Comando
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Comando
Comando en Derecho Militar
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El término se utiliza para designar operaciones de índole especial, efectuadas en territorio controlado por el enemigo y denominadas precisamente operaciones de comando. Forma lícita de combate, se concretiza en operaciones previstas ahora por la doctrina militar de los principales países, que organizan equipan e instruyen especialmente a formaciones de sus propias fuerzas armadas destinadas a operar según procedimientos particulares. Las operaciones de comando consisten en ataques lanzados contra objetivos militares, normalmente situados en profundidad, tanto en la zona de batalla como en otras zonas, con el objetivo de destruirlos con gran precisión, a fin de paralizar los puntos vitales para el adversario en la conducción de la guerra.
Pormenores
Las acciones de comando pueden, asimismo, estar destinadas a dar muerte o a capturar a militares enemigos, en particular jefes militares de alta o suprema graduación, o a dirigentes civiles de la guerra, a liberar a personas amigas o a ayudar a pequeñas unidades amigas cercadas por el enemigo. Las formaciones de comando parten, en general, de bases situadas fuera de las líneas enemigas, bases a las que regresan, si no son aniquiladas o capturadas; pueden alcanzar el objetivo por infiltración, desembarque de transportes aéreos o marítimos, etc. Por lo que atañe a los medios y métodos de combate que han de emplear, aunque sean inusitados o poco caballerosos deben avenirse con el derecho de los conflictos armados. A pesar de su carácter temerario, perjudicial y en los límites de lo lícito, las operaciones de comando pueden, en sus diferentes aspectos, estar dentro de los procedimientos no proscritos por el derecho internacional. La característica de las formaciones de comando -que puede garantizar la seguridad de sus miembros- es que éstos, a pesar de realizar acciones de alto riego, no están necesariamente condenados a una muerte segura. Si no tienen la posibilidad de replegarse o de encontrar un refugio adecuado, no tienen que sacrificar inútilmente su vida: pueden rendirse como cualquier otro combatiente, aunque su campo de batalla sea atípico. Una protección importante para los miembros de las formaciones de comando radica en el porte del uniforme, que debe ser el de las fuerzas armadas a las que pertenecen, que este tipo de tropas lleva de manera notoria.
Aviso
No obstante, no debe ser un uniforme de fantasía o improvisado: así pues, al diseñarlo, puede recurrirse a una estratagema para engañar la vigilancia del enemigo, pero no a la perfidia para traicionar su confianza. Por ejemplo, no se utilizará el uniforme del enemigo; por otra parte, además de los riesgos que implica, tampoco es lícita la práctica del doble vestido (uniforme y ropa de civil).
Una Conclusión
En definitiva, la presencia de los militares “regulares” en el territorio controlado por el enemigo, sea cual fuere la misión que debe cumplirse o que se haya cumplido, constituye una presencia ofensiva que exige el porte del uniforme desde el comienzo de dicha misión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Cabe repetir que los miembros de las tropas de comando son combatientes regulares y deben comportarse como tales durante su acción en territorio controlado por el enemigo; ellos aprovechan plenamente el factor sorpresa pero, a la vez, se ajustan a las normas del derecho de los conflictos armados.
Pormenores
Las acciones típicas de las tropas de comando pueden también ser emprendidas por miembros de movimientos de resistencia o de civiles participantes en levantamientos en masa, con tal de que, tanto unos como otros, respondan a las exigencias del derecho internacional -a fin de beneficiarse del estatuto de combatiente- y de que actúen contra objetivos lícitos utilizando medios y métodos que no estén prohibidos. Véase también: Distinción entre combatientes y población civil, Incursión, Sabotaje.A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Descripción de Comando
Significado y examen de comando en relación con los conflictos armados: El término se utiliza para designar operaciones de índole especial, efectuadas en territorio controlado por el enemigo y denominadas precisamente operaciones de comando. Forma lícita de combate, se concretiza en operaciones previstas ahora por la doctrina militar de los principales países, que organizan equipan e instruyen especialmente a formaciones de sus propias fuerzas armadas destinadas a operar según procedimientos particulares.
Las operaciones de comando consisten en ataques lanzados contra objetivos militares, normalmente situados en profundidad, tanto en la zona de batalla como en otras zonas, con el objetivo de destruirlos con gran precisión, a fin de paralizar los puntos vitales para el adversario en la conducción de la guerra.
Desarrollo de Comando
Las acciones de comando pueden, asimismo, estar destinadas a dar muerte o a capturar a militares enemigos, en particular jefes militares de alta o suprema graduación, o a dirigentes civiles de la guerra, a liberar a personas amigas o a ayudar a pequeñas unidades amigas cercadas por el enemigo.
Las formaciones de comando parten, en general, de bases situadas fuera de las líneas enemigas, bases a las que regresan, si no son aniquiladas o capturadas; pueden alcanzar el objetivo por infiltración, desembarque de transportes aéreos o marítimos, etc. Por lo que atañe a los medios y métodos de combate que han de emplear, aunque sean inusitados o poco caballerosos deben avenirse con el derecho de los conflictos armados (véase).
Detalles
A pesar de su carácter temerario, perjudicial y en los límites de lo lícito, las operaciones de comando pueden, en sus diferentes aspectos, estar dentro de los procedimientos no proscritos por el derecho internacional. La característica de las formaciones de comando -que puede garantizar la seguridad de sus miembros- es que éstos, a pesar de realizar acciones de alto riego, no están necesariamente condenados a una muerte segura.
Si no tienen la posibilidad de replegarse o de encontrar un refugio adecuado, no tienen que sacrificar inútilmente su vida: pueden rendirse como cualquier otro combatiente, aunque su campo de batalla sea atípico.
Una protección importante para los miembros de las formaciones de comando radica en el porte del uniforme, que debe ser el de las fuerzas armadas a las que pertenecen, que este tipo de tropas lleva de manera notoria.
Aviso
No obstante, no debe ser un uniforme de fantasía o improvisado: así pues, al diseñarlo, puede recu- rrirse a una estratagema para engañar la vigilancia del enemigo, pero no a la perfidia para traicionar su confianza. Por ejemplo, no se utilizará el uniforme del enemigo; por otra parte, además de los riesgos que implica, tampoco es lícita la práctica del doble vestido (uniforme y ropa de civil).
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Una Conclusión
En definitiva, la presencia de los militares “regulares” en el territorio controlado por el enemigo, sea cual fuere la misión que debe cumplirse o que se haya cumplido, constituye una presencia ofensiva que exige el porte del uniforme desde el comienzo de dicha misión.
Más
Cabe repetir que los miembros de las tropas de comando son combatientes regulares y deben comportarse como tales durante su acción en territorio controlado por el enemigo; ellos aprovechan plenamente el factor sorpresa pero, a la vez, se ajustan a las normas del derecho de los conflictos armados (véase).
Las acciones típicas de las tropas de comando pueden también ser emprendidas por miembros de movimientos de resistencia o de civile
s participantes en levantamientos en masa, con tal de que, tanto unos como otros, respondan a las exigencias del derecho internacional -a fin de beneficiarse del estatuto de combatiente-y de que actúen contra objetivos lícitos utilizando medios y métodos que no estén prohibidos.
V. también: Distinción entre combatientes y población civil, Incursión, Sabotaje.[1]
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- Basado en la voz “Comando” del “Dizionario di diritto internazionale dei conflitti armati” de Verri Pietro (Edizioni speciali della “Rassegna dell’Arma dei Carabinieri”, Roma, 1984), queda prohibida su utilización con fines comerciales
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- Información sobre Comando procedente del Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados.
Bibliografía
- Información sobre Comando en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
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