Sesión Pública
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Sesión Pública en el Derecho Legislativo y Político
Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
Del latín sessionem, acusativo de sessio (tema session), acción o efecto de sentarse (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Alemán, sitzung; francés, session; inglés, sessio; italiano, sessione; portugués, Sessâo. Del latín publicus, de poplicus, populus, pueblo, notorio, patente, manifiesto, de la comunidad del pueblo, de todos (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Alemán, öffentlich; francés, public; inglés, public; italiano, púbblica; portugués, pública.
Desarrollo de Sesión Pública en este Contexto
La reunión de trabajo de legisladores que se puede presenciar, sin limitante alguna, por cualquier persona interesada en ella, se ha denominado sesión pública. El único requisito a cubrir, es el de acatar las reglas de orden y seguridad establecidas en los ordenamientos internos, para la estancia en el recinto, en el cual se destina un área especial para los espectadores, llamado galería y en algunas ocasiones tribunas. Según el Reglamento del Congreso Mexicano las galerías deben abrirse antes de iniciarse cada sesión y no deberán cerrarse hasta que ésta se levante, a menos que medie el desorden (trastorno) o algún motivo justificado para deliberar sin presencia del público, según lo determina el artículo 205 de dicho ordenamiento. La publicidad de las sesiones que llevan a cabo los parlamentos, es consecuencia indefectible e inmediata de la representación popular que los mismos ostentan, y que se origina en un acto democrático realizado también públicamente y debatido en campañas teóricamente competitivas, abiertas y sinceras. Dado que la función básica de los parlamentos es la elaboración de la ley, y según la doctrina ésta es la expresión de la voluntad general, cuando los legisladores la discuten deben hacerlo de cara a los titulares de la soberanía.Entre las Líneas En consecuencia, la celebración pública de las sesiones parlamentarias se constituye en una prerrogativa de los ciudadanos que los parlamentos están obligados a respetar.
Más Detalles
El carácter público de los trabajos legislativos y parlamentarios tiende a impedir la celebración de acuerdos de trastienda y la adopción de decisiones derivadas de componendas, las cuales riñen con la democracia y que son más propias de las intrigas palaciegas de una monarquía tradicional. El desarrollo parlamentario de la democracia obliga a que el electorado, quien ha depositado en los legisladores la soberanía y por lo tanto el poder más elevado de decisión, tenga acceso a los debates de los temas nacionales que indudablemente habrán de influir en su quehacer ciudadano. Para la información y difusión de las sesiones en que no se traten asuntos de reserva, los congresos o parlamentos (España, México, Francia, Argentina y Venezuela, por ejemplo) cuentan con un órgano oficial encargado del registro y publicación de los debates públicos, en el que normalmente se anotan lugar y fecha de las discusiones, nombres de los miembros de la Mesa directiva, copia fiel de las actas, versión taquigráfica de las sesiones, inserción de documentos aludidos en las intervenciones; o sea, la historia singular de cada controversia y asunto.Entre las Líneas En Italia, Suiza y Estados Unidos, la publicidad de las sesiones es tan amplia, que los medios televisivos y radiofónicos transmiten directamente lo que acontece en el órgano legislativo durante los debates, si bien se requiere que el Presidente de la Cámara así lo haya acordado. Estas transmisiones pretenden contribuir a la formación cívica, a la información oportuna, inmediata y objetiva y a la orientación de la opinión pública sin ninguna intermediación que pueda distorsionar los acontecimientos. La tendencia actual es dar a las sesiones legislativas una difusión moderna, que acerque a los parlamentos a los ámbitos reales de la comunidad y los convierta, al igual que a los gobernantes y jueces, en parte de la vida diaria, en órganos vivos que interactúan con los ciudadanos comunes y corrientes y que hablan un lenguaje entendible para todos los individuos de todos los sectores. Esto se ve favorecido, según las experiencias europea y norteamericana, por los avances tecnológicos en materia de comunicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En la actualidad, no podemos reducir el carácter público de un acto parlamentario a la sola presencia física de espectadores diversos, pues la demanda social de información se tiene que satisfacer por los medios de comunicación modernos incluidos la prensa, radio, televisión y los más recientes métodos computarizados y electrónicos.
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Visualización Jerárquica de Sesión pública
Vida Política > Trabajos parlamentarios > Procedimiento parlamentario
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Sesión pública
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Sesión pública
Véase la definición de Sesión pública en el diccionario.
Características de Sesión pública
[rtbs name=”vida-politica”]Recursos
Traducción de Sesión pública
Inglés: Public hearing
Francés: Audition publique
Alemán: öffentliche Anhörung
Italiano: Audizione pubblica
Portugués: Audição pública
Polaco: Przesłuchanie w komisjach
Tesauro de Sesión pública
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Vida Política > Vida política y seguridad pública > Política > Grupo de interés > Sesión pública
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Véase También
- Audición pública
- Consulta extraparlamentaria
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1995, 3a. reimp.
MANZELLA, J. de Andrea, El Parlamento, Instituto de Investigaciones Legislativas, Traducción del propio I.I.L., México, 1987.
OCHOA CAMPOS, Moisés et al., Derecho Legislativo Mexicano, cfr. Ignacio González Rebolledo, “Las sesiones”, en XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, México, 1973.
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TOSI, Silvano, Derecho Parlamentario, Instituto de Investigaciones Legislativas, Cámara de Diputados, LVI Legislatura, México, 1996.
Recursos
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Bibliografía
BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1995, 3a. reimp.
MANZELLA, J. de Andrea, El Parlamento, Instituto de Investigaciones Legislativas, Traducción del propio I.I.L., México, 1987.
OCHOA CAMPOS, Moisés et al., Derecho Legislativo Mexicano, cfr. Ignacio González Rebolledo, “Las sesiones”, en XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, México, 1973.
SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Universidad (eu), Madrid, 1990.
TOSI, Silvano, Derecho Parlamentario, Instituto de Investigaciones Legislativas, Cámara de Diputados, LVI Legislatura, México, 1996.
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