Tarifas en el Transporte Aéreo
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Se ha definido la tarifa, en general, como la lista o catálogo de precios, derechos o impuestos que deben satisfacerse en pago de alguna cosa o trabajo.
Tarifas en el Transporte Aéreo en México
Las reglas aplicables, en México, a las tarifas en la prestación de un servicio público de transporte aéreo, se encuentran en los artículos 42 y 43 de la Ley de Aviación, donde se fijan los siguientes principios aplicables:
- Con el objeto de mantener los servicios en condiciones satisfactorias de competitividad, calidad, seguridad y permanencia, los concesionarios tienen absoluta libertad de fijar las tarifas en los servicios nacionales.
- Las tarifas internacionales serán aprobadas por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, basándose en lo establecido por los Tratados Internacionales que se suscriban en la materia.
- Las tarifas deben registrarse ante esta Secretaria y deberán estar a disposición de los usuarios de modo permanente, especificando clara y explícitamente cuales son las restricciones a las que se encuentran sujetas haciéndolas del conocimiento del usuario a la contratación del servicio.
- En los casos de controversia entre los concesionarios con relación a la no existencia de competencia en las tarifas, la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, apoyada en la Comisión Federal de Competencia, establecerá las bases para la regulación de las tarifas, mismas que permanecerán mientras subsistan las condiciones que la motivaron.
- La opinión de la Comisión Federal de Competencia sobre la aplicación y subsistencia de estas condiciones, podrá ser solicitada por los concesionarios y permisionarios.
Tarifas y Contratación
Las tarifas se aplican, dice la Ley de Aviación Civil, durante la contratación de alguno de los servicios establecidos para la aviación civil.
En los artículos 48 al 58, capítulo XI, de la Ley de Aviación Civil, se establecen las reglas que deben regir los contratos de transporte aéreo, destacando las siguientes:
- Los contratos de servicio de transporte aéreo, se refieren a pasajeros, carga o correo.
- Los contratos con los pasajeros, son el acuerdo entre el concesionario y el pasajero, en el cual el primero se obliga a trasladar al segundo, de un punto de origen a uno de destino a cambio del pago del precio del servicio.
- En los casos que no se cumpla la obligación por causa imputable al concesionario y que resulte en la denegación del embarque (por ejemplo, en los supuestos de sobreventa de boletos o cancelación del vuelo) el concesionario esta obligado, previa elección del pasajero a: Reintegrarle el precio del boleto o la que corresponda a la parte del viaje no realizada; Ofrecerle con todos los medios a su alcance transporte sustito al punto de destino, teniendo que pagar el concesionario, la comunicación telefónica o cablegráfica, alimentos dependiendo del tiempo de espera entre un vuelo y otro, y los gastos de hotel y transporte entre este y el aeropuerto en los casos que sea necesaria la pernocta; o transportar al pasajero en fecha posterior que le convenga, al destino en que le fue denegado el servicio.Entre las Líneas En el primer y tercer caso, además, se debe indemnizar al pasajero con, al menos, el 25 % del valor del boleto o del valor de la parte no realizada.
- Los contratos de carga, son el acuerdo entre el concesionario y el embarcador, mediante el que a cambio de un pago, el primero se obliga a trasladar las mercancías del segundo, de un punto de destino a uno de origen.
- Los contratos de transporte de correo, son aquellos en los que el concesionario, se compromete ante el organismo público que preste el servicio de correo, a trasladar correspondencia de un punto de origen a uno de destino, mediante el pago de la tarifa acordada.
Los gastos que se originan de la contratación de los terceros para prestar el servicio público de transporte aéreo están incluidos en la tarifa.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
En todos los casos, los concesionarios o permisionarios serán responsables de los actos u omisiones en que incurran terceros que hayan sido contratados por ellos.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Organización Internacional del Transporte Aéreo
- Asociación del Transporte Aéreo Internacional
- Contrato de Transporte Aéreo
- Tarifas Publicas
- Tarifas
- Tarifas Compensadoras
- Guerra de Tarifas
- Comisión de Transporte
- Transporte Multimodal Internacional
- Tarifas Preferenciales
- Operador de Transporte Multimodal
- Dominio Aéreo
- Documento de Transporte Multimodal
- Sistema de Información de Transporte
- Tránsito Aéreo
- Contrato de Transporte
- Derecho Aereo
- Embalaje de Transporte
- Agente de Transporte Aduanero
- Espacio Aereo
- Transporte Multimodal
Bibliografía
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