Ejercicio de la Prostitución
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Ejercicio de la Prostitución Prohibida en el Derecho Penal Alemán
En el código penal germano, ejercicio de la prostitución prohibida se recoge en la Parte Especial, en su Sección Decimotercera, sobre Hechos punibles contra la autodeterminación sexual. Así, el artículo § 184a. Ejercicio de la prostitución prohibida dispone lo siguiente: Quien perseverantemente se oponga a la prohibición expedida por medio de decreto, de ejercer del todo la prostitución en determinados sitios o a determinadas horas del día, será castigado con pena privativa de la libertad hasta seis meses o con multa hasta de 180 importes diarios. Para un mayor contexto, quizás le interese conocer más sobre el derecho penal de Alemania. Véase también la entrada sobre Divulgación de publicaciones pornográficas en esta referencia.
Ejercicio de la Prostitución en la Antigua Grecia
Nota: Véase también “Evolución de la Homosexualidad en Grecia”, donde se hace referencia a la prostitución masculina y femenina.
Las actividades pasadas de una cortesana. Atenas, siglo IV antes de la era común a.C.
(Apolodoro, Contra Neaera, 18-42, 45-60, 72-3, 78-9, 85-7, 110-14, 122)
Este caso, presentado con rencor contra el proxeneta amante de la cortesana Neaera, Estéfano, años después de los hechos descritos, cuando Neaera tenía más de setenta años, se centra no sólo en la cuestión legal de la ciudadanía de Neaera, sino en sus actividades sexuales pasadas:
“(18) [Neaera] era una de las siete niñas compradas cuando eran pequeñas por Nicarete, una liberta que había sido esclava de Carisio de Elis, y esposa del cocinero de Carisio, Hipias. Nicarete era una hábil juez de la belleza en las niñas, y además comprendía el arte de criarlas y educarlas con destreza, habiendo hecho de ello su profesión de la que sacaba su sustento. (19) Solía tratarlas como hijas, para poder exigir la mayor tarifa a quienes deseaban tener tratos con ellas, con la excusa de que eran niñas nacidas libres; pero después de haber cosechado su beneficio de la juventud de cada una de ellas, una por una, vendía entonces todo el lote junto, siete en total: Anteia, Stratola, Aristocleia, Metaneira, Phila, Isthmias y la acusada Neaera.
(20) Ahora bien, quiénes fueron sus respectivos compradores, y cómo fueron liberadas por quienes las compraron a Nicarete, lo explicaré en el curso de mi intervención, si desean oírlo, y si dispongo de tiempo suficiente. Pero el hecho de que la acusada Neaera sí perteneciera a Nicarete y trabajara como prostituta abierta a todo el mundo, éste es el punto al que deseo volver.
(21) Lisias, el profesor de retórica, era el amante de Metaneira. Decidió que, además de los otros gastos que había hecho por ella, le gustaría iniciarla. Pensó que el resto de sus gastos serían para su dueño, pero todo lo que gastara en ella durante el festival y la ceremonia de iniciación sería un regalo para la propia muchacha. Por lo tanto, pidió a Nicarete que viniera a los Misterios y trajera a Metaneira para que pudiera ser iniciada y prometió instruirla él mismo en los Misterios.
(22) Cuando llegaron, Lisias no los admitió en su casa, por respeto a su propia esposa, que era hija de Braquilo y su propia sobrina, y a su madre, que era algo avanzada en años y vivía en la misma casa. En su lugar, las alojó -es decir, a Metaneira y Nicarete- con Filóstrato de Celonio, que aún era soltero y también amigo suyo. Las mujeres iban acompañadas por la acusada Neaera, que ya trabajaba como prostituta, aunque aún no tenía la edad apropiada.
(23) Como testigo de la veracidad de mis afirmaciones, a saber, que era la esclava de Nicarete y que solía acompañarla y era alquilada a cualquiera dispuesto a pagar, llamo ahora al propio Filóstrato.
Filóstrato testifica…
(24) En una ocasión posterior, señores, Simos el Tesalio trajo aquí a Neaera al Gran Festival Panatenaico. Nicarete también les acompañó, y se alojaron en casa de Ctesipo hijo de Glaucónidas. La acusada Neaera bebió y cenó con ellos en presencia de una gran compañía, como haría una cortesana.
(25) Llamo ahora a testigos de la veracidad de estas declaraciones. Llamo a Eufileto, hijo de Simón, y a Aristómaco, hijo de Critodemo.
Ellos testifican …
(26) Después de eso, trabajó abiertamente en Corinto como prostituta, y se hizo famosa. Entre sus amantes estaban Xenoclides el poeta e Hiparco el actor, que la tenían a sueldo. En cuanto a la veracidad de estas afirmaciones, no puedo presentar ante ustedes la deposición de Xenoclides, porque la ley le prohíbe testificar … (28) Pero ahora llamo al propio Hiparco, y le obligaré a testificar o bien a prestar juramento negando conocer los hechos, de acuerdo con la ley; de lo contrario, le citaré.
Él testifica …
(29) Después de eso, adquirió dos amantes, Timanoridas de Corinto y Eucrates de Leucas. A estos hombres les parecieron excesivos los cargos de Nicarete, ya que ella esperaba que pagaran todos los gastos diarios de su casa; así que pagaron a Nicarete 30 minas como precio de compra de Neaera, y la compraron directamente a su ama, según la ley de esa ciudad, para que fuera su esclava. (30) La mantuvieron y se sirvieron de ella todo el tiempo que quisieron. Entonces, estando a punto de casarse, le informaron de que no deseaban ver a la que había sido su propia ama ejerciendo su oficio en Corinto ni mantenida en un burdel: estarían encantados de recibir por ella menos dinero del que habían pagado y de verla también cosechar algún beneficio. Así pues, le ofrecieron concederle, como precio de su libertad, 1.000 dracmas, es decir, 500 cada uno; en cuanto a los 20 minas restantes, le dijeron que buscara ella misma esta suma y se la devolviera.
Neaera, al oír estas proposiciones de Timanoridas y Eucrates, envió mensajes a varios de sus antiguos amantes, pidiéndoles que vinieran a Corinto. Entre ellos estaba Frinión, un ateniense de Paeania, hijo de Demón y hermano de Demócares, un hombre que llevaba una vida disoluta y extravagante, como recuerdan los más viejos. (31) Cuando Frinión llegó, le contó la proposición que le habían hecho Eucrates y Timanoridas, y le entregó el dinero que había reunido de sus otros amantes como contribución a la compra de su libertad, junto con sus propios ahorros, pidiéndole que completara la suma hasta las 20 minas y se lo pagara a Eucrates y Timanoridas, para que ella quedara libre.
(32) Frínion estuvo encantado de escuchar esta proposición suya. Tomó el dinero que habían aportado sus otros amantes, compensó él mismo el déficit y pagó las 20 minas a Eucrates y Timanoridas como precio de su libertad y con la condición de que ella no ejerciera su profesión en Corinto. Como prueba de estas afirmaciones, llamaré al hombre que entonces fue testigo de la transacción. Por favor, llame a Filagro del suburbio de Melite.
Él testifica
(33) Cuando llegaron aquí a Atenas, se quedó con ella y vivió con ella de la forma más disoluta y temeraria. La llevaba a cenar con él dondequiera que fuera, donde hubiera bebida; y siempre que él hacía una excursión después de cenar, ella también iba. Le hacía el amor abiertamente, en cualquier lugar y en todas partes que escogía, para excitar los celos de los curiosos ante su privilegio. Entre las muchas casas a las que la llevó de excursión después de cenar estaba la de Chabrias del suburbio Alexonê, cuando éste había ganado la victoria en Delfos con un equipo de cuadrigas de cuatro caballos que había comprado a los hijos de Dmitri el Argivo, y a su regreso de Delfos estaba celebrando la victoria abajo en Colias. En aquella ocasión, muchos hombres hicieron el amor con Neaera cuando estaba borracha y Frínion dormía, entre ellos incluso algunos de los sirvientes de Chabrias. (34) En prueba de ello presentaré ante ustedes a los testigos oculares reales.
Llame a Chionidês y a Euthetion.
Ellos testifican.
(35) Sin embargo, al verse tratada con la brutalidad más escandalosa por Frinión, en lugar de ser amada como esperaba, o de que se prestara atención a sus deseos, recogió los bienes de su casa, incluidas todas las ropas y joyas que él le había proporcionado para su adorno personal, y llevándose consigo a dos sirvientes, Thratta y Coccalina, huyó a Mégara.
(36) Esto sucedió cuando Asteio era magistrado jefe en Atenas (Nota: 373/2 a.C., treinta años o más antes del presente juicio) durante su segunda guerra contra Esparta. Neaera pasó dos años en Mégara; pero su profesión no le producía ingresos suficientes para llevar su casa, ya que era extravagante, y los mégiros son mezquinos y tacaños, y allí no había ninguna gran colonia extranjera porque era tiempo de guerra, y los mégiros favorecían al bando espartano, pero tú estabas al mando de los mares. No pudo volver a Corinto porque las condiciones de su liberación por parte de Eucrates y Timanoridas eran que no debía ejercer allí su profesión.
Sin embargo, llegó la paz. (Es decir, el año siguiente). Fue entonces cuando nuestro adversario Estéfano visitó Megara. Se alojó en su casa, como el de una prostituta, y se convirtió en su amante. Ella le contó toda la historia de su vida y de sus malos tratos a manos de Frínion. Ansiaba vivir en Atenas, pero tenía miedo de Frínión, porque le había hecho mal y él estaba furioso con ella. Ella conocía la violencia y la arrogancia de su carácter. Por ello, hizo del acusado Estéfano su protector, y mientras aún estaban en Mégara, éste le habló alentadoramente y la llenó de esperanza, diciéndole que Frínion se arrepentiría si le ponía la mano encima, ya que él mismo la tomaría como esposa, y presentaría a los hijos que ya tenía a sus fratris como propios, y los haría ciudadanos. Nadie en la tierra, dijo, debería hacerle ningún daño. Y así llegó a Atenas desde Mégara con ella y sus tres hijos, Proxeno, Aristón y una hija, que ahora lleva el nombre de Fano. (39) La llevó a ella y a los niños a la pequeña casa que poseía, junto al Hermes Susurrante, entre la casa de Doroteo el Eleusino y la casa de Cleinómaco, que ahora Spintharus le ha comprado por 7 minas. Así pues, el lugar era toda la propiedad de Estéfano en aquel momento: no tenía nada más.
Tenía dos razones para traerla aquí: en primer lugar, que tendría una bella amante sin gastos; en segundo lugar, que su profesión le proporcionaría lo necesario para vivir y mantener el hogar, pues no tenía otra fuente de ingresos, salvo lo que recogía mediante chantajes ocasionales.
(40) Cuando Frínion se enteró de que ella estaba en Atenas y vivía con el acusado, tomó consigo a algunos jóvenes y fue a casa de Estéfano a buscarla. Estéfano hizo valer su libertad, de acuerdo con la ley, y Frinión la citó entonces ante el Polemarca, bajo fianza. (Nota: Hasta que se pudiera determinar si era esclava o libre. El polemarca era el arconte encargado de los juicios que afectaban a residentes extranjeros.) En prueba de ello, traeré ante ustedes el Polemarca de ese año…
Por favor, llame a Aietes.
Él testifica.
(41) Cuando hubo sido rescatada de este modo por Estéfano y vivía con él, ejerció la misma profesión no menos que antes, pero exigía una tarifa mayor a quienes deseaban consortearla, por tener ahora una cierta posición que mantener y por ser una mujer casada. Estéfano la ayudaba mediante el chantaje; si sorprendía a algún rico desconocido haciendo el amor con ella, solía encerrarlo en casa como a un adúltero sorprendido con su esposa, y extraerle una gran suma de dinero (42) -naturalmente, porque ni Estéfano ni Neaera tenían nada, ni siquiera lo suficiente para cubrir sus gastos diarios, pero su establecimiento era grande. Estaban él y ella para mantenerse, y tres niños pequeños -los que ella le había traído- y dos criadas y un criado; y, sobre todo, había adquirido el hábito del buen vivir, ya que antes habían sido otros los que le habían proporcionado todo lo necesario…
(45) Para continuar: Frinión inició su pleito contra Estéfano, alegando que éste le había robado a la demandada Neaera y la había convertido en una mujer libre, y que Estéfano había recibido los bienes de los que Neaera le había despojado cuando se marchó. Sin embargo, sus amigos los reunieron y los persuadieron para que sometieran la disputa a arbitraje. El árbitro que se sentó en nombre de Frínion fue Sátiro de Alôpece, hermano de Lacedaemonio, y en nombre de Estéfano, Saurias de Lampra; eligieron como árbitro a Diogeitón de Aqueronia. (46) Estos tres se reunieron en el templo, y tras escuchar los hechos tanto de los litigantes como de la propia mujer, dictaron sentencia, que fue aceptada por los litigantes: a saber, que la mujer debía ser libre y su propia señora, pero que los bienes que Neaera había tomado de Frinión cuando se marchó debían ser todos devueltos a Frinión, excepto las ropas y joyas y las sirvientas que habían sido compradas para la propia Neaera; además, que ella debía pasar el mismo número de días con cada uno de ellos; pero que si acordaban cualquier otro arreglo, éste mismo debía mantenerse; que la manutención de la mujer debía correr a cargo de la persona con la que viviera en ese momento; y que en el futuro los litigantes debían ser amigos y no guardar rencor. (47) Tal fue el arreglo al que llegó la decisión de los árbitros en el caso de Frinión y Estéfano, relativo a la demandada Neaera. Como prueba de ello, el secretario les leerá la deposición.
Por favor, llamen a Sátiro de Alôpece, Saurias de Lampra y Diogeitón de Acharnae.
Ellos testifican.
Los siguientes fueron los términos del acuerdo entre Frínion y Estéfano: que cada uno se mantendrá en su casa y tendrá el disfrute de Neaera durante un número igual de días al mes, a menos que lleguen a un acuerdo diferente.
(48) Terminado el asunto, los amigos de cada parte, los que les habían asistido en el arbitraje y el resto, hicieron lo que creo que es habitual en estos casos, sobre todo cuando hay una amante en litigio: fueron a cenar con cada uno de ellos en los momentos en que tenía consigo a Neaera, y ella cenó y bebió con ellos como hacen las amantes…
(49) Ya he esbozado los hechos sobre Neaera y he apoyado mis afirmaciones con pruebas: que originalmente era una esclava, que fue vendida dos veces y que ejerció la profesión de prostituta; que huyó de Frínion a Mégara y que a su regreso a Atenas fue citada ante el Polemarca bajo fianza. Ahora deseo demostrarle que el propio Estéfano ha presentado pruebas contra ella, demostrando que es una extranjera.
(50) La hija de la acusada Neaera, a la que había llevado de niña a casa de Estéfano, se llamaba en aquella época Strybele, pero ahora tiene el nombre de Phano. Estéfano dio a esta muchacha en matrimonio, por ser su propia hija, a un ciudadano ateniense, Frastor, junto con una dote de 30 minas. Cuando fue a vivir con Phrastor, que era un hombre trabajador y que había reunido sus medios gracias a una vida cuidadosa, ella fue incapaz de acomodarse a sus costumbres, sino que se aferró a los hábitos de su madre y a las costumbres disolutas de aquel hogar, siendo, supongo, educada en una licencia similar. (51) Frastor observó que ella no se comportaba bien ni estaba dispuesta a dejarse guiar por él, y al mismo tiempo descubrió con certeza que no era hija de Estéfano, sino sólo de Neaera, por lo que había sido engañado en la primera ocasión en que se desposó con ella. Había entendido que era hija de Estéfano y no de Neaera, hija del matrimonio de Estéfano con una dama ateniense nacida libre antes de que él empezara a vivir con Neaera. Frastor se indignó sobremanera por todo esto, y considerándose ultrajado y estafado, echó a la joven de su casa después de haber vivido con ella durante un año y cuando estaba embarazada; y se negó a devolverle la dote.
(52) Estéfano inició una demanda contra él por pensión alimenticia, interpuesta en el Odeón, de acuerdo con la ley que promulga que si un hombre se divorcia de su esposa, deberá devolver la dote o, de lo contrario, estará obligado a pagar intereses sobre ella a razón del 18% anual; y que su tutor legal tiene derecho a interponer una demanda de pensión alimenticia en el Odeón, en nombre de la esposa. Frastor también presentó una acusación contra Estéfano ante el Tesmoteto (Nota: Los thesmothetae eran magistrados encargados de los tribunales y los jurados),de que Estéfano había desposado con él, un ciudadano ateniense, a la hija de una mujer extranjera, fingiendo que la muchacha era su propia hija, en contra de la siguiente ley.
Al secretario: Por favor, léala.
El Secretario del Tribunal lee en voz alta la siguiente ley:
Si alguien da en matrimonio a una mujer extranjera a un ciudadano ateniense, fingiendo que es pariente suyo, será privado de su condición de ciudadano y sus bienes serán confiscados, y la tercera parte irá a parar a la persona que obtenga la condena. La acusación será presentada ante el Thesmothetae, por cualquier persona con derecho a ello, como en el caso de las usurpaciones de ciudadanía.
(53) El Escribano les ha leído la ley seguida por el Phrastor cuando presentó una acusación contra Stephanus ante el Thesmothetae. Estéfano, dándose cuenta de que si era condenado por haber patrocinado los esponsales de una mujer extranjera corría el riesgo de incurrir en las penas más severas, llegó a un acuerdo con Phrastor, renunciando a la reclamación de la dote y retirando la demanda de pensión alimenticia; y Phrastor retiró igualmente su acusación ante los Thesmothetae. Como prueba de ello, llamaré a Phrastor ante vosotros y le obligaré a declarar conforme a la ley.
(55) Ahora permítanme presentarles otra prueba, derivada de Phrastor y de los miembros de su phratry y familia, para demostrar que Neaera, la acusada, es extranjera. No mucho después de que Phrastor repudiara a la hija de Neaera, cayó enfermo. Su estado se agravó y su vida corrió grave peligro. Llevaba mucho tiempo enemistado con sus parientes, a los que miraba con resentimiento y aversión. Además, no tenía hijos. Así que fue seducido durante su enfermedad por las atenciones de Neaera y su hija, (56) que acudieron a él mientras estaba enfermo y no tenía a nadie que lo cuidara, trayéndole todo lo necesario para su dolencia y cuidando de él; y ustedes mismos conocen, por supuesto, el valor de la presencia de una mujer durante la enfermedad, como enfermera de un enfermo. Y así se convenció de que aceptara de nuevo al niño que la hija de Neaera había dado a luz tras ser expulsada de la casa de Frastor durante su embarazo -lo que ocurrió cuando se enteró de que era hija, no de Estéfano, sino de Neaera, debido a su resentimiento por el engaño-, de que lo aceptara como su hijo legítimo. (57) Su razonamiento era humano y natural; estaba enfermo y no tenía esperanzas de recuperarse, así que para evitar que sus parientes se quedaran con sus bienes y él mismo muriera sin hijos, adoptó al niño como hijo legítimo y lo acogió en su casa. Nunca habría hecho esto si hubiera estado bien, como les demostraré con una prueba de peso e innegable.
(58) Tan pronto como Frastor se levantó después de esta enfermedad y recobró la salud y las fuerzas, tomó por esposa a una mujer ateniense conforme a la ley, a saber, la hija legítima de Sátiro de Melite, hermana de Dífilo. Esto, pues, es una prueba para usted de que su aceptación no fue voluntaria sino el resultado de presiones; su enfermedad, su falta de hijos, su lactancia y esta enemistad hacia sus parientes, a los que no deseaba que fueran sus herederos si algo le sucedía. Pero esto se mostrará más claramente por lo que sucedió a continuación.
(59) Cuando Phrastor durante su enfermedad presentó al niño, su hijo de la hija de Neaera, a su phratry y a los Brytidae, a cuya familia pertenece Phrastor, los miembros de su familia, sabiendo, sin duda, quién era la mujer que Phrastor había tomado originalmente por esposa, a saber, la hija de Neaera, y sabiendo de su divorcio por él, y también que fue su enfermedad la causa de que consintiera en recuperar al niño, votaron en contra de la aceptación del niño y se negaron a registrarlo como uno de ellos. (60) Phrastor inició un pleito contra ellos por negarse a inscribir a su hijo. Los miembros de su familia le desafiaron entonces ante un árbitro para que jurara por las víctimas sagradas que creía verdadera y fehacientemente que el niño era hijo suyo de una mujer ateniense libre, legalmente casada con él. Ante este desafío a Frastor por parte de los miembros de su familia ante el árbitro, Frastor incumplió y no prestó el juramento requerido. …
(72) Sin embargo, los acusados Estéfano y Neaera habían llegado a tal grado de insolencia que no se contentaron con declarar que [Fano] era una mujer ateniense nacida libre. Se dieron cuenta de que Teógenes de Cocida había sido elegido por sorteo como rey-Arconte, un hombre de buena familia, pero pobre y sin experiencia en los negocios; así que Estéfano le apoyó en su examen y le ayudó con sus gastos. Cuando entró en funciones, Estéfano se coló y, tras comprarle el cargo de asesor, le dio por esposa a esta mujer, hija de Neaera, garantizándole que era su propia hija: ¡tal era su desacato hacia ti y hacia las leyes! (73) Así que esta mujer, Fano, realizó para ti el sacrificio secreto por la seguridad del estado; contempló misterios que ella, como extranjera, no tenía derecho a contemplar. Esta fue la clase de mujer que entró en el lugar sagrado donde ninguna otra de todas las grandes atenienses puede entrar: sólo la esposa del rey-Arconte. Ella administraba el juramento a las reverendas sacerdotisas que oficiaban en los sacrificios; se sometía a la ceremonia de la Novia de Dionisio, y llevaba a cabo los ancestrales deberes religiosos del estado, cumpliendo numerosas funciones sagradas y misteriosas. ¿Cómo puede estar de acuerdo con la piedad que cosas de las que al resto de la comunidad no se le permite ni siquiera oír hablar sean realizadas por cualquier mujer elegida por casualidad, especialmente una mujer como ésta, y culpable de tales acciones? …
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
(78) Me gustaría llamar ante ustedes al sagrado Heraldo, que asiste a la esposa del Rey-Arconte cuando administra el juramento a las veneradas sacerdotisas cuando llevan sus cestas en el altar, antes de que toquen a sus víctimas sagradas. Esto es para que escuchen el juramento y las palabras pronunciadas en la medida en que está permitido escucharlas, y sepan cuán sagrado y antiguo es el rito acostumbrado.
El heraldo sagrado se adelanta y lee el juramento administrado a las sacerdotisas por la esposa del rey-Arconte antes de que se les permita oficiar los sacrificios.
Juramento de la reverenda sacerdotisa
Practico la castidad y soy pura e inmaculada de todas las cosas que traen impureza, incluidas las relaciones con los hombres; celebro el sacramento de la fiesta del vino y los santos ritos báquicos según el uso ancestral y en los tiempos señalados.
(79) Ahora habéis oído el juramento y el uso ancestral, en la medida en que está permitido oírlos; y cómo la mujer a la que Estéfano desposó con Teógenes el Rey-Arconte como su propia hija realizó estos sacrificios y administró el juramento a las reverendas sacerdotisas, cuando está prohibido incluso a las mujeres que los contemplan repetir estos misterios a cualquier otra persona.
Los magistrados investigan la identidad de la esposa de Teógenes y éste se divorcia de ella.
(85) Al jurado: Veréis por esto que era apropiado para ella [Fano] como mujer de tal carácter y tales actividades, no sólo mantenerse alejada de todos estos ritos, de ver, de sacrificar, de realizar cualquiera de las ceremonias establecidas por el uso ancestral para la seguridad del estado: debería haber sido excluida de todas las ocasiones públicas en Atenas. La ley decreta que cuando se encuentra a una mujer con un adúltero, se le prohíbe asistir a cualquiera de los sacrificios públicos, incluso a aquellos a los que las leyes permiten asistir a una mujer extranjera o a una esclava con fines de culto y oración.
(86) La única clase de mujer a la que la ley prohíbe asistir a los sacrificios públicos es la mujer sorprendida en adulterio; si asiste e infringe la ley, ésta permite a cualquier persona que lo desee infligirle impunemente cualquier castigo que no sea la muerte, ya que el derecho de castigo se concede legalmente a cualquier persona fortuita. La razón por la que la ley permite infligir impunemente sobre ella cualquier maltrato excepto la muerte, es para evitar cualquier contaminación o sacrilegio en el templo; mantiene para las mujeres una amenaza lo suficientemente aterradora como para disuadirlas del desenfreno o de cualquier tipo de mal comportamiento, y obligarlas a cumplir con sus deberes en casa, enseñándoles que si alguien se porta mal de esta manera, será desterrada no sólo de la casa de su marido sino de los lugares públicos de culto. (87) Que esto es así os quedará claro cuando oigáis la propia ley leída en voz alta…
Ley sobre el adulterio: Si el marido sorprende al adúltero en el acto, no se le permitirá (al marido) seguir cohabitando con la esposa. Si continúa la cohabitación, será desheredado. No será lícito que la mujer sea admitida a los sacrificios públicos, si ha sido sorprendida con un adúltero. Si logra entrar, estará expuesta a sufrir cualquier maltrato, menos la muerte, e impunidad…
Del resumen del argumento
(110) ¿Qué diría cualquiera de vosotros si, habiendo absuelto a Neaera, fuera a casa a ver a su esposa, o hija, o madre, y ella le preguntara: ‘Dónde habéis estado’, respondería: ‘Hemos estado juzgando un caso’. Ella preguntará entonces: ‘De quién’, y usted responderá, por supuesto: ‘De Neaera’. Se la acusó de vivir con un ciudadano ateniense como su esposa, aunque ella misma es extranjera, y esto es ilegal; también se la acusó de dar a su hija, una prostituta, en matrimonio a Teógenes el Rey-Arconte, de modo que esta muchacha realizó los sacrificios secretos para la seguridad del estado y pasó por la ceremonia de ser entregada como novia a Dioniso’; y enumeraréis el resto de los cargos contra Neaera, diciendo lo bien, precisa y cuidadosamente que fueron expuestos por la acusación. (111) Las mujeres, al oír esto, diréis: ‘Bueno, ¿qué habéis hecho?’, y responderéis: ‘La hemos absuelto’. Entonces, ¿no se excitará contra vosotras la indignación de todas las mujeres más decentes, porque habéis juzgado a Neaera no menos merecedora que ellas de participar en la vida pública y en el culto público? Y las mujeres insensatas habrán recibido de ustedes un claro mandato para hacer lo que quieran, ya que ustedes y las leyes les han concedido impunidad; pues habrán demostrado con su actitud laxa y despreocupada que ustedes mismas simpatizan con el modo de vida de esta mujer.
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(114) Cada uno de ustedes debe creer, por tanto, que está dando su voto en defensa de su esposa, o de su hija, o de su madre, o en nombre del Estado, de las leyes y de la religión, para impedir que las mujeres respetables adquieran la misma categoría que la prostituta, y para proteger a aquellas que han sido criadas por sus familias con toda propiedad y cuidado, y dadas en matrimonio conforme a la ley, de no tener una posición mejor que la de esta mujer, que con todo tipo de comportamiento licencioso se entregaba docenas de veces al día a docenas de hombres, siempre que alguien se lo pedía.
(122) Esto es el matrimonio: cuando un hombre engendra hijos y presenta a sus hijos a su phratry y deme, y da a sus hijas, como si fueran suyas, en matrimonio a sus maridos. Las hetaerae las mantenemos por placer, las concubinas (pallakai) para la asistencia diaria a nuestra persona, pero las esposas para la procreación de hijos legítimos y para ser las fieles guardianas de nuestros hogares. De modo que si se había casado anteriormente con una mujer ateniense, y estos hijos son suyos y no de Neaera, podría haberlo demostrado con el testimonio más exacto, el de las esclavas entregadas para ser examinadas mediante tortura.”
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