Historia de los Tribunales
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Nota: Consulte también la Historia de los Tribunales Eclesiásticos, véase aquí.
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Historia de los Tribunales Ingleses
Pocos asuntos son más oscuros que la historia temprana de los tribunales ingleses, especialmente de las jurisdicciones inferiores o locales.
Diferentes tipos
Comparados con los tribunales de Westminster, los tribunales locales del condado y los “hundreds” son siglos más antiguos y tienen un pasado que se remonta a los días anteriores a la Conquista.Entre las Líneas En las grandes preguntas sobre el origen final del condado y las cien cortes, que en opinión de algunos escritores se remontan a la prehistoria teutónica, sería imposible entrar sin examinar una gran cantidad de controversia técnica. Las preguntas igualmente graves y controvertidas también ocultan la historia de aquellas jurisdicciones que comúnmente se denominan feudales, jurisdicciones que compitieron con, y en uno o dos casos suplantaron, las instituciones más antiguas.
Detalles
Por último, llegó el poder real y la construcción de una jerarquía de tribunales que actuaron en nombre del Rey y aplicaron la ley común (el derecho común), que al final reemplazó a todas las demás jurisdicciones.
Una Conclusión
Por lo tanto, tenemos, en términos generales, tres tipos principales de tribunales: el más antiguo es el sistema comunal representado principalmente por el condado y los cien; A continuación tenemos los tribunales feudales o señoriales, de los cuales el tribunal es el ejemplo más conocido; mientras que finalmente tenemos las cortes reales en Westminster gradualmente eclipsando a todos los demás. Dentro de cada una de estas clases existe la mayor variedad, y cuanto más atrás rastreamos la historia de estos tribunales, más difícil se vuelve hacer una declaración general que será aproximadamente cierta sobre cualquiera de ellos. La edad anglosajona, en particular, nos muestra innumerables ejemplos de variación local, aunque es significativo que poco después de la conquista normanda comiencen a aparecer signos débiles de orden.
Las observaciones que siguen, por lo tanto, son solo observaciones muy generales que deberán ser sometidas a una buena modificación para que se ajusten a cualquier caso particular.Entre las Líneas En términos generales, la división triple que hemos indicado comprende tres clases diferentes de tribunales, cada uno con su propio tipo de historia; pero es una parte esencial de esa historia que cada tipo coexistió con los demás y, por lo tanto, estuvo constantemente influenciado por ellos. Los tribunales comunales se caracterizan por una jurisdicción territorial que coincide [80] con algún distrito administrativo dentro de cuyos límites se extiende su autoridad. Las cortes señoriales son menos definitorias en su carácter; hay ocasiones en que su jurisdicción parece depender más bien de una relación personal entre el señor y el inquilino.
Puntualización
Sin embargo, esta declaración está sujeta a algunas reservas, ya que, durante la Edad Media, la jurisdicción puramente personal de un señor sobre hombres particulares es muy adecuada para transformarse gradualmente en una jurisdicción sobre la tierra de esos hombres.
Una Conclusión
Por lo tanto, una jurisdicción que originalmente era personal se volverá territorial en el tiempo, y es característico de este proceso que un territorio de este tipo a menudo es de perfil extremadamente irregular; de hecho, es bastante común encontrar que habrá pequeñas islas de una jurisdicción dispersas a cierta distancia del cuerpo principal. La explicación más plausible de esto parece ser que estas partes periféricas eran originalmente propiedad de un inquilino bajo una jurisdicción personal, y que con el tiempo esta jurisdicción personal se convirtió en territorial. Aún más confusión entre los dos tipos es causada por tendencia constante para que las antiguas jurisdicciones comunales (especialmente las más pequeñas) caigan bajo el dominio de algún gran hombre y se conviertan en su “franquicia” privada.
JURISDICCIONES REALES
Ambas clases de cortes, sin embargo, difieren fundamentalmente de la tercera clase, la jurisdicción real.
Informaciones
Los dos primeros estaban en condiciones florecientes y aparentemente eran iguales a los requisitos de la nación antes de que la Corona comenzara a intervenir. Al menos una cosa es muy clara, a saber, que los tribunales reales eran intrusos en el terreno que habían sido ocupados durante siglos por jurisdicciones más antiguas, y que la autoridad de estas jurisdicciones más antiguas era original y de ninguna manera derivaba de la Corona. Este hecho histórico indudable comienza a ser oscurecido por la teoría legal en el siglo XII, y aún más en el siglo trece. Para esa fecha, los tribunales reales de Westminster se encontraban en un período de expansión activa y estaban preparados para hacer reclamos amplios en su propio nombre y en el del Rey. Ya, entre 1109 y 1111, Henry había hablado de “mis condados y cientos”, y un siglo y medio más tarde, Bracton establece un principio general de que, hablando estrictamente, el Rey es el juez apropiado para todas las causas temporales, y que es solo la gran masa de negocios que lo ha obligado a delegar el poder judicial a varios jueces, alguaciles, alguaciles y ministros. Alrededor del año 1256, por lo tanto, un juez real como Bracton ya está considerando a la Corona como la única fuente de justicia. Una generación más tarde, otro funcionario real, a quien solo conocemos bajo el disfraz de “Fleta”, presiona esta doctrina hasta su límite extremo.4 En un capítulo extraordinario, Fleta discute todos los tribunales de la tierra e introduce a cada uno de ellos Con la fórmula significativa de que “el rey tiene su corte…. “Aunque Fleta pudo haber sabido la falsedad histórica de esto, no obstante, insiste en que el Rey ahora tiene su corte no solo en el Parlamento, el Banco del Rey, las súplicas comunes y el tesoro, sino también en el condado, en los condados, en cientos, y en mansiones, aunque no tenga juez allí, las decisiones las toman los pretendientes. Con Fleta, por lo tanto (alrededor del año 1290), llegamos al dogma completo de que todo el poder judicial se deriva de la Corona.
Claramente, es solo el hecho de la conquista normanda, secundada por la organización de los reyes normandos, lo que permitió a Inglaterra estar tan centralizada como esta.Entre las Líneas En el transcurso de doscientos años, no solo los tribunales centrales de Westminster fueron construidos y equipados con leyes y procedimientos reales donde antes había habido poco o nada, sino que además la idea de la supremacía real y de la centralización de la justicia había sido tan firme. Tomó en cuenta que era posible afirmar que todo el poder judicial, ya sea en los tribunales reales, los tribunales señoriales o los antiguos tribunales comunales, era ejercido por delegación de la Corona. Desde este punto en adelante, el carácter de los tribunales locales se fue transformando gradualmente para hacerlos encajar en esta teoría. Al final, debían ser abolidos o virtualmente reemplazados por nuevas instituciones que serían, de hecho, así como en teoría, creadas por la Corona.
La Corona y el Jurado
La supremacía suprema de los tribunales centrales de la Corona solo se logró lentamente. Hubo poco ataque directo, salvo quizás algunas palabras en el Estatuto de Gloucester (1278), c. 8, y la regla importante en el Estatuto de Marlborough (1267), c. 20; 1 en su mayor parte, el cambio se realizó mediante una penetración pacífica y una competencia hábil para ofrecer mejores recursos, en particular, el juicio por jurado. Los puntos de contacto entre los tribunales centrales y locales se vuelven particularmente significativos. Por un lado, está el empeño decidido de la Corona por domesticar al sheriff; por otro lado, está el uso del jurado por parte de la Corona. Durante mucho tiempo, la práctica de los emisarios reales de convocar jurados cuando el gobierno central deseaba ponerse en contacto con los hombres del condado era de cien o menos años. Cuando, en épocas posteriores, se otorgó al jurado la nueva función de tratar los asuntos de hecho alcanzados en el litigio, la Corona afirmó tener el monopolio de lo que ahora se había convertido en un procedimiento deseable, y de ese modo logró una superioridad abrumadora sobre aquellas jurisdicciones cuyos poderes sí lo tenían. No se extienda tan lejos.
Tal, entonces, es la tendencia general de la historia institucional en el transcurso de mil años. Ahora queda por considerar con un poco más de detalle el auge y la caída de las instituciones locales, y su sujeción gradual a la autoridad central.Entre las Líneas En primer lugar trataremos de los tribunales comunales.Entre las Líneas En segundo lugar, de la jurisdicción señorial y sus relaciones con ellos, luego del contacto de la Corona con los tribunales locales y del jurado que creció en ese punto de contacto. Y, finalmente, de las cortes reales en Westminster que estaban destinadas a opacar y destruir tanto las cortes señoriales como las comunales.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Autor: Williams
Tribunales del castillos (zamkovi sudy)
Los tribunales penales del Gran Ducado de Lituania están presididos por un solo juez: el vicerregente o el starosta en las ciudades de condado y el voivodato en las ciudades provinciales. Las cortes del castillo fueron introducidas después de la dieta de Bilske de 1564, cuando los señores, bajo la presión de la nobleza en general, renunciaron a sus privilegios judiciales. Los tribunales del castillo tenían jurisdicción sobre toda la nobleza, los burgueses bajo la ley de Magdeburgo, los campesinos de los señores con respecto a los delitos graves, los burgueses de las ciudades pequeñas y los campesinos pertenecientes a los grandes duques con respecto a todos los asuntos penales. Los tribunales de los castillos correspondían a los tribunales de las ciudades de Polonia.
Autor: Black
Tribunales de las ciudades
Nombre de los tribunales estatales inferiores que se ocupan de delitos graves en la Polonia medieval. [rtbs name=”historia-medieval”] En 1434 se introdujeron tribunales municipales en los territorios ucranianos bajo el dominio polaco. Para los campesinos, judíos, armenios y ciertas categorías de burgueses, los tribunales de la ciudad servían como tribunales de apelación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Poco a poco fueron sustituyendo a los tribunales de tierras. El condado starosta (administrador) presidía el tribunal y estaba asistido por el secretario del condado, que llevaba un registro no solo de las decisiones del tribunal, sino también de los contratos y declaraciones de los particulares, lo que les daba fuerza jurídica. Los tribunales municipales se llamaban tribunales de castillos en el Gran Ducado de Lituania.
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Tribunales o Cortes Comunales
Sobre los tribunales o cortes comunales, véase la entrada.
Jurisdicción Señorial en Inglaterra y Gales
Sobre la jurisdicción señorial en Inglaterra y Gales, véase la entrada.
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Historia de los Tribunales Locales en Inglaterra y Gales
Sobre la historia de los tribunales locales en Inglaterra y Gales, véase esta entrada.
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Historia del Jurado en Inglaterra
[rtbs name=”derecho-del-reino-unido”] Sobre la historia del jurado en Inglaterra, véase esta entrada.▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.