Abogado Laboralista Portuario
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] El sector portuario y marítimo, en general, comprende materias jurídicas jurídicas, incluyendo procedimientos tales como abanderamiento y baja de buques y barcos, procedimientos de autorización de líneas regulares, concesiones administrativas, procedimientos administrativos para la ocupación del dominio público portuario y prestación de servicios portuarios básicos, expedientes administrativos sancionadores en materia de seguridad y contaminación marítima, actuaciones en expedientes de control del estado del puerto, liberación de buques detenidos y prestación de garantías, y todo tipo de tramitaciones de derecho público gubernamental, como es el caso, en España, de los trámites ante las Capitanías Marítimas y la Dirección General de la Marina Mercante.
El Derecho Portuario es una disciplina que combina elementos pertenecientes a distintas áreas prácticas del Derecho, entre las que se incluye el Derecho Marítimo, el Transporte, el Derecho Internacional del Mar, el Derecho Administrativo, el Derecho Tributario, el Derecho Laboral, el Derecho Medioambiental y el Derecho Civil.
Derecho laboral portuario
El contenido de esta sección se distribuye en los siguientes temas:
- Características del trabajador portuario
- Trabajador portuario: su definición
- Tipos de trabajadores portuarios
- Trabajadores portuarios eventuales
- Ley 27866 ley trabajo portuario, de Perú, que con fecha 16 de noviembre de 2002 se publicó; sufrió una modificación del artículo 17 por una ley de noviembre de 2016
- Riesgos de un trabajador portuario
- Tipos de trabajadores portuarios
- Contrato de trabajo portuario eventual
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Especialmente importantes son los siguientes temas:
Por favor, si usted es tan amable, me podría explicar en que consiste realmente el stand-by en la seccion de máquinas, con máquina desatendida con alarmas por parte de los oficiales de máquinas españoles?.Y tambien si es legal según el boe , que si un jefe de máquinas está a guardias de 24h con el primero de máquinas, dia sí día no, qué período de descanso marca la marina mercante española?.Tambien necesitaría una explicación entre la diferencia existente entre personal de guardia con máquina desatendida y personal en Stand-by con máquina desatendida. Muchas gracias y esperando sus respuestas.