Beneficiario
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Introducción: Beneficiario
Concepto de Beneficiario en el ámbito de la contabilidad, el derecho financiero y otros afines: La persona a cuyo favor se expide o cede un título de crédito. El que adquiere una utilidad, beneficio o ventaja que se origina en un contrato o en una sucesión hereditaria.
Significado Alternativo
El que goza de alguna manera de un bien o usufructo. Persona, agrupación o entidad que es favorecida con cualquier tipo de transferencias, sean éstas explícitas o implícitas. Persona a cuyo favor se emite el crédito y que puede exigir el pago al Banco Emisor o al pagador una vez cumplido las condiciones estipuladas en el crédito. Es el exportador.
Beneficiario
La persona a cuyo favor se expide o cede un título de crédito. El que adquiere una utilidad, beneficio o ventaja que se origina en un contrato o en una sucesión hereditaria. El que goza de alguna manera de un bien o usufructo. Persona, agrupación o entidad que es favorecida con cualquier tipo de transferencias, sean éstas explícitas o implícitas.
Persona designada en la póliza por el Asegurado o Contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establecen.
Beneficiario en el Derecho Español
Beneficiario a finales del Siglo XX
En el Diccionario Jurídico Espasa, Beneficiario se define como:
1 Persona frente a quien se obliga un banco a cumplir la prestación prometida en virtud del contrato de apertura de crédito documentario celebrado con su cliente (ordenador).
2 Persona que acredita el derecho a la prestación del asegurador en los seguros de personas Puede ser designado en la póliza, en declaración escrita posterior dirigida al asegurador o en el testamento Si no se designase la indemnización, se pagará al tomador del seguro o a sus herederos La designación de beneficiario es revocable en la misma forma que su designación Pero puede renunciarse a la revocación El beneficiario asume un derecho autónomo, pero si el seguro se pactó en fraude de los legitimarios o de acreedores, deberá aquél reembolsar a éstos el importe de las primas pagadas en fraude de su derecho [JMCR]
Más sobre Beneficiario
En la República Dominicana
Beneficiario Del Seguro Familiar De Salud
Son los servicios que recibe el afiliado en el Seguro Familiar de Salud, y comprenden:
a) Plan Básico de Salud;.
b) Servicios de estancias infantiles; y.
c) Prestaciones en dinero (Subsidios por enfermedad; por maternidad y por lactancia materna).
Definición de BENEFICIARIO en Derecho español
Quien goza de un territorio, predio o usufructo recibido por gracia de otro superior, al cual reconoce. Persona a quien beneficia o favorece contrato de seguro, especialmente de los llamados de vida.
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto en Derecho Médico de Beneficiario
Familiares del asegurado y/o pensionista, señalados por la ley.
Beneficiario
Este elemento es un complemento a las guías y cursos de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y un análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Persona que tiene derecho a algo. Titular de una póliza de seguros, orden de abono o similar, o compromiso tal como un aval o similar concedido por un banco.
Beneficiario en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Beneficios
Véase una definición de beneficiario en el diccionario y también más información relativa a beneficiario. [rtbs name=”beneficios”]
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Beneficiario en la Etiqueta de Medicina Legal del Diccionario Legal
- Más sobre Derecho Médico en el Diccionario Legal
- Derecho Sanitario
- Responsabilidad Civil Médica
- Derecho del Paciente
- Deontología Médica
- Guía sobre la Responsabilidad Médica
Bibliografía
Beneficiario en el Derecho del Seguro
Definición de Beneficiario del Diccionario de Términos de Seguros, Reaseguros y Financieros: Persona designada en la póliza por el asegurado o contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establecen.
Su designación puede ser expresa o tácita, y generalmente de libre nombramiento, aunque es práctica normal que el beneficiario tenga en alguna forma un vínculo común de intereses personales, familiares o económicos con el asegurado o contratante.Entre las Líneas En España existe un registro gestionado por la Dirección General de los Registros y del Notariado, creado para conocer la identidad de los beneficiarios en los seguros con cobertura de fallecimiento. Véase Registro de contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Nota: Consulte más información sobre Beneficiario (en inglés, sin traducción) en el Derecho anglosajón.
Beneficiario
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Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Contrato de Seguro
- Elementos del Contrato de Seguro
- Derechos del Asegurador
- Póliza de Seguro
- Ley de Contrato de Seguro
Cese de la condición de beneficiarios en el Patrimonio Familiar en el Derecho Civil Peruano
Nota: Se encuentra más información sobre Cese de la condición de beneficiarios en el Patrimonio Familiar en la Enciclopedia Jurídica peruana de este Proyecto, donde se desarrolla su aplicación a Perú (ver también otras entradas sobre Patrimonio de la Familia aquí).
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Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Castorena, José de Jesús, Manual de derecho obrero, 3ª edición, México, 1959; Cueva, Mario de la, El nuevo derecho mexicano del trabajo, México, Porrúa, 1979, tomo II; Despontin, Luis A., Legislación obrera; previsión social, Córdoba, 1934; Durand, Paul, Traité de droit du travail, París, 1937,
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