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Derecho al Trabajo en México
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.
Derecho Al Trabajo en el Derecho Mexicano
Derecho al Trabajo y al Salario en el Derecho Constitucional Mexicano
Nota: véase el Estudio comparativo sobre el Derecho al Trabajo y al Salario en el Derecho Constitucional Comparado del Continente Americano.
Artículo 5.- A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo licitos. El ejercicio de esta libertad solo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los terminos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
La ley determinara en cada estado cuales son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.
Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustara a lo dispuesto en las fracciónes I y II del Artículo 123….
Artículo 115.-… Las relaciónes de trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se regiran por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de esta constitución, y sus disposiciones reglamentarias.
Artículo 116.- El poder público de los Estados se dividira, para su ejercicio, en ejecutivo, legislativo y judicial, y no podrán reunirse dos o mas de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo. Los poderes de los Estados se organizaran conforme a la constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas:..
VI. Las relaciones de trabajo entre los Estados y sus trabajadores se regiran por las leyes que expidan las legislaturas de los Estados con base en lo dispuesto por el Artículo 123 de la constitución politica de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones reglamentarias;…
Artículo 123.- Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente util; al efecto, se promoveran la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley. El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, debera expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regiran:
A. Entre los obreros, jornaleros, empleados, domesticos, artesanos, y de una manera general, todo contrato de trabajo:
I. La duración de la jornada maxima será de ocho horas;
II. La jornada maxima de trabajo nocturno será de siete horas. Quedan prohibidas: Las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo despues de las diez de la noche, de los menores de dieciseis años;
III. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los mayores de esta edad y menores de dieciseis tendran como jornada maxima la de seis horas;
IV. Por cada seis días de trabajo debera disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos;
V. Las mujeres durante el embarazo no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozaran forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario integro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo.Entre las Líneas En el periodo de lactancia tendran dos descansos extraordinarios por día, de medía hora cada uno, para alimentar a sus hijos;
VI. Los salarios minimos que deberan disfrutar los trabajadores serán generales o profesiónales. Los primeros regiran en las areas geograficas que se determinen; los segundos se aplicaran en ramas determinadas de la actividad economica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. Los salarios minimos generales deberan ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios minimos profesionales se fijaran considerando, ademas, las condiciones de las distintas actividades economicas. Los salarios minimos se fijaran por una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, la que podrá auxiliarse de las comisiones especiales de caracter consultivo que considere indispensables para el mejor desempeño de sus funciónes.
VII. Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni naciónalidad.
VIII. El salario minimo quedara exceptuado de embargo, compensación o descuento;
IX. Los trabajadores tendran derecho a una participación en las utilidades de las empresas, regulada de conformidad con las siguientes normas:
Una comisión nacional, integrada con representantes de los trabajadores, de los patronos y del gobierno, fijara el porcentaje de utilidades que deba repartirse entre los trabajadores.
La comisión nacional practicara las investigaciones y realizara los estudios necesarios y apropiados para conocer las condiciones generales de la economia nacional. Tendra asimismo en consideración la necesidad de fomentar el desarrollo industrial del país, el interes razónable que debe percibir el capital y la necesidad de reinversión de capitales.
La misma comisión podrá revisar el porcentaje fijado cuando existan nuevos estudios e investigaciones que los justifiquen.
La ley podrá exceptuar de la obligación de repartir utilidades a las empresas de nueva creación durante un numero determinado y limitado de años, a los trabajos de exploración y a otras actividades cuando lo justifique su naturaleza y condiciones particulares.
Para determinar el monto de utilidades de cada empresa se tomara como base la renta gravable de conformidad con las disposiciones de la ley del impuesto sobre la renta. Los trabajadores podrán formular, ante la oficina correspondiente de la secretaria de hacienda y credito público, las objeciónes que juzguen convenientes, ajustandose al procedimiento que determine la ley.
El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no implica la facultad de intervenir en la dirección o administración de las empresas;
X. El salario debera pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancias, ni con vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda;
XI. Cuando, por circunstancias extraordinarias, deban aumentarse las horas de jornada, se abonara como salario por el tiempo excedente un ciento por ciento mas de lo fijado para las horas normales.Entre las Líneas En ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas. Los menores de dieciseis años no serán admitidos en esta clase de trabajos;
XII. Toda empresa agricola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estara obligada, segun lo determinen las leyes reglamentarias, a proporciónar a los trabajadores habitaciones comodas e higienicas. Esta obligación se cumplira mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depositos en favor de sus trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a estos credito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciónes. Los conflictos entre el poder judicial de la federación y sus servidores serán resueltos por el consejo de la judicatura federal; los que se susciten entre la Suprema Corte de Justicia y sus empleados serán resueltos por esta ultima.
Las negociaciónes a que se refiere el párrafo 1. de esta Fracción, situadas fuera de las poblaciónes, estan obligadas a establecer escuelas, enfermeria y demas servicios necesarios a la comunidad.
Ademas, en estos mismos centros de trabajo, cuando su población exceda de doscientos habitantes, debera reservarse un espacio de terreno, que no será menor de cinco mil metros cuadrados, para el establecimiento de mercados públicos, instalación de edificios destinados a los servicios municipales y centros recreativos.
Queda prohibido en todo centro de trabajo el establecimiento de expendios de bebidas embriagantes y de casas de juegos de azar;
XIII.
Detalles
Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estaran obligadas a proporciónar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo. La ley reglamentaria determinara los sistemas, metodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones deberan cumplir con dicha obligación;
XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesiónales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberan pagar la indemnización correspondiente, segun que haya traido como consecuencia la muerte o simple incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. esta responsabilidad subsistira aun en el caso de que el patrono contrate el trabajo por un intermedíario;
XV. El patron estara obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciónes de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las maquinas, instrumentos y materiales de trabajo, asi como a organizar de tal manera este, que resulte la mayor garantia para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes contendran, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso;…
… XXIII. Los créditos en favor de los trabajadores por salario o sueldos devengados en el último año, y por indemnizaciones, tendrán preferencia sobre cualesquiera otros en los casos de concurso o de quiebra;
XXIV. De las deudas contraidas por los trabajadores a favor de sus patronos, de sus asociados, familiares o dependientes, solo será responsable el mismo trabajador, y en ningún caso y por ningún motivo se podrá exigir a los miembros de su familia, ni serán exigibles dichas deudas por la cantidad excedente del sueldo del trabajador en un mes;
XXV. El servicio para la colocación de los trabajadores será gratuito para estos, ya se efectúe por oficinas municipales, bolsas de trabajo o por cualquiera otra institución oficial o particular.
En la prestación de este servicio se tomara en cuenta la demanda de trabajo y, en igualdad de condiciones, tendrán prioridad quienes representen la unica fuente de ingresos en su familia;
XXVI. Todo contrato de trabajo celebrado entre un mexicano y un empresario extranjero deberá ser legalizado por la autoridad municipal competente y visado por el cónsul de la nación a donde el trabajador tenga que ir, en el concepto de que, además de las cláusulas ordinarias, se especificara claramente que los gastos de repatriación quedan a cargo del empresario contratante;
XXVII. Serán condiciones nulas y no obligaran a los contrayentes, aunque se expresen en el contrato:
Las que estipulen una jornada inhumana, por lo notoriamente excesiva, dada la índole del trabajo.
Las que fijen un salario que no sea remunerador a juicio de las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Las que estipulen un plazo (véase más en esta plataforma general) mayor de una semana para la percepción del jornal.
Las que senhalen un lugar de recreo, fonda, café, taberna cantina o tienda para efectuar el pago del salario cuando no se trate de empleados en esos establecimientos.
Las que entrañen obligaciones directa o indirecta de adquirir los artículos de consumo en tiendas o lugares determinados.
Las que permitan retener el salario en concepto de multa.
Las que constituyan renuncia hecha por el obrero de las indemnizaciones a que tengan derecho por accidente del trabajo y enfermedades profesionales, perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato o por despedírsele de la obra.
Todas las demás estipulaciones que impliquen renuncia de algún derecho consagrado a favor del obrero en las leyes de protección y auxilio a los trabajadores;
XXVIII. Las leyes determinaran los bienes que constituyan el patrimonio de la familia, bienes que serán inalienables, no podrán sujetarse a gravámenes reales ni embargos, y serán transmisibles a titulo de herencia con simplificación de las formalidades de los juicios sucesoras;
XXIX. Es de utilidad publica la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares;
XXX (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Asimismo, serán consideradas de utilidad social, las sociedades cooperativas para la construcción de casas baratas e higiénicas, destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores en plazos determinados, y
XXXI. La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, pero es de la competencia exclusiva de las autoridades federales en los asuntos relativos a:
Ramas industriales:
Textil;
Eléctrica;
Cinematográfica;
Hulera;
Minera;
Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos;
De Hidrocarburos;
Petroquímica;
Cementera;
Calera;
Automotriz incluyendo autopartes mecánicas o eléctricas;
Química, incluyendo la química farmacéutica y medicamentos;
De celulosa y papel;
De aceites y grasas vegetales;
Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados, o que se destinen a ello;
Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello;
Ferrocarrilera;
Maderera básica, que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera;
Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio, y
Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco.
Servicios de banca y crédito.
Empresas:
Aquellas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal;
Aquellas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias que les sean conexas, y
Aquellas que ejecuten trabajos en zonas federales o que se encuentren bajo jurisdicción federal en las aguas territoriales o en las comprendidas en la zona económica exclusiva de la Nación.
También será competencia exclusiva de las autoridades federales, la aplicación de las disposiciones de trabajo en los asuntos relativos a conflictos que afecten a dos o mas entidades federativas; contratos colectivos que hayan sido declarados obligatorios en mas de una entidad federativa; obligaciones patronales en materia educativa, en los términos de ley; y respecto a las obligaciones de los patrones en materia de capacitación y adiestramiento de sus trabajadores, así como de seguridad e higiene en los centros de trabajo para lo cual las autoridades federales contaran con el auxilio de las estatales, cuando se trate de ramas o actividades de jurisdicción local, en los términos de la ley reglamentaria correspondiente.
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B. Entre los Poderes de la Unión, el gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores:
I. La jornada diaria máxima de trabajo diurna y nocturna será de ocho y siete horas, respectivamente. Las que excedan serán extraordinarias y se pagaran con un ciento por ciento mas de la remuneración fijada para el servicio ordinario.Entre las Líneas En ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias ni de tres veces consecutivas;
II. Por cada seis dias de trabajo, disfrutara el trabajador de un día de descanso, cuando menos, con goce de salario integro;
III. Los trabajadores gozaran de vacaciones, que nunca serán menores de veinte dias al anho;
IV. Los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de estos.Entre las Líneas En ningún caso los salarios podrán ser inferiores al mínimo para los trabajadores en general en el Distrito Federal y en las entidades de la República;
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):
V (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). A trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta el sexo;
VI. Solo podrán hacerse retenciones, descuentos, deducciones o embargos al salario en los casos previstos en las leyes;
VII. La designación del personal se hará mediante sistemas que permitan apreciar los conocimientos y aptitudes de los aspirantes. El Estado organizara escuelas de administración publica;
VIII Los trabajadores gozaran de derechos de escalafón a fin de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad.Entre las Líneas En igualdad de condiciones, tendrá prioridad quien represente la unica fuente de ingreso en su familia;
IX. Los trabajadores solo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley En caso de separación injustificada tendrán derecho a optar por la reinstalación de su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal.Entre las Líneas En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley;
X. Los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes Podrán, asimismo, hacer uso del derecho de huelga previo el cumplimiento de los requisitos que determine la ley, respecto de una o varias dependencias de los Poderes Públicos, cuando se violen de manera general y sistemática los derechos que este articulo les consagra;…
XII. Los conflictos individuales, colectivos o intersindicales serán sometidos a un Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, integrado según lo prevenido en la ley reglamentaria.
Los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores serán resueltos por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;…
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