Historia Del Derecho Humanitario Bélico
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Historia Del Derecho Humanitario Bélico en el Derecho Español
[rtbs name=”home-historia”]Historia Del Derecho Humanitario Bélico en 2001
Según el Diccionario Jurídico Espasa, Historia Del Derecho Humanitario Bélico significa:
La protección jurídico-internacional de las víctimas de la guerra se remonta a ideas del médico ginebrino Henri Dunant. Presente en la batalla de Solferino (24 de junio de 1859), que libraron los ejércitos de Francia y Cerdeña, por un lado, y los del imperio austro-húngaro, por otro, organizó los auxilios necesarios para aliviar la suerte de los numerosos heridos abandonados que no podían ser atendidos por los servicios sanitarios de los ejércitos contendientes.Entre las Líneas En su obra Un souvenir del Solverino (1862) alumbró la idea de la Cruz Roja: instituir sociedades encargadas de formar un personal voluntario que colaborara con los servicios sanitarios militares, sobre la base de principios internacionales adoptados por vía convencional y que fueran obligatorios para todos los beligerantes. Al objeto de que las ideas de DUNANT se tradujeran en realidad, el Consejo Federal Suizo convocó por iniciativa de Gustavo Moynier una conferencia internacional que elaboró el I Convenio de Ginebra para mejorar la suerte de los heridos y enfermos de los ejércitos en campaña, de 22 de agosto de 1864, Convenio que fue mejorado y ampliado por vez primera en 1906, luego en 1929 y finalmente en 1949 con el Convenio para mejorar la suerte de los heridos y enfermos de las Fuerzas Armadas en campaña.
Desarrollo
El X Convenio de La Haya de 1907 extendió a la guerra marítima los principios de los Convenios de Ginebra de 1864 y 1906. También él fue renovado por el Convenido de Ginebra de 1949 para mejorar la suerte de los heridos, enfermos y náufragos de las Fuerzas Armadas en el mar.
En los Reglamentos de La Haya sobre las leyes y costumbres de la guerra terrestre (R.G.T.) de 1899 y 1907 encontramos una sección dedicada al trato de los prisioneros de guerra. Estas normas fueron desarrolladas primeramente en 1929 y luego en 1949 por el Convenio de Ginebra relativo al trato de los prisioneros de guerra.
A estos tres Convenios vino a sumarse el nuevo Convenio de Ginebra de 1949 relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, que regula la condición de las personas civiles tanto en el territorio de los beligerantes como en territorio ocupado y en territorio neutral. Estos cuatro Convenios, designados en conjunto como Convenios de Ginebra para la protección de las víctimas de la guerra, fueron concluidos el 12 de agosto de 1949 por una conferencia internacional convocada por iniciativa del Comité internacional de la Cruz Roja.
Más acerca de Historia Del Derecho Humanitario Bélico
La propiedad cultural quedó especialmente protegida en virtud del Convenio para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado, celebrado en La Haya el 14 de mayo de 1954.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
El 10 de junio de 1977 finalizaron en Ginebra las sesiones de la Conferencia diplomática sobre reafirmación y desarrollo del D.I. humanitario aplicable en los conflictos armados, convocada por el Consejo Federal suizo, en el año 1974, en su calidad de depositario de los Convenios ginebrinos de 1949. El resultado de esta conferencia se tradujo en la sanción de dos Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949: el Protocolo I, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales, y el Protocolo II, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional.Entre las Líneas En suma, un conjunto de normas que, si bien se titulan «adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949», constituyen en sustancia el nuevo D.I. de guerra, en sus estructuras básicas, en un intento de adaptación a las exigencias de la comunidad internacional surgida del proceso de descolonización.
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