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Empresas con Base en el Extranjero

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Empresas con Base en el Extranjero

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto de Ingresos de Empresas con Base en el Extranjero en el Entorno Empresarial Americano

Ingresos de empresas con base en el extranjero puede ser definido/a de la siguiente forma: En el código tributario de los Estados Unidos, una categoría de ingresos de la Subparte F que incluye los ingresos de las empresas con base en el extranjero y los ingresos por ventas y servicios de las empresas con base en el extranjero.

Revisor: Lawrence

Diferencias entre Estados y Empresas Privadas Extranjeras en Derecho Internacional

Ejemplo: Arbitraje Aramco (1963)

Nota: También puede interesar el concepto jurídico de concesión, la definición de empresa privada en derecho, y su significado como “arbitration” en derecho anglosajón (en inglés).

Arbitraje Aramco (1963) 27 I.L.R. 117: Este procedimiento, denominado propiamente Arabia Saudí contra Arabian American Oil Co. (ARAMCO), surgió de una disputa sobre el significado del artículo 1 del Acuerdo de Concesión de 1933, enmendado, que establecía que la compañía tenía “el derecho exclusivo… de explorar, prospectar, perforar, extraer, tratar, fabricar, transportar, comerciar, llevar y exportar petróleo….”. Aramco celebró acuerdos con compradores regulares por los que éstos podían transportar ellos mismos el petróleo de ciertas salidas de Arabia. En 1954, el Gobierno de Arabia Saudí firmó un acuerdo con Aristóteles Onassis para establecer una empresa privada, S audi Arabian Maritime Tankers Co., Ltd. (SATCO), que se encargaría de transportar el petróleo árabe. ARAMCO se opuso a que los petroleros de SATCO tuvieran prioridad en el transporte de petróleo, e invocó la disposición de arbitraje del artículo 31 del Acuerdo de Concesión.

Se sostuvo que “el acuerdo de las Partes [de febrero de 1955 para someter la disputa a arbitraje] no se refiere a un único sistema de derecho. En la medida en que el Tribunal está facultado para determinar el derecho que debe aplicarse, lo hará recurriendo a la doctrina general del Derecho Internacional Privado”; que un acuerdo de concesión tiene un “doble carácter …; implica, en primer lugar, un acto de Estado y, en segundo lugar, derechos de propiedad conferidos al concesionario’; que las normas del derecho musulmán ‘demuestran claramente que la Concesión petrolera de Aramco tiene un carácter contractual’; que ‘[e]l Acuerdo de Concesión es, por tanto, la ley fundamental de las Partes y el Tribunal de Arbitraje está obligado a reconocer su particular importancia debido a que llena un vacío en el sistema legal de Arabia Saudí en lo que respecta a la industria petrolera’. El Tribunal sostiene que la Concesión tiene la naturaleza de una constitución que tiene el efecto de conferir derechos adquiridos a las Partes Contratantes. En razón de su propia soberanía dentro de su dominio territorial, el Estado posee el poder jurídico de conceder derechos que se prohíbe retirar antes del final de la Concesión …. ‘; que parecía “seguro que no se habría llegado a ningún acuerdo entre las Partes si la Compañía concesionaria no hubiera podido obtener la garantía de un derecho exclusivo de transporte por mar y de exportación de su petróleo y productos con libertad para ejercer su derecho a su discreción”; que “existe un conflicto ineludible entre las dos Concesiones [a ARAMCO y SATCO]”; y que “los puertos de todo Estado deben estar abiertos a los buques mercantes extranjeros y sólo pueden cerrarse cuando los intereses vitales del Estado así lo requieran”.

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Revisor de hechos: KL Perry

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