Autoempleo
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Noción de Autoempleo
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de autoempleo, la siguiente definición: Empleo independiente o por cuenta propia, sea individual sea a través de sociedades formadas exclusiva o mayoritariamente por trabajadores (cooperativas de trabajadores, sociedades laborales). El término ha aparecido recientemente, en la literatura sobre la política de empleo. Para fomentar estas formas de empleo, la legislación española proporciona el pago en una sola vez de las prestaciones de desempleo (capitalización) y concede ayudas a las empresas formadas por trabajadores, sobre todo a las que se constituyen con los fondos obtenidos de indemnizaciones o pagos garantizados por el Fondo de Garantía Salarial.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Notas y Referencias
- Concepto sobre autoempleo originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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