▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Sesiones Informativas

▷ Lee Gratis Nuestras Revistas

Sesiones Informativas

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Sesiones Informativas en el Derecho Legislativo y Político

Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

Origen de la Expresión

De acuerdo con la Real Academia Española el término sesiones deriva del verbo sesión, palabra última que proviene del latín sessio-onis, la cual hace referencia al acto y efecto de sentarse, pero también puede referirse a la junta de un congreso o una corporación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Mientras que la expresión informativas es el plural de informativa, que a su vez deriva del verbo transitivo informar (informare), significando aquello que sirve para dar noticia de una cosa o que da forma a una cosa. Sesión se escribe en inglés y francés session, en alemán, Sitzung y en italiano, sessione, seduta. Mientras que la palabra informar se escribe en inglés report; en francés, information, compterendu; en alemán, Bericht, Nachricht, Guatachten y en italiano, informazione, rendiconto.

Desarrollo de Sesiones Informativas en este Contexto

El primer país que contempló las sesiones informativas, en particular del Poder Ejecutivo Federal, fue Estados Unidos de América en 1972. Posteriormente España, país con el cual tenemos estrecha relación en materia de figuras jurídicas, las contempló en el Estatuto de Bayona de 1808, así como la Constitución de Cádiz de 1812. Más adelante Francia (1860 a 1867).Entre las Líneas En el contexto del Derecho Parlamentario, las sesiones informativas son actos principalmente realizados por miembros del gobierno, mediante los cuales éstos enteran, a la institución representativa (Parlamento, Asamblea o Congreso), sobre asuntos generales de su competencia o en relación a materias específicas. La figura en comento tiene como características; primero, que se presentan a solicitud de la institución representativa (Parlamento, Congreso o Asamblea) o por iniciativa del mismo gobierno y segundo, se realizan con frecuencia (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Al respecto, es necesario precisar que las sesiones informativas son actos principalmente a cargo del gobierno, pero no de manera exclusiva, ya que se prevé, en diversos países, la posibilidad que concurran grupos de interés, peritos u otras personas, incluso extranjeros, ante las comisiones ordinarias de las cámaras, con el propósito de facilitar información. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Particularmente, en cuanto a las sesiones informativas del gobierno, la información que éste proporciona a la institución representativa es de forma directa, para lo cual existen dos vías: la primera, en exposición directa de algún miembro del gobierno y, la segunda, por medio de documentación referente a una actividad o materia determinada (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Asimismo, para ejercer un control parlamentario, lo más importante es la exposición directa, dentro de la cual podemos distinguir varias modalidades; por ejemplo, las comparecencias, las sesiones informativas, los informes del Jefe de Gobierno, los informes sobre el estado de la Nación, de tal forma existe una lista muy variada de presentaciones de informes del gobierno ante el Parlamento, Asamblea o Congreso.

Puntualización

Sin embargo, cada una de las anteriores tiene sus peculiaridades. Como simple aproximación, de lo que significa sesiones informativas, se hace notar que se presentan de forma periódica, son relativas a temas específicos y que en su desarrollo se pueden formular preguntas, en primer término, por quien haya solicitado la presentación de informes, para luego dar paso a la exposición del funcionario público y, por último, intervienen los parlamentarios (diputados o senadores) que deseen participar.

Más Detalles

Para los autores que simpatizan con la teoría clásica del control parlamentario, las sesiones informativas no tienen trascendencia alguna sobre la actividad del gobierno, ya que no existe una sanción sobre éste.

Puntualización

Sin embargo, para otros autores, los efectos del control no son exclusivamente inmediatos, sino que también pueden ser mediatos (abstencionismo electoral, fortalecimiento del gobierno, de la mayoría o de la oposición o, debilitamiento de los mismos). Por lo anterior, en el primer caso se consideran a las sesiones informativas simplemente como instrumentos de información, pero en el segundo caso como verdaderos actos de control parlamentario. Si bien no se puede afirmar con certeza la influencia de éstos, ya que operan de manera compleja pues en ellos intervienen varios sujetos: el gobierno, los grupos parlamentarios, los grupos de interés y los medios de comunicación como órganos de permanente vigilancia, no existe duda de la influencia de estos actos en la inspección, análisis, vigilancia, fiscalización, revisión, es decir, en el control de la actividad del gobierno por parte del órgano parlamentario.Entre las Líneas En el ámbito parlamentario de otros países, tanto en el sistema de gobierno parlamentario como en el presidencial se realizan sesiones informativas, pudiendo citarse, entre otros: España, Francia, Italia, Inglaterra, Alemania, Portugal, Estados Unidos, Chile, Colombia, Argentina, Perú y Paraguay.

Más sobre Sesiones Informativas

Sesiones Informativas en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=”parlamentarismo”]Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.

Sesiones Informativas en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=”parlamentarismo”]En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de sesiones informativas en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Véase También

Bibliografía

BERLêN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.

CAMPOSECO, Miguel çngel, Manual de temas legislativos, Miguel çngel Camposeco, México, 1984.

CARPIZO, Jorge, “Comentario al artículo 93”, en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada, Porrúa-UNAM, México, 1995, 7a. ed., t. II. “Decreto que modifica la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos”, en Diario Oficial de la.

Federación, 20 de julio de 1994.

——–, del 31 de diciembre de 1994.

Gran Enciclopedia del Mundo, Editorial Marín, España, 1970.

LîPEZ AGUILAR, Juan Fernando, La oposición parlamentaria y el orden constitucional, Centro de Estudios.

Constitucionales, Madrid, 1988.

PEDROZA DE LA LLAVE, Susana Thalía, El control del gobierno: función del “Poder Legislativo”, Instituto Nacional de.

Administración Pública, México.

——– y José Ma. Serna de la Garza, “Comentario al artículo 69”, en Constitución Política de los Estados Unidos.

▷ Lo último (en 2026)
▷ Si te gustó este texto o correo, considera compartirlo con tus amigos. Si te lo reenviaron por correo, considera suscribirte a nuestras publicaciones por email de Derecho empresarialEmprenderDineroMarketing digital y SEO, Ensayos, PolíticasEcologíaCarrerasLiderazgoInversiones y startups, Ciencias socialesDerecho globalHumanidades, Startups, y Sectores económicos, para recibir ediciones futuras.

Mexicanos. Comentada, Porrúa-UNAM, México, 1995, 7a. ed., t. I.

Real Academia Española, Diccionario de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1992, 21a. ed.

SANTAOLALLA LîPEZ, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Secretaría de Gobernación, México, marzo de 1995.

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Véase También

Bibli
ografía

BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.

CAMPOSECO, Miguel Ángel, Manual de temas legislativos, Miguel Ángel Camposeco, México, 1984.

CARPIZO, Jorge, “Comentario al artículo 93”, en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada, Porrúa-UNAM, México, 1995, 7a. ed., t. II. “Decreto que modifica la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos”, en Diario Oficial de la Federación, 20 de julio de 1994.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

, del 31 de diciembre de 1994.

Gran Enciclopedia del Mundo, Editorial Marín, España, 1970.

LÓPEZ AGUILAR, Juan Fernando, La oposición parlamentaria y el orden constitucional, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1988.

PEDROZA DE LA LLAVE, Susana Thalía, El control del gobierno: función del “Poder Legislativo”, Instituto Nacional de Administración Pública, México.

y José Ma. Serna de la Garza, “Comentario al artículo 69”, en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada, Porrúa-UNAM, México, 1995, 7a. ed., t. I.

Real Academia Española, Diccionario de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1992, 21a. ed.

SANTAOLALLA LÓPEZ, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Secretaría de Gobernación, México, marzo de 1995.

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Véase También

Bibliografía

BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.

CAMPOSECO, Miguel Ángel, Manual de temas legislativos, Miguel Ángel Camposeco, México, 1984.

📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras:

Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.

CARPIZO, Jorge, “Comentario al artículo 93”, en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada, Porrúa-UNAM, México, 1995, 7a. ed., t. II. “Decreto que modifica la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos”, en Diario Oficial de la Federación, 20 de julio de 1994.

, del 31 de diciembre de 1994.

Gran Enciclopedia del Mundo, Editorial Marín, España, 1970.

LÓPEZ AGUILAR, Juan Fernando, La oposición parlamentaria y el orden constitucional, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1988.

PEDROZA DE LA LLAVE, Susana Thalía, El control del gobierno: función del “Poder Legislativo”, Instituto Nacional de Administración Pública, México.

y José Ma. Serna de la Garza, “Comentario al artículo 69”, en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada, Porrúa-UNAM, México, 1995, 7a. ed., t. I.

Real Academia Española, Diccionario de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1992, 21a. ed.

SANTAOLALLA LÓPEZ, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Secretaría de Gobernación, México, marzo de 1995.

▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
▷ Lee Gratis Nuestras Publicaciones
,Si este contenido te interesa, considera recibir gratis nuestras publicaciones por email de Derecho empresarial, Emprender, Dinero, Políticas, Ecología, Carreras, Liderazgo, Ciencias sociales, Derecho global, Marketing digital y SEO, Inversiones y startups, Ensayos, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack.

Contenidos Relacionados:

Los de arriba son los elementos relacionados con este contenido de la presente plataforma digital de ciencias sociales.

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.
Index

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo