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Cannabinoides Sintéticos
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y su Regulación Legal en Estados Unidos
Los cannabinoides sintéticos son sustancias producidas químicamente (y, por tanto, un tipo de Drogas Sintéticas) para imitar al tetrahidrocannabinol (THC), el ingrediente activo de la marihuana. Cuando estas sustancias se rocían sobre hierbas secas y luego se consumen al fumar o al ingerirlas por vía oral, pueden producir efectos psicoactivos similares a los de la marihuana. Los cannabinoides sintéticos se produjeron por primera vez con fines de investigación para estudiar los efectos de los cannabinoides en el funcionamiento del cerebro y su eficacia en el tratamiento del dolor.
La DEA ha indicado que los principales usuarios de estas sustancias sintéticas son los jóvenes que las compran en línea o en gasolineras, tiendas de conveniencia, fumadores y tiendas de artículos para el hogar.21 Las sustancias se venden a menudo como incienso a base de hierbas, y las marcas comunes bajo las cuales se comercializan los cannabinoides sintéticos son “Spice” y “K2”. Otros nombres incluyen “Blaze”, “Red X Dawn”, “Genie” y “Zohai”, entre otros.
Al profesor de la Universidad de Clemson, John Huffman, se le atribuye la primera síntesis de algunos de los cannabinoides, como el JWH-018, que ahora se utilizan en sustancias de “maceta falsa” como el K2. Los efectos de JWH-018 pueden ser 10 veces más fuertes que los del THC. El Dr. Huffman dice: “Estas cosas son peligrosas, todos los que las usan están jugando a la ruleta rusa. Tienen profundos efectos psicológicos. Aunque los cannabinoides sintéticos pueden utilizarse con la intención de obtener un efecto similar al de la marihuana, sus efectos reales aún no se conocen. Algunos efectos reportados de los cannabinoides sintéticos, como la relajación y la reducción de la presión arterial, son consistentes con los efectos de la marihuana. Otros efectos reportados, tales como náuseas, aumento de la agitación, presión arterial elevada y ritmo cardiaco acelerado, no lo son. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) han notado vínculos epidemiológicos entre el uso de cannabinoides sintéticos y la lesión renal aguda.Entre las Líneas En por lo menos un caso, el uso de cannabinoides sintéticos ha sido culpado por una fatalidad cuando un adolescente de Iowa se suicidó, según se ha informado, después de un ataque de pánico inducido por el K2.Entre las Líneas En el verano de 2014, el Departamento de Salud de la Ciudad de Nueva York (NYC) emitió una advertencia al público sobre los peligros del uso de cannabinoides sintéticos después de que 15 personas experimentaron “reacciones adversas graves tras la presunta ingestión de cannabinoides sintéticos” durante un período de tres días.Entre las Líneas En 2015, después de un “aumento de diez veces en las emergencias médicas por marihuana sintética” en el estado de Nueva York (NYS) en el verano de 2015 en comparación con el verano de 2014, el Gobernador Cuomo anunció la aprobación de regulaciones de emergencia del Departamento de Salud del NYS para combatir la venta de estas drogas-estas regulaciones de emergencia incluyeron la adición de dos clases de compuestos químicos a la lista de sustancias prohibidas.
Según la Asociación Americana de Centros de Control de Envenenamientos (AAPCC), los centros de control de envenenamientos de todo el país recibieron 7,779 llamadas sobre sustancias cannabinoides sintéticas en 2015, más del doble de las recibidas en 2014. Estas llamadas disminuyeron de 2011 a 2013, pero han vuelto a aumentar en los últimos dos años. No está claro si la disminución puede vincularse a diversas medidas estatales, a medidas federales de programación temporal y a la promulgación de la Ley de Prevención del Uso Indebido de Drogas Sintéticas de 2012, que, entre otras cosas, añadió ciertos cannabinoides sintéticos a la Lista I de la CSA.
Como ya se ha mencionado, los jóvenes son los principales usuarios de estas sustancias. La encuesta de Monitoreo del Futuro (MTF) informó por primera vez sobre el aumento del uso de cannabinoides sintéticos en su encuesta de 2011. MTF preguntó a los alumnos de 12º grado sobre el uso en los 12 meses anteriores, y el 11.4% indicó el uso durante este período de tiempo.Entre las Líneas En 2015, esta tasa de prevalencia se ha reducido al 5,2%.Entre las Líneas En 2012, MTF preguntó a los alumnos de 8º y 10º grado sobre el uso de cannabinoides sintéticos y sus tasas fueron de 4,4% y 8,8%, respectivamente.Entre las Líneas En 2015, estas tasas bajaron al 3% y 4%.
El 1 de marzo de 2011, la DEA utilizó su autoridad temporal de inclusión en las listas y emitió una norma final para incluir cinco cannabinoides sintéticos en la lista de sustancias controladas de la Lista I de la CSA. De conformidad con la autoridad temporal de inclusión en las listas, estas sustancias permanecieron en la lista de sustancias controladas de la Lista I durante un año y el 29 de febrero de 2012 se les concedió a cada una una de ellas una prórroga temporal de seis meses.
En junio de 2012, el Congreso aprobó una ley para programar permanentemente estos cinco cannabinoides sintéticos (y otras sustancias sintéticas). La Ley de Prevención del Abuso de Drogas Sintéticas de 2012 – Subtítulo D del Título XI de la Ley de Seguridad e Innovación de la Administración de Alimentos y Medicamentos (P.L. 112-144, firmada por el Presidente el 9 de julio de 2012)- agregó permanentemente “agentes cannabimimiméticos” a la Lista I de la CSA (examine más sobre todos estos aspectos en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Bajo este acto, un agente cannabimimético se define como una de las cinco clases estructurales de cannabinoides sintéticos (y sus análogos). La ley también proporcionó 15 ejemplos de sustancias canabimimiméticas, incluidas las 5 sustancias que la DEA había programado temporalmente en marzo de 2011.
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Desde la promulgación de la Ley de Prevención del Uso Indebido de Drogas Sintéticas de 2012, la DEA ha incluido temporalmente 10 cannabinoides sintéticos adicionales en la Lista I. Véase Departamento de Justicia de EE.UU., Drug Enforcement Administration (DEA), “Schedules of Controlled Substances: Temporary Placement of Three Synthetic Cannabinoids Into Schedule I,” 78 Federal Register 28735-28739, May 16, 2013; DEA, “Schedules of Controlled Substances: Temporary Placement of Four Synthetic Cannabinoids Into Schedule I,” 79 Federal Register 7577-7582, February 10, 2014; y DEA, “Schedules of Controlled Substances: Temporary Placement of Three Synthetic Cannabinoids into Schedule I,” 80 Federal Register 5042-5047. Cabe destacar que en septiembre de 2015, la DEA emitió un aviso de intención de incluir temporalmente el cannabinoide sintético N-(1-amino-3,3-dimetil-1-oxobutan-2-il)-1-(ciclohexilmetil)-1-(ciclohexilmetil)-1 H-indazol-3-carboxamida (nombres comunes, MAB-CHMINACA y ADB-CHMINACA) en la Lista I. Véase DEA, “Schedules of Controlled Substances: Colocación Temporal del Cannabinoide Sintético MAB-CHMINACA en el Anexo I,” 80 Federal Register 55565-55568.
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De conformidad con la autoridad temporal para la inclusión en las listas, ampliada en virtud de la Ley de Prevención del Uso Indebido de Drogas Sintéticas de 2012 (Ley de Prevención del Uso Indebido de Drogas Sintéticas de 2012 (Ley de Prevención de Uso Indebido de 2012 (P.L. 112-144), estas sustancias permanecerán en la lista de sustancias controladas de la Lista I por un período de dos años.
Por lo menos 50 estados y Puerto Rico han prohibido legislativamente las sustancias químicas contenidas en los cannabinoides sintéticos.34 Las fuerzas armadas de los Estados Unidos también han prohibido que el personal posea o utilice estas sustancias.
Revisor: Lawrence, poco.
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Los efectos nocivos comunicados de las sustancias sintéticas van desde las náuseas hasta la psicosis inducida por las drogas. Debido a la naturaleza impredecible de las drogas sintéticas y del consumo humano de estas drogas, se desconocen los verdaderos efectos de muchas de ellas. Muchos estados han respondido al abuso de drogas sintéticas aprobando leyes que prohíben ciertos cannabinoides y estimulantes sintéticos. En 2011, el Procurador General de Estados Unidos -a través de la Administración de Control de Drogas (DEA)- utilizó su autoridad temporal de programación para incluir cinco cannabinoides sintéticos y tres estimulantes sintéticos en la Lista I de la Ley de Sustancias Controladas (CSA, por sus siglas en inglés). La preocupación por el aumento comunicado en el uso de ciertos cannabinoides y estimulantes sintéticos dio lugar a la adopción de medidas legislativas para incluir en la lista determinadas sustancias. La Ley de Prevención del Abuso de Drogas Sintéticas de 2012-Subtítulo D del Título XI de la Ley de Seguridad e Innovación de la Administración de Alimentos y Drogas (P.L. 112-144)-añadió cinco clases estructurales de sustancias en los cannabinoides sintéticos (y sus análogos), así como 11 estimulantes sintéticos y alucinógenos a la Lista I de la CSA. Además, la ley amplió la autoridad de la DEA para catalogar temporalmente sustancias. En abril de 2013, el entonces Procurador General Holder -a través de la DEA y en consulta con el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS)- tomó medidas administrativas para incluir permanentemente la metilona en el Anexo I de la CSA. Desde entonces, se han llevado a cabo una serie de acciones administrativas de programación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Al considerar la colocación permanente de sustancias sintéticas en la Lista I de la CSA, hay varios temas sobre los cuales los legisladores de otros países pueden deliberar. Los responsables de la formulación de políticas pueden considerar las implicaciones para el sistema de justicia penal federal de la inclusión de ciertas sustancias sintéticas en las listas. Otra cuestión es si el Congreso debe programar ciertas sustancias sintéticas o si estas sustancias merecen ser programadas por el Procurador General (en consulta con el Secretario del HHS) sobre la base de las calificaciones especificadas en la CSA. El Congreso de Estados Unidos y otrostambién puede considerar si la inclusión de drogas sintéticas adicionales en alguna lista, como la Lista I puede obstaculizar la investigación médica futura. Además, los encargados de la formulación de políticas pueden considerar si es más eficiente incluir esas drogas en la Lista I de la CSA o tratarlas como sustancias sometidas a fiscalización análoga en virtud de la Ley de aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) sobre sustancias sometidas a fiscalización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Al considerar los retos de aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) identificados por la DEA, los legisladores pueden considerar la posibilidad de enmendar la CSA para facilitar la acción de aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) contra el mercado de drogas sintéticas ilícitas. Véase también: Abuso de Drogas, Políticas de Salud, Salud Pública.
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