Personas Desplazadas
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Personas Desplazadas
Personas Desplazadas en Derecho Militar
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Contrariamente a la noción de refugiado, la de persona desplazada no ha sido estrictamente definida por el derecho internacional. Generalmente se aplica a las personas que, a causa de un conflicto armado, de disturbios interiores o de catástrofes naturales, huyen de su lugar de residencia habitual, pero que no salen de las fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) del Estado de residencia. La expresión se utiliza igualmente por lo que respecta a personas que efectivamente han cruzado las fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) del Estado de residencia, pero que no reúnen condición alguna para poder obtener el estatuto de refugiado. Observemos por último que, en el lenguaje corriente, a menudo se confunden la noción de persona desplazada y la de refugiado. Véase también: Retaguardia, Evacuación, Hambre, Movimiento de población.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Información sobre Personas Desplazadas procedente del Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados.
Bibliografía
- Información sobre Personas Desplazadas en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
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