Medios de Impugnación en Materia Electoral
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Elementos de Medios de Impugnación en Materia Electoral
Descripción y definición de Medios de Impugnación en Materia Electoral aparecidas en el diccionario de derecho procesal constitucional y convencional (2014), escrito por Eduardo de Jesús Castellanos Hernández y publicado por el Poder Judicial de la Federación (mexicana) y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Parte integrante y esencial de cualquier sistema electoral. Los medios de impugnación en materia electoral son garantes de elecciones libres, imparciales y auténticas; la ausencia de ellos puede agravar los conflictos político-electorales. Se trata de los medios para prevenir y resolver las controversias electorales, sea a través de procedimientos institucionales o de mecanismos alternos o informales para solucionar los conflictos que surjan. La naturaleza jurídica de los medios institucionales utilizados al efecto puede ser administrativa, jurisdiccional, penal o bien tratarse de mecanismos alternos ad-hoc e incluso arbitraje internacional. Para su resolución pueden ser confiados a asambleas legislativas, tribunales ordinarios, administrativos, electorales especializados, judiciales y entes nacionales o internacionales ad hoc. Los mecanismos alternativos de solución de controversias consisten en la conciliación, mediación o arbitraje.
El conjunto de instituciones y procedimientos que dan estructura y cauce a los medios de impugnación también es conocido como sistema recursal, sistema de medios de impugnación o sistema de justicia electoral.Entre las Líneas En las democracias, emergentes o consolidadas, tienen un papel muy importante para lograr y mantener estabilidad política, paz social, constitucionalidad, legalidad, así como legitimación y credibilidad de los poderes públicos.
El sistema de medios de impugnación responde necesariamente al contexto socio-cultural, histórico, político, así como a la tradición jurídica de cada país. Los factores más importantes que influyen en su diseño, contenido y operación son el sistema electoral, el sistema de partidos y la cultura política. La operación técnica del sistema es un elemento clave para su eficacia y eficiencia; si la justicia electoral no es pronta y expedita su credibilidad queda comprometida. Los elementos que se encuentran en la base de un sistema recursal son, de una parte, prevenir e identificar irregularidades y, de otra parte, proveer medios y mecanismos adecuados para corregirlas y sancionara quienes las cometen.
Más sobre el Significado de Medios de Impugnación en Materia Electoral
El objetivo primordial de un sistema de medios de impugnación es asegurar, de una parte, que todos los actos, procedimientos y decisiones de quienes intervienen en los procesos electorales se ajusten a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables y, de otra parte, garantizar el ejercicio de los derechos ciudadanos; de tal forma que cuando exista una violación a tales reglas de actuación y derechos ciudadanos, la constitucionalidad y legalidad de los mismos sea restaurada y la violación sea sancionada.
Los derechos electorales son derechos políticos que forman parte a su vez de una categoría de los derechos humanos, con todos los cuales se vinculan y entrelazan.
Informaciones
Los derechos humanos de fuente internacional tienen su reconocimiento universal o regional en los instrumentos de las Naciones Unidas así como en los instrumentos regionales correspondientes a Europa, América y África. Los principales derechos electorales son los de votar, ser votado, asociación política con fines electorales, participación directa o a través de representantes electos en los asuntos públicos, así como los derechos de libertad de expresión (véase; y también libertad de creación de medios de comunicación, libertad de comunicación, libertad de información, libertad de cátedra y la Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación, adoptada en Nueva York el 31 de marzo de 1953), reunión, petición y de acceso a la información pública relacionada con asuntos electorales. Estos derechos estuvieron originalmente reservados a los ciudadanos, pero cada día es más frecuente encontrar su extensión a residentes extranjeros, en ocasiones sujeta a la reciprocidad, proporcional o no.
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