Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
Proviene del latín motionem, acusativo de motio (tema motión) movimiento, de motus participio pasivo (véase más en esta plataforma) de movere mover más io acción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Atendiendo al Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, en su primera y segunda acepción, significa la acción y efecto de moverse o ser movido; o bien, la propuesta que se hace en una Asamblea o reunión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Esta voz se escribe muçao en portugués; motion en inglés y francés; antrag en alemán y mozione en italiano.
Desarrollo de Moción en este Contexto
Moción es entonces, en el terreno del derecho parlamentario, la proposición verbal o escrita presentada por un parlamentario que tiene por objeto la interrupción al discurso de un orador, objetar un documento o el asunto por acordar o a la decisión de la mesa directiva, que es sometida a deliberación y en su caso, aprobada su procedencia. Por medio de este instrumento, el legislador puede objetar o proponer algún punto que considera que no puede pasar por alto, “es un medio clásico de dirección”. Con la moción se promueve una deliberación sobre un tema o documento en discusión, a fin de integrar elementos nuevos que especifiquen o modifiquen lo planteado. La moción está sujeta al control de recepción por parte del presidente de la mesa directiva, quien la somete a consideración del Pleno para aceptarla o rechazarla. El procedimiento de discusión de la moción es semejante al proceso legislativo, variando de acuerdo con el tipo de moción; por lo general existe una discusión de carácter general que concluye con declaraciones de gobierno y la réplica de quien presentó la moción, así como, la discusión de las modificaciones que se pretendan, en el supuesto de un régimen parlamentario.Entre las Líneas En otros casos, el procedimiento se limita aceptar o rechazar la moción, en la primera hipótesis, se discute y vota en el acto, existiendo la posibilidad de que hagan uso de la palabra, tres legisladores en pro y tres en contra; cuando se desea tan solo ilustrar el debate, la moción de ser aceptada, se procede a su lectura, para continuar después con el uso de la palabra el orador,
Moción en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”]Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.
Moción en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”]En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de moción en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.
BERLIN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993 FERNçNDEZ-MIRANDA ALONSO, Faustino, El control parlamentario de la política exterior en el derecho español, Instituto de Estudios Administrativos, Madrid, 1977. Cuadernos de Administración Pública, núm. 5. SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.
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BERLIN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993 FERNÁNDEZ-MIRANDA ALONSO, Faustino, El control parlamentario de la política exterior en el derecho español, Instituto de Estudios Administrativos, Madrid, 1977. Cuadernos de Administración Pública, núm. 5. SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.
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BERLIN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993 FERNÁNDEZ-MIRANDA ALONSO, Faustino, El control parlamentario de la política exterior en el derecho español, Instituto de Estudios Administrativos, Madrid, 1977. Cuadernos de Administración Pública, núm. 5. SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.
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Publicidad: Definición de Publicidad Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Publicidad (1948) es: Arte de dar a conocer las excelencias de un artículo de un servicio de una idea política o social etc. por todos los medios imaginables. La publicidad es hoy el más eficaz auxiliar (secundario, subordinado)
del comercio [...] Véase también: Derecho Parlamentario, Derecho Político, Entradas Vitales.
Monarquía Parlamentaria: Monarquía Parlamentaria en el Derecho Legislativo y Político Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México: (Nota: Véase asimismo, monarquía y parlamento). Desarrollo de [...] Véase también: Derecho Parlamentario, Derecho Político, Mo.
Monarquía Limitada: Este texto se ocupa de la Monarquía Limitada, cercana a la Monarquía Constitucional y considerada como lo opuesto a la Monarquía Ilimitada. Existía una clase de monarquías limitadas que surgieron en Europa occidental durante la Edad Media y que, a pesar de las muchas diferencias, tenían entre sí una gran similitud familiar. No es extraño que haya existido tal semejanza. Los países en los que surgieron esas monarquías habían sido provincias del mismo gran imperio civilizado, y habían sido invadidos y conquistados, más o menos al mismo tiempo, por tribus de la misma nación ruda y guerrera. Eran miembros de la misma gran coalición contra el Islam. Estaban en comunión con la misma soberbia y ambiciosa Iglesia. Su sistema de gobierno adoptó naturalmente la misma forma. Tenían instituciones derivadas en parte de la Roma imperial, en parte de la Roma papal, en parte de la antigua Alemania. Todos tenían reyes, y en todos los casos el cargo real se convirtió en estrictamente hereditario. Todos tenían nobles con títulos que originalmente indicaban un rango militar. La dignidad de la caballería, las reglas de la heráldica, eran comunes a todos. Véase también: Derecho Parlamentario, Derecho Político, Mo.
Monarquía Constitucional: Una monarquía constitucional es una forma de gobierno monárquico establecido bajo un sistema constitucional que reconoce a un monarca elegido o hereditario como jefe de estado. Las monarquías constitucionales modernas suelen implementar el concepto de trias politica o "separación de poderes", donde el monarca es el jefe de la rama ejecutiva o simplemente tiene un papel ceremonial. Cuando un monarca tiene el poder absoluto, se le conoce como monarquía absoluta. El proceso del gobierno y la ley dentro de una monarquía absoluta puede ser muy diferente al de una monarquía constitucional.
En las democracias representativas que son monarquías constitucionales, como el Reino Unido, el monarca puede ser considerado como el jefe de Estado, pero el primer ministro, cuyo poder deriva directa o indirectamente de las elecciones, es el jefe de gobierno. Aunque las monarquías constitucionales actuales son en su mayoría democracias representativas (llamadas monarquías democráticas constitucionales), no siempre ha sido así históricamente. Ha habido monarquías que han coexistido con constituciones que eran fascistas (o cuasi fascistas), como fue el caso en Italia, Japón y España, o con dictaduras militares, como es el caso actualmente en Tailandia.
Véase también: Derecho Parlamentario, Derecho Político, Mo.
Monarquía Absoluta: Monarquía Absoluta en el Derecho Legislativo y Político Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México: Origen de la Expresión Literalmente el término monarquía quiere decir [...] Véase también: Derecho Parlamentario, Derecho Político, Mo.
Modificación Legislativa: Modificación a Leyes o Decretos en el Derecho Legislativo y Político Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México: (Nota: Véase asimismo, reforma de leyes o decretos, [...] Véase también: Derecho Parlamentario, Derecho Político, Mo.
Mociones: Mociones en el Derecho Legislativo y Político Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México: (Nota: Véase asimismo, en relación a este tema, la siguiente entrada en la [...] Véase también: Derecho Parlamentario, Derecho Político, Mo.
Moción Dilatoria: Moción Dilatoria en el Derecho Legislativo y Político Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México: Origen de la Expresión En términos generales, la palabra moción alude a [...] Véase también: Derecho Parlamentario, Derecho Político, Mo.
Moción de Orden: Moción de Orden en el Derecho Legislativo y Político Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México: (Nota: Véase asimismo, en relación a este tema, la siguiente entrada en [...] Véase también: Derecho Parlamentario, Derecho Político, Mo.
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