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Doctrina del Fruto del Árbol Envenenado

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Doctrina del Fruto del Árbol Envenenado

Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.

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Doctrina del Fruto del Árbol Envenenado en Alemania

El fruto del árbol envenenado es una metáfora utilizada por el juez Felix Frankfurter para justificar una decisión histórica del Tribunal Supremo de Estados Unidos en 1939. Esta decisión estableció una prohibición ampliada del uso de pruebas obtenidas ilegalmente en la legislación estadounidense. Desde entonces, Fruits of the Poisoned Tree ha designado una norma de derecho común para los procesos penales, cuyo concepto jurídico se aplica también en Alemania en cuatro casos concretos. Tuvo influencia en otros países, como España y Alemania.

Según la imagen lingüística, los órganos de investigación penal pueden sospechar de una fuente de pruebas cuando existe la sospecha (árbol), lo que puede conducir al esclarecimiento del caso y a la obtención de pruebas que puedan utilizarse en los tribunales (fruto). Sin embargo, si acceden a ellas sin respetar los criterios del Estado de Derecho, hacen que estas pruebas sean inservibles, envenenando así el árbol. Una vez asegurada, esta prueba defectuosa no puede utilizarse para eludir los preceptos ya violados e identificar otras pruebas, porque estas nuevas pruebas también están defectuosas y no son utilizables en los tribunales. No son comestibles para un estado constitucional como frutos del árbol envenenado.

Situación jurídica en Alemania

Comparación de sistemas

En Alemania también se habla de los frutos del árbol envenenado bajo las palabras clave efecto remoto o prohibición ampliada de la utilización de pruebas. Mientras que el procedimiento penal alemán se concibe sin partes y como una investigación exclusivamente objetiva de la verdad por parte del Estado (ex parte), en la que la defensa tiene derechos obligatorios de participación, el procedimiento penal en los EE.UU. como proceso de partes está sujeto a la libre y consensuada disposición de los participantes y se apoya en el llamado concepto procesal de la verdad: Lo que se considera verdadero no es lo que ha sucedido objetivamente, sino lo que se ha probado, pero además también lo que hay de acuerdo entre las partes. [8] Esta diferencia se debe, entre otras cosas, al hecho de que el sistema jurídico alemán clasifica todo el derecho penal como una subárea del derecho público y lo expone además a los requisitos constitucionales asociados, mientras que el derecho estadounidense simplemente reconoce los procedimientos penales y civiles como procedimientos formados tradicionalmente (inter partes). Por lo tanto, en el derecho alemán se ha desarrollado un sistema más polifacético de comprensión de las funciones de las partes en el proceso, con el que se corresponde la doctrina de la prueba.

El marco del derecho penal alemán es el monopolio del uso de la fuerza, que considera al Estado como agente. Como derivación del monopolio del uso de la fuerza, el cumplimiento de la pretensión de castigo del Estado es, por tanto, una tarea tan pública como la protección del acusado. Un derecho penal con un enfoque tan holístico no puede aplicarse en un procedimiento dominado por las partes, en el que el objeto del juicio es dispositivo. Por lo tanto, es más fácil para las partes del procedimiento ampliar el alcance de la investigación que limitarlo. Sin embargo, este material no es decisivo en toda su amplitud; sólo puede tenerse en cuenta en el marco de la infracción legal y de las normas de condena (véase también la prohibición de la analogía). En el caso de las prohibiciones de pruebas, esto significa que sólo son admisibles de forma especializada. Véase también la información sobre prohibición de pruebas.

▷ En este Día de 8 Mayo (1846): Primera Derrota Mexicana frente a Estados Unidos
Tal día como hoy de 1846, las tropas estadounidenses al mando de Zachary Taylor derrotan a una fuerza mexicana al mando del general Mariano Arista en la batalla de Palo Alto, el primer enfrentamiento de la guerra mexicano-estadounidense (1846-48; véase su origen). Diez años antes tuvo lugar la batalla de San Jacinto, durante la guerra de la Independencia texana frente a México, cerca del lugar donde hoy en día se encuentra la ciudad de Houston (Texas). (Imagen de Wikimedia)

En Alemania se distinguen las siguientes prohibiciones de pruebas bajo diferentes aspectos, aunque estos grupos no se excluyen mutuamente:

Prohibiciones de obtención de pruebas (ya está prohibida su obtención).
Prohibiciones de pruebas – el tema es irrelevante para el proceso penal o no puede ser investigado por razones constitucionales, por lo que una violación siempre conduce a una prohibición de uso de pruebas
Prohibición de pruebas: uno de los cuatro medios de prueba (documento, testigo, peritaje, inspección) no puede utilizarse, los demás son admisibles.
Prohibición de métodos de prueba: prohíbe determinados métodos de obtención de pruebas, no sólo la tortura, sino también, por ejemplo, la fatiga y el engaño.
Prohibiciones de uso de pruebas relativa y absoluta: depende del consentimiento del acusado después de que el delito haya terminado
independientes (la obtención de pruebas es lícita) y dependientes (sólo pueden surgir de la obtención ilícita de pruebas)

A grandes rasgos, el derecho alemán prevé la compensación en la adjudicación de las consecuencias jurídicas de los errores de investigación, mientras que el derecho estadounidense prevé la casación de toda la fuente de pruebas: En los EE.UU., la doctrina del fruto del árbol envenenado funciona en última instancia en ambas direcciones entre la prohibición del uso de pruebas y la prohibición de la obtención de pruebas, y por consiguiente también en el caso de su concatenación. En Alemania, la prohibición de la utilización de pruebas suele conllevar la prohibición de la obtención de pruebas, pero no ocurre lo contrario: la prohibición de la obtención de pruebas no conlleva automáticamente la prohibición de la utilización de pruebas. Por lo tanto, no se reconoce un efecto remoto de este tipo: Prohibición de explotación → Prohibición de recogida → Prohibición de explotación, etc. (véase más adelante).

Prohibiciones absolutas y relativas

Las normas de investigación tienen un carácter dual: pretenden garantizar la participación en igualdad de condiciones del acusado como cuasi-investigador (aspecto de participación) y limitar el procedimiento de investigación únicamente a las pruebas pertinentes a los hechos y a las pruebas cualitativas (aspecto de calidad). Si un acto de investigación va más allá, puede ser impugnado de forma independiente e inmediata y los participantes no necesitan esperar a la toma de pruebas en la audiencia principal.

Por lo tanto, ciertas prohibiciones de prueba tienen una existencia relativa en el primer caso, que depende de si, en caso de violación de las normas, la parte protegida del procedimiento da su consentimiento a la explotación en una fase posterior y, por lo tanto, ejerce finalmente su libertad de disposición. Este es el caso principalmente de las violaciones del § 55, § 136, § 163a del Código de Procedimiento Penal (StPO), es decir, como protección contra la autoinculpación (nemo tenetur se ipsum accusare).

En cambio, las prohibiciones de prueba, que salvaguardan la calidad de la obtención de pruebas, se aplican de forma absoluta y el consentimiento del acusado es irrelevante. Se trata principalmente de la prohibición de métodos de interrogatorio inadmisibles como el abuso, el engaño, la hipnosis, la coacción, las amenazas, etc. (artículo 136a del Código de Procedimiento Penal). A lo sumo, las infracciones se pueden “subsanar” -si es posible- volviendo a tomar las pruebas de acuerdo con las normas.

Argumento: “No, en absoluto”

Nota: Consulte también los grupos de casos de prohibiciones de pruebas con base constitucional.

El argumento de Silverthorne v. USA no es ajeno al derecho alemán. Los actos de investigación son siempre intervenciones del Estado que afectan a los derechos fundamentales y requieren una justificación adicional en virtud del derecho público (véase también la reserva de ley, la prohibición de la excesividad). La búsqueda de la verdad de acuerdo con el Código de Procedimiento Penal encuentra su límite último cuando la pretensión de castigo del Estado está limitada por los intereses individuales. Aquí se aplica la fórmula: No hay búsqueda de la verdad a cualquier precio. Este es el caso, sobre todo, de las graves intromisiones en el derecho general de la personalidad del acusado (el llamado ámbito central de la vida privada). En este sentido, a partir de los principios constitucionales se han desarrollado prohibiciones no escritas, pero fuertemente efectivas, que se miden con la vara de medir de la llamada teoría de las tres esferas, por ejemplo, en el caso de las anotaciones en el diario.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Carga de la prueba y modo de prueba

A diferencia de lo que ocurre en EE.UU., el acusado no tiene la carga de la prueba en la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Si invoca errores de investigación, no tiene que demostrarlos. Tampoco es necesario que presente una solicitud de prueba, ya que estos aspectos deben examinarse de oficio. Sin embargo, si presenta dicha solicitud, los organismos de investigación y el tribunal de primera instancia están obligados a investigar los hechos del caso – artículo 163a, párrafo 2, artículo 244 del Código de Procedimiento Penal. El tribunal investiga los errores de investigación en audiencia pública. No se aplica el principio in dubio pro reo. Si no se demuestra el delito, la prueba es admisible.

Estado de opinión de la jurisprudencia
Debido a estas diferencias sistémicas, la doctrina del fruto del árbol envenenado no está reconocida en la práctica jurídica alemana -salvo en casos individuales-, mientras que sí es aceptada por la opinión jurisprudencial dominante:

Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo Federal, en principio no se aplica ningún efecto remoto: Una violación del procedimiento no puede poner fin a toda la investigación y conducir al abandono del objetivo de averiguar la verdad. El examen de una “vía limpia” se considera arbitrario, tanto en el caso de una hipótesis de investigación como en base al curso de la investigación que realmente tuvo lugar. Se argumenta que el efecto remoto tiene como objetivo principal disciplinar a los órganos de investigación y negar el éxito a las posibles violaciones desde el principio[12]. Esto no es necesario – a diferencia de lo que ocurre en un juicio de parte – ya que el Código de Procedimiento Penal concibe al Ministerio Fiscal como la “autoridad más objetiva del mundo”, que también investiga y dirige el juicio a favor del acusado e incluso tiene que presentar recursos en su nombre.

Según la opinión contraria, debido al peligro de elusión de las prohibiciones de pruebas, el efecto remoto debería aplicarse como cuestión de principio[13], a menos que la prueba también se hubiera obtenido muy probablemente de forma legal[14] El argumento disciplinario se considera especialmente crítico, como un razonamiento circular en la línea de “Porque no puede ser lo que no debe ser”: Si los órganos de una administración de justicia que funciona bien no necesitaran ser disciplinados, no habría ninguna objeción a los mecanismos de salvaguardia de la disciplina. De todos modos, nunca se aplicarían.
Ocasionalmente, se sugiere una ponderación de la gravedad del delito[15].
Otra opinión propone un efecto remoto, sólo hasta donde se extiende el ámbito de protección de la norma violada[16] y por ello se remite en última instancia a la llamada teoría del círculo jurídico.

Aplicando excepcionalmente la doctrina del fruto del árbol envenenado

El rechazo fundamental de la doctrina de los frutos del árbol envenenado conoce esencialmente las siguientes excepciones:

Efecto cuasi remoto/efecto continuado: En los casos de prohibiciones de explotación orientadas a la calidad, como en el artículo 136a de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se reconoce un efecto casi remoto si un error de investigación no es continuado, pero sus resultados se mantienen en contra del acusado y conduce a nuevas pruebas bajo la influencia del mismo (efecto continuado).

Procedimientos principales: En el caso de una violación del artículo 136a del Código de Procedimiento Penal, el tribunal debe primero establecerlo en el juicio principal, y luego investigar de oficio si ha seguido teniendo efecto y en qué medida, es decir, el alcance de las pruebas que habría que calificar de árbol envenenado. En este ámbito, hay una prohibición indispensable de utilización, ya que hay una falta de calidad probatoria. Sin embargo, después de una llamada instrucción cualificada al acusado, es decir, sobre la inutilidad de las pruebas obtenidas previamente en violación del artículo 136a del Código de Procedimiento Penal, el tribunal puede volver a interrogar al acusado y utilizar una confesión que se haga entonces[18] Los frutos obtenidos de las pruebas obtenidas en violación del artículo 136a del Código de Procedimiento Penal son, sin embargo, utilizables en la práctica jurídica. El tribunal no está obligado a utilizar las pruebas obtenidas en violación del artículo 136a del Código de Procedimiento Penal.

Procedimientos de investigación/interinos: Si, por el contrario, las investigaciones siguen en curso y es posible obtener más pruebas, el juez de instrucción o el fiscal debe poner fin al efecto continuado de la infracción y eliminar una imagen errónea en la mente del acusado y de la defensa, por ejemplo, mediante una instrucción adecuada sobre la inutilidad, con el fin de permitir una nueva recogida de pruebas o nuevas presentaciones de acuerdo con las normas, de forma similar a lo que ocurre en el mencionado caso EE.UU. c. Ceccolini. Sin embargo, sólo una cesura efectiva -temporal y temática- interrumpe este efecto continuado y da lugar a una prueba admisible[20].

Medidas G10

Cuando los servicios de inteligencia investigan en secreto en virtud de la Ley del Artículo 10 y van más allá de esta autorización, se produce un efecto remoto sobre los frutos del árbol envenenado. A lo sumo, existe una excepción si al hacerlo dan con pistas de investigación de delitos distintos a los sospechados, que también figuran en el catálogo de investigaciones de la Ley del artículo 10 (delitos del catálogo).

Medidas de interceptación de las telecomunicaciones según el Código de Procedimiento Penal

Si la fiscalía investiga de forma secreta (artículos 100a y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) y si faltan los requisitos fácticos esenciales en la orden de medidas de investigación, las conclusiones obtenidas no pueden utilizarse según la jurisprudencia del Tribunal Supremo Federal. Esto también se aplica a los llamados hallazgos fortuitos. Sin embargo, el acusado debe oponerse expresamente a la utilización de dichas pruebas en el proceso. En el caso de una cadena de vigilancia de las telecomunicaciones, cada medida debe objetarse incluso por separado; no se produce una revisión en cadena.

Vigilancia de una vivienda (grandes escuchas)

Si se vigila una vivienda, se aplican normas especialmente estrictas, ya que se trata de una intrusión en el último refugio de una persona y sólo puede justificarse en caso de delitos especialmente graves. Si, a pesar de todo, se produce un error de investigación, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal, también debería aplicarse un efecto remoto. Estos requisitos se han aplicado de forma insuficiente en dos intentos legislativos[23], por lo que aún no se han codificado.

Revisor de hechos: Henry Ger

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Traducción al Inglés

Traducción al inglés de enfermedad de Alzheimer: Alzheimer’s disease consequences.

Véase También

*

  • Secuestro
    *

  • Juicio
    *

  • Prisión de Abu Ghuraib
  • Sitio negro
    *

  • Interpretación Judicial

    Bibliografía

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