Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Se produce dolo directo cuando existe la voluntad concreta de dañar (a diferencia del dolo indirecto o eventual, en que se produce cuando el sujeto no tiene la
voluntad concreta de dañar, pero no descarta que pueda producirse daño y, a pesar de ello, continua llevando a cabo el acto). Este dolo es cierto en relación con el daño concretamente querido; e incierto respecto de aquellos daños hipotéticamente inseparables de la inconducta.Entre las Líneas En la entrada de Dolo en España se habla de|dolo directo o de primer grado.
En la dimensión subjetiva del asesinato, estamos ante un delito de estructura típica eminentemente dolosa que requiere dolo directo. El delito de aborto exige desde el punto de vista subjetivo, el dolo directo, al menos en los llamados países occidentales, y cuando esta posibilidad punible está prevista.Entre las Líneas En el abandono de destino y omisión del deber de perseguir determinados delitos, en España y otros países, solo con dolo directo puede cometerse el delito.Entre las Líneas En España, en el delito de inducción y auxilio al suicidio, en cuanto a los elementos subjetivos, puede darse el dolo directo y el eventual pero no cabe la imprudencia ya que no se contempla en el texto del código penal.
La RAE define el dolo directo de segundo grado como la intención o finalidad del sujeto al actuar dirigida a otro objetivo, pero sabiendo que a esa actuación va necesaria y concomitantemente unida la realización del tipo objetivo.
Este elemento se divide en las siguientes secciones y subsecciones:
En la terminología doctrinaria se distingue el dolo directo del dolo eventual.Entre las Líneas En el dolo directo el sujeto actúa para provocar el daño, y son atribuibles a esa forma de dolo todos los daños que aparezcan necesariamente en su previsión al realizarlo; el dolo directo absorbe la voluntad de todo lo que aparecía vinculado necesariamente con la producción del daño previsto.
En el dolo eventual, en cambio, no se actúa para dañar, sino que el sujeto obra aunque se represente la posibilidad de un resultado dañoso que no descarta; como cuando para ganar una carrera automovilística continua su marcha a pesar de hallar en su camino a una persona que pueda herir con su vehículo, y afronta el riesgo de así hacerlo.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Solo el dolo directo es el que queda comprendido en la noción de dolo delictual; no así el dolo eventual ni menos la llamada culpa con representación.
En el derecho positivo el dolo que tipifica el delito civil se caracteriza por la intención nociva, ya que tal acto exige concurrencia de dos elementos: la plena conciencia del resultado dañoso que habrá de seguir a la acción-a sabiendas- y que ese resultado haya constituido la motivación del agente- intención de dañar-.
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido?
Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.
Ahora bien; tanto en el dolo eventual, como en la culpa con representación, la motivación del agente no es la consecución del daño producido, por lo cual esas figuras quedan al margen del dolo delictual característico.
Autor: Cambó
Véase También
Dolo, Teoría del Delito
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
Dolo Unitario: Dolo Unitario en Derecho español Sobre el mismo existe una prolija y extensa jurisprudencia del Tribunal Supremo, entre todas la STS 12/02/2013: “La exigencia de un plan preconcebido supone que el autor, anticipadamente, al menos desde la conclusión del primer acto parcial, abarque los [...] Véase también: Do, Dolo, Teoría del Delito.
Dolo Internacional: Dolo internacional en la Enciclopedia Jurídica Omeba Véase: Entradas de la Enciclopedia Jurídica Omeba Enciclopedia Jurídica Omeba (incluido Dolo internacional) Recursos Véase también Véase también: Do, Dolo, Teoría del Delito.
Dolo Eventual: Dolo Eventual en el Derecho Español Señala la Sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén de 13 de noviembre de 2.012, “el elemento subjetivo de los delitos contra la Hacienda Pública abarca no solo aquella conducta que se rige por un dolo directo con clara intención de defraudar, sino que [...] Véase también: Do, Dolo, Teoría del Delito.
Dolo en Derecho Canónico: Significado de Dolo en Derecho Canónico en el Derecho Canónico Este término recibe un tratamiento integrado en esta entrada de la Enciclopedia Jurídico aún cuando se pueda encontrar regulado este tema por la normativa nacional. Recursos Bibliografía a) Sobre la ignorancia de la naturaleza del [...] Véase también: Do, Dolo, Teoría del Delito.
Dolo Civil: Concepto y Caracteres de Dolo Civil Definición y descripción de Dolo Civil ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Ignacio Galindo Garfias) Genéricamente la palabra dolo connota la deliberada intención de causar [...] Véase también: Do, Dolo, Teoría del Delito.
Dolo – Elemento Volitivo: Se ha reconocido una responsabilidad en forma de dolo eventual respecto de tipos de conducta normalmente tipificados como culposos: en particular, respecto de accidentes de circulación caracterizados por una violación macroscópica de las normas cautelares pertinentes y, al menos en dos casos bien conocidos, respecto de la conducta del empresario desatendiendo las precauciones necesarias para proteger la seguridad física de los trabajadores y de terceros. Tras reconocer las sentencias publicadas más significativas a este respecto, se analizan y examinan críticamente los principales esquemas argumentativos utilizados en estas decisiones, cuyo resultado final, en conjunto, parece muy cuestionable. Véase también: Do, Dolo, Teoría del Delito.
Dolo – Elemento Intelectual: Dolo - Elemento Intelectual en el Derecho Español Dolo - Elemento Intelectual en 2001 Según el Diccionario Jurídico Espasa, Dolo - Elemento Intelectual significa: Elemento intelectual (representación): - Está compuesto por: 1) Conocimiento del hecho.- Este exige, a su vez: a) Representación [...] Véase también: Do, Dolo, Teoría del Delito.
Dolo: Dolo en Derecho penal En la jurisdicción penal, el dolo tipifica la conciencia y voluntad de cometer un delito. Así, no hay dolo en la conducta del médico que causa por descuido o negligencia no culpable la muerte de un paciente en una operación quirúrgica; pero sí se aprecia en el [...] Véase también: Do, Dolo, Teoría del Delito.
Los de arriba son los elementos relacionados con este contenido de la presente plataforma digital de ciencias sociales.
2 comentarios en «Dolo Directo»
Un ejemplo de dolo directo: es el caso de la muerte de todos los ocupantes de una automóvil si se arroja una bomba queriendo matar solamente al conductor.
Otro ejemplo de dolo directo: el caso en que se arroja una bomba para matar a cierta persona y se tiene por querida la muerte de sus acompañantes, también producida por la explosión.
Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:Cancelar respuesta
Un ejemplo de dolo directo: es el caso de la muerte de todos los ocupantes de una automóvil si se arroja una bomba queriendo matar solamente al conductor.
Otro ejemplo de dolo directo: el caso en que se arroja una bomba para matar a cierta persona y se tiene por querida la muerte de sus acompañantes, también producida por la explosión.