Centro de Trabajo
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¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Centro de Trabajo
Definición y descripción de Centro de Trabajo ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Santiago Barajas Montes de Oca) Definición: lugar en el que se realizan un conjunto de actividades industriales, comerciales, administrativas o de servicios, que ocupa por regla general un espacio urbano y constituye un complejo profesional integrado por edificios, máquinas, equipo, instalaciones de diversa índole, redes de comunicación y fuentes de energía, en el laboran un grupo de personas a quienes se denomina trabajadores obreros o empleados. Núcleo de productividad en el cual se llevan a cabo diversas operaciones técnicas con la finalidad de transformar materias primas en artículos elaborados, para uso o consumo humano.Definición: lugar en el que se realizan un conjunto de actividades industriales, comerciales, administrativas o de servicios, que ocupa por regla general un espacio urbano y constituye un complejo profesional integrado por edificios, máquinas, equipo, instalaciones de diversa índole, redes de comunicación y fuentes de energía, en el laboran un grupo de personas a quienes se denomina trabajadores obreros o empleados. Núcleo de productividad en el cual se llevan a cabo diversas operaciones técnicas con la finalidad de transformar materias primas en artículos elaborados, para uso o consumo humano.
Más sobre el Significado de Centro de Trabajo
En la terminología laboral se ha dado el nombre de centro de trabajo: a) a la empresa considerada en su connotación estrictamente jurídica; b) al establecimiento en la forma en que lo definen y regulan las leyes francesas; c) a la negociación tal y como la entiende la doctrina italiana; d) a la fábrica o factoría, como parte de un grupo de funciones de la empresa, las destinadas a la producción o transformación de materias primas, mediante el empleo de técnicas mixtas; e) al taller, en su carácter de una pequeña industria o de una industria familiar, y f) a las sucursales o agencias de un negocio que están establecidas en lugares distintos. A algunas de estas denominaciones se las emplea como sinónimos pero todas tienen un significado y una aplicación diferentes.
Noción de Centro de Trabajo
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido, respecto de centro de trabajo, la siguiente definición: Se define en la ley como unidad técnica u organizativa con un fin productivo propio. El concepto es importante para la aplicación de muchas normas y regulaciones laborales: movilidad geográfica, elección de representantes de los trabajadores, constitución de secciones sindicales, etc.
Recursos
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Notas y Referencias
- Concepto sobre centro de trabajo originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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Bibliografía
Cueva, Mario de la, Nuevo derecho mexicano del trabajo, México, Porrúa, 1972, tomo I; Deveali, Mario L., Lineamientos del derecho del trabajo; 4ª edición, Buenos Aires, 1956; Durand, Paul, Traité de droit du travail, Paris, Dalloz, 1947, tomo I; exposición de motivos y dictamen de la Ley Federal del Trabajo de 1970, México, Congreso de la Unión, 1969; García Oviedo, Carlos, Tratado elemental de derecho social; 5ª edición, Madrid, 1952.
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