclopedia Jurídica Omeba
Véase:
- Entradas de la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Enciclopedia Jurídica Omeba (incluido Yalta (declaración de))
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
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De Yalta, lo que mas se recuerda en la historia es su famosa conferencia.
Conferencia de Yalta: Del 4 al 11 de febrero de 1945 se celebró la Conferencia de Yalta (o de Crimea), formada por los jefes de gobierno (y sus asesores) del Reino Unido, Estados Unidos y 968 interesados. Entre los asuntos acordados estaban: la división de Alemania en territorios ocupados tras la derrota militar; el desarme y la disolución del ejército alemán; el castigo justo y rápido de todos los criminales de guerra; la exigencia de reparaciones a Alemania; y la convocatoria de una conferencia de la ONU a los pueblos; y que los tres gobiernos actuaran conjuntamente para liberar a los pueblos de la Europa ocupada por los nazis. También pedía una “Polonia fuerte, libre, independiente y democrática”, al tiempo que reconocía la “liberación” de Polonia por parte de la Unión Soviética. La situación del Acuerdo de Yalta no está clara. Según la opinión general del Reino Unido y de Estados Unidos, se describe como un acuerdo personal entre los tres líderes, Briggs, TheLeaders’AgreementofYalta, en el American Journal of International Law 376 de 382 (1946). En esta plataforma digital, este concepto de derecho internacional (véase su concepto jurídico y su descripción), en términos de anglo-adrenalina y su definición en inglés) y compararlo con Oppenheim,InternationalLaw(2vo)Lmenmenes,sobrePaz,Disputas,GuerayNeutralidad)(7mo.)788: el acuerdo “contiene reglas claras de conducta que se consideran jurídicamente vinculantes para el Estado en cuestión”. Los mismos editores no están seguros en la siguiente edición:Libro de Oppenheim, Derecho Internacional (2 vols., Sobrepaz, Disputas, Gueray-Neutralidad) 873.