CRD4 (Capital Requirements Directive)
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Introducción
La trasposición de los nuevos requerimientos de capital y liquidez de Basilea III ha fue aprobada en el año 2013 mediante la directiva conocida como CRD IV (Capital Requirements Directive). Esta directiva y su reglamento constituyen el principal elemento de armonización, al reducir la discrecionalidad de los reguladores nacionales en la aplicación de las normas. Incluyen también una limitación a los bonus de los directivos y avances en materia de gobierno corporativo y transparencia. Su adopción formal tuvo lugar en junio.
Capital y Liquidez
CRD4 es una directiva propuesta por la Comisión Europea que contiene las normas sobre el capital y la liquidez de las entidades de crédito elaboradas y acordadas a nivel internacional (Basilea III) y armoniza otras disposiciones de la legislación vigente, con el objeto de hacer más estrictos los requisitos de capital y mejorar la gobernanza empresarial de los bancos y empresas de inversión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los principales cambios que implica son:
- Mayores reservas de capital y de mayor calidad.
- Garantía de liquidez suficiente a corto y largo plazo (véase más en esta plataforma general) en la gestión de flujos de tesorería.
- Observación de límites de apalancamiento en la compra de activos.
- Mejora de la gobernanza empresarial.
- Establecimiento de sanciones para aquellas entidades que no cumplan las normas.
Está formada por una regulación de aplicación directa en los estados miembros y una directiva que ha de aplicar a través de leyes nacionales en cada uno de los países.
A modo de ejemplo, el 27 de febrero de 2013, la Eurocámara y los Gobiernos de la UE – con la oposición del Reino Unido- acordaron limitar las primas en el sector bancario. Se trata de un acuerdo político que ha de ser aprobado por las legislaciones nacionales antes del 1 de enero de 2014.
En este acuerdo se limitan las primas de los banqueros y se establecer unas premisas para aumentar la estabilidad del sector bancario europeo, con unas reservas de capital más elevadas y medidas de transparencia como la información sobre impuestos y subsidios, beneficios, facturación y número de empleados desglosados por países (con período transitorio hasta el 2015).
En cuanto a las limitaciones de las primas (bonus cap), se acordó que la parte variable de sus remuneraciones –y teóricamente ligada al logro de objetivos-, no pudiera superar el salario fijo anual.
Regulación Financiera europea
Desde 2009 hasta finales del 2013 las autoridades europeas han lanzado casi 40 iniciativas para reformar la regulación del sistema financiero.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
En relación a esta cuestión, tengase en cuenta las entradas aquí relacionadas:
- Reglamentación de los Servicios Financieros
- COREP
- FINREP
- Sistema Europeo de Supervisores Financieros
- EMIR
- CRD IV
- Comité Europeo de Reguladores de Valores (CERV)
- Comité de Supervisores Bancarios Europeos (CESB)
- Comité Europeo de Supervisores de Seguros y Fondos de Pensiones (CESPJ)
Regulación Financiera de Estados Unidos
Entre otros:
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- Corporación Federal de Seguro de Depósitos (FDIC)
Regulación Financiera internacional
- Comité de Supervisión de Basilea
- Organización Internacional de Comisiones de Valores
- Superintendencia Financiera
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