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Derecho de Voto en la India

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El Derecho de Voto en la India

Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Nota: Consulte también Elecciones en el Derecho Constitucional de la India y la información sobre garantías del voto secreto.

El Derecho de Voto en el Derecho Constitucional de la India

La Constitución de la India no menciona explícitamente el derecho de voto como un derecho fundamental.

Puntualización

Sin embargo, el artículo 326 de la Constitución se refiere a las elecciones a la Cámara del Pueblo (pág. 197) y a las asambleas legislativas de los Estados como basadas en el sufragio de los adultos. Según el artículo 326, toda persona que sea ciudadana de la India y que en la fecha que se fije en su nombre no sea menor de dieciocho años de edad, con arreglo a cualquier ley aprobada por la Asamblea Legislativa correspondiente, y que no esté descalificada de otro modo en virtud de la presente Constitución o de cualquier ley aprobada por la Asamblea Legislativa correspondiente por motivos de no residencia, falta de salud mental, delito o práctica corrupta o ilegal, tendrá derecho a registrarse como votante en cualquiera de esas elecciones3.

Una lectura textual de esta disposición sugiere que el derecho de voto se deriva de la Constitución, aunque el derecho no esté específicamente garantizado como un derecho fundamental en la Parte III de la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). De hecho, podríamos decir que el artículo 326 presupone el derecho de voto.

Otros Elementos

Además, menciona en términos generales las restricciones que pueden imponerse al derecho, cuyos detalles se explican en la Ley de representación del pueblo de 1951 (en adelante, Ley de la República de Filipinas). El artículo 62 de la Ley de la República de Filipinas, si bien se titula “Derecho de voto”, en realidad está redactado en sentido negativo y contiene restricciones y limitaciones al ejercicio del derecho de voto. Impide votar a quienes están descalificados según el artículo 16 de la Ley de relaciones públicas o han votado de otra manera en otro distrito electoral, o han sido encarcelados. El artículo no reconoce por sí mismo el derecho de voto a los ciudadanos de la India, lo que refuerza la idea de que ese derecho está implícito en el artículo 326 de la Constitución.

La situación del derecho de voto ha sido objeto de un considerable debate constitucional.Entre las Líneas En el asunto NP Ponnuswami4, en el que se examinó por primera vez el artículo 329 de la Constitución relativo a la prohibición de la injerencia de los tribunales en los asuntos electorales, el Tribunal Supremo sostuvo que el derecho a votar o a presentarse como candidato a las elecciones “no es un derecho civil”, sino que es “una criatura de la ley o de una ley especial y debe estar sujeto a las limitaciones impuestas por ella”. 5 El Tribunal declaró además en Jumuna Prasad Mukhariya que la Parte III de la Constitución -es decir, el capítulo sobre derechos fundamentales- no tenía “ninguna relación con un derecho como éste creado por ley… “6 Parece que el Tribunal se limitó a afirmar el hecho evidente de que la Parte III no preveía explícitamente el derecho a votar, y no se mostró dispuesto a decir nada más sobre el reconocimiento constitucional implícito del derecho.

Fue en Jyoti Basu donde el Tribunal Supremo observó la tensión en la jurisprudencia electoral de la India de que el derecho a elegir, “por muy fundamental que sea para la democracia”, es “de manera anómala, ni un derecho fundamental ni un derecho del common law “7 . Como tal, la Ley de la República de Filipinas se consideraba un código completo y autónomo “dentro del cual deben encontrarse todos los derechos reivindicados en relación con una elección o una controversia electoral “9.Entre las Líneas En esta etapa, esta declaración inequívoca caracterizó la posición de la ley.

En el caso People’s Union for Civil Liberties contra Union of India (PUCL) se produjo un cambio en relación con el derecho de voto (que se convirtió más tarde en una ley del Parlamento) para enmendar la Ley de la República de Filipinas a fin de diluir los requisitos de presentación de informes establecidos por la decisión del Tribunal Supremo en la Asociación para las Reformas Democráticas11 . Un tribunal compuesto por tres jueces emitió tres opiniones distintas, en las que todos coincidieron en que el recién introducido artículo 33-B de la Ley era inconstitucional, principalmente porque violaba el derecho del votante a conocer los antecedentes de su candidato, establecido en virtud del apartado a) del párrafo 1 del artículo 19.

Puntualización

Sin embargo, las opiniones diferían en cuanto a la situación del derecho de voto, ya que Reddi J. sostenía que el derecho de voto “si no es un derecho fundamental, es ciertamente un derecho constitucional ” . Así pues, “no era muy exacto describirlo como un derecho estatutario, puro y simple ” . La decisión anterior del Tribunal Supremo en el caso Jumuna Prasad Mukhariya, observó Reddi J, podía distinguirse porque se refería a los derechos y obligaciones de un candidato contendiente y no trataba o no estaba relacionada con “la libertad de expresión del votante y del público en general en el contexto de las elecciones “.

La opinión de MB Shah J fue categórica en cuanto a que el derecho de voto era un derecho estatutario15 .

Puntualización

Sin embargo, la opinión de Reddi J. no podía resolver completamente los asuntos, ya que no recibió el apoyo total de la corta opinión concurrente de Dharmadhikari J. La opinión de Dharmadhikari J. se vio afectada por la observación de que “la libertad de un ciudadano de participar y elegir un candidato en una elección es distinta del ejercicio de su derecho como votante, que ha de estar regulado por una ley estatutaria sobre las elecciones, como la Ley de la República de Filipinas “1: “Efectivamente, el juez Dharmadhikari ha expresado la opinión de que el derecho de voto es un derecho constitucional y estatutario, mientras que cada uno de los otros dos jueces tiene el derecho como estatutario o constitucional”.

Posteriormente, en Kuldip Nayar, la Corte Suprema observó que incluso si se dejara de lado la opinión adoptada en el NP Ponnuswami y se procediera partiendo del supuesto de que el derecho de voto es un derecho constitucional, ampliando la opinión adoptada en la PUCL, “no se puede negar el hecho de que la forma de votar en la elección del Consejo de Estados puede regularse definitivamente por el estatuto”. Aunque aquí el Tribunal se ocupaba, por supuesto, de las elecciones a la Rajya Sabha, es importante señalar que no apoyaba plenamente la opinión expresada por Reddi J en la PUCL.Entre las Líneas En otras palabras, en fecha tan reciente como 2006, el derecho de voto no fue plenamente reconocido como un derecho constitucional en la India.

También ha habido casos relacionados con los derechos no numerados e implícitos que se derivan del derecho de voto. El primero se refiere al derecho a conocer los antecedentes penales del candidato. La cuestión cobró fuerza por primera vez con el 170º informe de la Comisión Jurídica de la India.Entre las Líneas En el informe se recomendaba que se enmendara la Ley de la República de Filipinas para que los candidatos tuvieran la obligación de presentar una declaración de sus bienes (y los de sus cónyuges y familiares a cargo) y una declaración sobre si se habían formulado cargos penales contra ellos.

Se presentó una petición para aplicar estas recomendaciones ante el Tribunal Superior de Delhi20. El Tribunal Superior dio instrucciones a la Comisión Electoral para que reuniera información sobre los bienes, los delitos penales, las calificaciones educativas y cualquier otro detalle que la Comisión “considere necesario para juzgar la capacidad y la aptitud del partido político que presenta el candidato…Entre las Líneas En la apelación, el Tribunal Supremo, siguiendo el ejemplo de la decisión del Tribunal Superior, citó casos como el de Indian Express Newspapers contra la Unión de la India y el Ministerio de Información y Radiodifusión contra la Asociación de Cricket de Bengala, que habían ampliado el alcance de la libertad de palabra y expresión en virtud del apartado a) del párrafo 1 del artículo 19. Esto llevó a la Corte a preguntar si se considera que el derecho a la retransmisión y el derecho a ver los juegos deportivos y el derecho a impartir esa información forman parte integrante del apartado a) del párrafo 1 del artículo 19, no entendemos por qué el derecho de un ciudadano/elector … a conocer los antecedentes de su candidato no puede considerarse un derecho fundamental en virtud del apartado a) del párrafo 1 del artículo 1924 .

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Así, ‘la democracia no puede sobrevivir sin una elección libre y justa, sin votantes libres y justamente informados’ (se puede analizar algunas de estas cuestiones en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Finalmente, la Corte ordenó a la Comisión Electoral que emitiera una orden bajo el Artículo 324 requiriendo a los candidatos a la elección que proporcionaran información sobre:

  • detalles sobre los cargos penales anteriores;
  • detalles sobre cualquier cargo pendiente punible con al menos dos años de prisión;
  • activos propios, de su cónyuge y de las personas a su cargo;
  • detalles de las obligaciones, en particular las que se adeudan al gobierno o a instituciones estatales;
  • calificaciones educativas.

El segundo caso derivado de las implicaciones del derecho de voto fue la decisión del Tribunal Supremo en 2013, en la que se ordenó a la Comisión Electoral que previera una opción “no de la arriba” en las máquinas de votación electrónica27. El Tribunal interpretó sus decisiones anteriores en el sentido de que el Tribunal había desistido sistemáticamente de reconocer el derecho de voto como un derecho constitucional y que “no hay contradicción alguna en cuanto al hecho de que el derecho de voto no es ni un derecho fundamental ni un derecho constitucional, sino un derecho estatutario puro y simple “. Justificó su decisión de que los ciudadanos tenían derecho a la opción de “no votar” en las elecciones, alegando que este derecho dimanaba del derecho a la “libertad de voto” contenido en el derecho a la libertad de expresión garantizado en el apartado a) del párrafo 1 del artículo 19 de la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En otras palabras, el Tribunal Supremo estableció una distinción entre el “derecho de voto” y el derecho a la “libertad de voto”, siendo el primero un mero derecho legal, mientras que el segundo forma parte del derecho constitucional a la libre expresión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Esta distinción ha sido criticada con razón; no está claro qué finalidad tiene ni cómo la expresión del derecho de voto se distingue del derecho de voto. Una solución mucho más adecuada podría haber sido simplemente que la Corte reconociera claramente el derecho de voto como un derecho constitucional garantizado naturalmente por el artículo 326 de la Constitución.

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La democracia se ha considerado parte de la estructura básica de la Constitución, y por lo tanto inmune a las enmiendas30 . Curiosamente, sin embargo, el derecho de voto -la expresión básica de la norma democrática- todavía no se ha reconocido como un derecho constitucional. La condición del derecho de voto importa, simplemente, porque determina la facilidad o dificultad con que se pueden cambiar los límites de quién puede votar. El Tribunal Supremo ha aceptado sorprendentemente la incongruencia que existe en un marco constitucional en el que la democracia forma parte de la estructura básica, las elecciones las lleva a cabo una Comisión Electoral independiente que goza de rango constitucional en virtud del artículo 324, la intervención de los tribunales queda excluida por el artículo 329 de la Constitución, pero el ejercicio del derecho de voto tiene un rango jurídico secundario.

Datos verificados por: Chris

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Recursos

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Notas

Véase También

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