Acumulación de Acciones

Acumulación De Acciones

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]Esta entrada se ocupa de la acumulación de acciones (véase su definición; en derecho procesal, la reunión de varias acciones en una misma demanda, o la utilización en el mismo procedimiento penal, de la acción civil y penal; diferente de la acumulación de autos, que es la reunión de varios procedimientos pendientes en uno solo).

Acumulación De Acciones en el Derecho Español

Acumulación De Acciones a finales del Siglo XX

En el Diccionario Jurídico Espasa, Acumulación De Acciones se define como:

Por tal se entiende la acumulación de lo que la teoría monista entiende por «acción», y que se refleja en nuestro Ordenamiento jurídico

Sin embargo, olvidada ya esta forma de entender la acción (V acción), y concebida como derecho a la función jurisdiccional (V función decisoria), lo que realmente se acumulan son objetos procesales (V objeto del proceso) y sus respectivos procesos (V acumulación procesal)

Está regulada en los artículos 153 y ss de la LEC1881, 113 de la LECr, 44 y ss LJCA y 27-28 LPL

Pero la LEC da pie para distinguir los distintos tipos de acumulación en función del momento en que tiene lugar, y en este sentido se puede hablar de acumulación inicial o sucesiva

La acumulación de acciones es inicial cuando en el mismo escrito de demanda se interponen dos o más objetos procesales, entre los que existe conexión subjetiva (artículo 153 LEC1881) u objetiva (artículo 156 LEC1881)

La acumulación de acciones es sucesiva cuando, iniciado un proceso, y desarrollada una mayor o menor actividad procesal, se plantea otra pretensión (la llamada acumulación sucesiva por inserción: ampliación de la demanda (V ampliación de la demanda), prevista en los artículos 157 y 158 LEC1881 y reconvención (V reconvención), intervención principal

Cuando se da la acumulación prevista en el artículo 156 de la LEC1881 la doctrina, en general, habla de litisconsorcio voluntario de forma equivocada: en el litisconsorcio no hay pluralidad de pretensiones y aquí sí [JPGV]

Más sobre Acumulación De Acciones

Acumulación de Acciones

En relación a este acto procesal, a través del cual el proceso civil se realiza, esta sección sobre acumulación de acciones examina, o redirecciona a otras partes de la presente plataforma donde se lleva a cabo su análisis, los apartados siguientes:

Concepto de Acumulación de Acciones

Para una definición alternativa y conceptos relacionados de acumulación de acciones, véase en el diccionario de conceptos jurídicos.

Modalidades

Se recogen aquí los tipos o clases de este acto procesal.

Presupuestos

Aquí se analizan los presupuestos procesales de acumulación de acciones.

Requisitos de Acumulación de Acciones

Efectos de Acumulación de Acciones

Se analizan aquí los efectos legales que tiene acumulación de acciones.

Tratamiento Procesal de Acumulación de Acciones

Junto a acumulación de acciones, buena parte de las entradas sobre Derecho Procesal Civil pueden examinarse aquí.

Acumulación de Acciones

Recursos

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Véase También

  • Identidad de Causa
  • Excepción de Litispendencia

Recursos

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Véase También

Bibliografía

  • Voz “Acumulación de Acciones” en el Diccionario de Derecho Procesal Civil, de Vicente Gimeno Sendra

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