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Guerra Internacional

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Guerra Internacional

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¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Guerra Internacional

Definición y descripción de Guerra Internacional ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Ricardo Méndez Silva) Es la que tiene lugar entre dos o más Estados y en la que se aplica el derecho de guerra consuetudinario y convencional, independientemente de que exista o no declaración de guerra.

Más sobre el Significado de Guerra Internacional

Tanto el uso de la fuerza como de la amenaza en las relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolíticas en nuestra plataforma), se encuentra prohibido por el artículo 2°, párrafo cuarto de la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco, 26 de junio de 1945); sin embargo, la guerra es un acontecimiento histórico que desborda la prohibición normativa y que, presentándose como un hecho histórico, exige su condición de acuerdo con principios humanitarios. Particularmente, al término de la Segunda Guerra Mundial se llegó a un reexamen de las normas prevalecientes en materia de guerra. Sobresalen el convenio relativo al tratado de los prisioneros de guerra en el que se señala que dichos prisioneros deben ser tratados en todas circunstancias humanamente. Se prohibe y se considera como grave infracción cualquier acto u omisión ilícita por parte de la potencia en cuyo poder se encuentren los prisioneros y que acarree la muerte o pongan en grave peligro la salud de un prisionero de guerra. No puede someterse a ningún prisionero de guerra a mutilaciones físicas o experiencias médicas o científicas, de cualquier naturaleza, que no estén justificadas por el tratamiento médico y que no se ejecuten en bien suyo. Los prisioneros de guerra tienen derecho en todas circunstancias al respeto de su persona y de su dignidad. Conservan su plena capacidad civil, tal y como existía en el momento en que cayeron prisioneros. Importancia semejante tienen el convenio relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, y el convenio para mejorar la suerte de los heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas armadas en el mar.

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Véase También

Bibliografía

Breton, Philippe, “L’incidence des guerres contemporaines sur la réafirmation et le développement du droit internacional humanitaire applicable dans les conflicto armés internationaux et non internationaux”, Journal du Droit Internatianal, París, año 105, número 2, abril-junio de 1978; Delbez, Louis, Les príncipes généraux du droit international public, droit de la paix, droit préventif de la guerre, droit de la guerre, 3a. edición, Paris, Librairie Génénrale de Droit et de jurisprudence, 1964; Grocio, Hugo, Del derecho de la guerra y de la paz; traducción de Jaime Turrubiano Ripoll, Madrid, Reus, 1925, 4 volúmenes; Seara Vázquez, Modesto, Derecho internacional público; 6a. edición, México, Porrúa, 1979; Sepúlveda, César, “El Pacto de París y el movimiento americano para proscribir la guerra”, El Foro, México, 6a. época, número 14 julio-septiembre de 1978.

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Breton, Philippe, “L’incidence des guerres contemporaines sur la réafirmation et le développement du droit internacional humanitaire applicable dans les conflicto armés internationaux et non internationaux”, Journal du Droit Internatianal, París, año 105, número 2, abril-junio de 1978; Delbez, Louis, Les príncipes généraux du droit international public, droit de la paix, droit préventif de la guerre, droit de la guerre, 3a. edición, Paris, Librairie Génénrale de Droit et de jurisprudence, 1964; Grocio, Hugo, Del derecho de la guerra y de la paz; traducción de Jaime Turrubiano Ripoll, Madrid, Reus, 1925, 4 volúmenes; Seara Vázquez, Modesto, Derecho internacional público; 6a. edición, México, Porrúa, 1979; Sepúlveda, César, “El Pacto de París y el movimiento americano para proscribir la guerra”, El Foro, México, 6a. época, número 14 julio-septiembre de 1978.

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