Rescisión del Seguro

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Rescisión del Seguro en el Derecho del Seguro

Definición de Rescisión del Seguro del Diccionario de Términos de Seguros, Reaseguros y Financieros: Pérdida de vigencia de los efectos de una póliza en virtud de determinadas causas.

La rescisión del contrato de seguro obra exclusivamente sobre los efectos del mismo sin prejuzgar su validez originaria y puede ser ejercitada por el asegurador cuando concurren especiales circunstancias. Véase, p. ej., alteración del riesgo, falsa declaración, pago de primas, reticencia, etc.

En las condiciones generales de las pólizas suele estipularse la facultad del asegurador de rescindir el contrato después de la ocurrencia de un siniestro, notificándolo fehacientemente al asegurado y devolviéndole la parte de prima no consumida. Este mismo derecho y en iguales circunstancias puede ser ejercitado por el asegurado sin que en este caso pueda exigir, sin embargo, la devolución de prima. Véase también anulación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Nota: Consulte más información sobre Rescisión del Seguro (en inglés, sin traducción) en el Derecho anglosajón.

Recursos

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Véase También

  • Contrato de Seguro
  • Elementos del Contrato de Seguro
  • Derechos del Asegurador
  • Póliza de Seguro
  • Ley de Contrato de Seguro

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