Consorte Real
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Consorte Real en el Derecho Español
Consorte Real a finales del Siglo XX
En el Diccionario Jurídico Espasa, Consorte Real se define como:
Persona unida por razón de matrimonio al rey o a la reina En España, al consorte del rey se le denomina reina; en cambio, el consorte de la reina no recibe el nombre de rey Según el art 58 de la Constitución, el consorte real no podrá asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la regencia (V Corona; regencia) [MCG]
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