Condena En Costas
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Condena En Costas en el Derecho Español
Condena En Costas a finales del Siglo XX
En el Diccionario Jurídico Espasa, Condena En Costas se define como:
Pronunciamiento que hace un juez o tribunal imponiendo las costas procesales (V costas procesales)
Más sobre Condena En Costas
Condena en Costas según la LJCA
En primera o única instancia, el órgano jurisdiccional, al dictar sentencia o al resolver por auto los recursos o incidentes que ante el mismo se promovieren, impondrá las costas, razonándolo debidamente, a la parte que sostuviere su acción o interpusiere los recursos con mala fe o temeridad No obstante, se impondrán las costas a la parte cuyas pretensiones hayan sido desestimadas cuando de otra manera se haría perder al recurso su finalidad.
En las demás instancias o grados se impondrán al recurrente si se desestima totalmente el recurso, salvo que el órgano jurisdiccional, razonándolo debidamente, aprecie la concurrencia de circunstancias que justifiquen su no imposición.
La imposición de las costas podrá ser a la totalidad, a una parte de éstas o hasta una cifra máxima.
Para la exacción de las costas impuestas a particulares, la Administración acreedora utilizará el procedimiento de apremio, en defecto de pago voluntario
Otros Aspectos
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En ningún caso se impondrán las costas al Ministerio Fiscal.
Las costas causadas en los autos serán reguladas y tasadas según lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Para el proceso penal, establecen los arts 123 y 124 del CP: las costas procesales se entienden impuestas por la Ley a los criminalmente responsables de todo delito o falta Las costas comprenderán los derechos e indemnizaciones ocasionados en las actuaciones judiciales e incluirán siempre los honorarios de la acusación particular en los delitos solo perseguibles a instancia de parte [RSS]
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También en el Diccionario Jurídico
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Definición de CONDENA EN COSTAS en Derecho español
Disposición accesoria de las resoluciones judiciales por las que se impone a alguno de los litigantes la obligación de pagar las costas del juicio.
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