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Draft: Tribunal Supremo de Japón (Saikô saibansho) 2

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Draft: Tribunal Supremo de Japón (Saikô saibansho) 2

Revisión judicial – Tribunales constitucionales/tribunales supremos

Nota: esto es sólo un primer borrador del capítulo de un libro que estamos redactando.

E. Jurisprudencia
29. Algunos casos de la competencia del Tribunal Supremo pueden ayudar a comprender las evaluaciones críticas mencionadas:

30. En el caso Placard, el acusado participó poco después del final de la Segunda Guerra Mundial en un mitin exigiendo comida, llevando una pancarta que decía: “El emperador Hirohito dijo: El cuerpo político se salvó. Estoy lleno de comida. Ustedes, el pueblo, mueren de hambre”. Luego fue procesado por un insulto contra el Emperador. El tribunal de distrito sostuvo que la disposición sobre el insulto perdió efecto después de la aceptación de la Declaración de Potsdam y encontró al acusado sólo culpable de difamación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Poco después de esta decisión, la Constitución japonesa fue promulgada y el gobierno otorgó indultos a todos los prisioneros y acusados de cometer insultos contra el Emperador.

Puntualización

Sin embargo, el Tribunal Superior consideró que la disposición sobre el insulto seguía siendo legal y declaró al acusado respectivamente culpable.

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Sin embargo, desestimó la acusación debido al indulto del gobierno para tales casos. El acusado apeló al Tribunal Supremo argumentando que debía ser absuelto porque la disposición sobre insultos era inconstitucional. La Gran Sala revocó el Tribunal Supremo, sosteniendo que la acusación debería haber sido desestimada sin decidir si el acusado era culpable y no encontró ninguna razón para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la disposición sobre insultos (Matsui (2011) 26).

31. De aún más importancia política y social ha sido la disputa sobre la constitucionalidad de las Fuerzas de Autodefensa del Japón (“SDF”, Jieitai) y el Art. 9 de la Constitución japonesa que dice: 1) “Aspirando sinceramente a una paz internacional basada en la justicia y el orden, el pueblo japonés renuncia para siempre a la guerra como derecho soberano de la nación y a la amenaza o al uso de la fuerza como medio de resolver las controversias internacionales”. 2) “Para lograr el objetivo del párrafo anterior, nunca se mantendrán las fuerzas terrestres, marítimas y aéreas, así como otras posibilidades de guerra. No se reconocerá el derecho de beligerancia del Estado”.

32. La primera impugnación fue el caso de la Reserva de la Policía Nacional (NPR), en el que un miembro de la Dieta presentó una demanda directamente en el Tribunal Supremo pidiendo que se declarara inconstitucional toda la conducta del gobierno en relación con el establecimiento de la NPR. La Corte Suprema rechazó la demanda porque no encontró ningún caso pendiente o controversia que fuera necesario para ejercer el poder de revisión judicial.

33. 30 años más tarde, en el caso Naganuma, los residentes de la aldea de Naganuma en Hokkaido impugnaron la decisión del Ministro de Agricultura de reclasificar los bosques locales para su uso en el SDF por considerar que violaba el Art. 9. Con una decisión sorprendente, el Tribunal de Distrito de Sapporo confirmó las reclamaciones de los demandantes, considerando por primera vez al SDF como inconstitucional, porque el SDF debe ser considerado como un “potencial de guerra” prohibido. El Tribunal Superior de Sapporo, que negó a los demandantes el interés jurídico para impugnar la reclasificación de la tierra, porque entretanto se habían adoptado medidas para evitar posibles daños derivados de la orden ministerial, anuló esta sentencia. El Tribunal Supremo confirmó el fallo del Tribunal Superior de que el caso era discutible y desestimó la demanda sin abordar las cuestiones de constitucionalidad del SDF.

34. Hubo casos posteriores en los que se cuestionó esta cuestión (Matsui (2011) 242), que puede describirse como la cuestión constitucional más controvertida del Japón. Aunque tiene un contenido altamente político en lo que respecta a la defensa nacional, es notable que el Tribunal Supremo se haya abstenido sistemáticamente de adoptar una posición clara, esperando obviamente que el problema se decida en un proceso político y no por el poder judicial (Matsui (2011) 233).

35. La iniciativa de iniciar este proceso político fue finalmente tomada en julio de 2014 por el gobierno de coalición de Abe, que decidió eliminar la prohibición de la autodefensa colectiva y la prohibición de la exportación de armas mediante una decisión del Gabinete por la que se modificaba la interpretación del Art. 9. Esta decisión fue preparada -como todas las demás actividades del gabinete- por la Oficina de Legislación del Gabinete (CLB), uno de los organismos más poderosos del gobierno.

36. La CLB supervisa la redacción de la mayor parte de la legislación aprobada por la Dieta y proporciona asesoramiento jurídico al gobierno, incluidas las interpretaciones constitucionales.Entre las Líneas En el desempeño de su función de asesoramiento, la CLB ha sostenido desde hace mucho tiempo en interpretaciones anteriores, que el Art. 9 de la Constitución no permite a la nación participar en actividades de autodefensa colectiva en el extranjero en concierto con otras naciones. La nueva interpretación ahora dice, que el “uso de la fuerza” puede ser permitido no sólo cuando se produce un ataque armado contra Japón, sino también cuando se produce un ataque armado contra un país extranjero y podría amenazar la supervivencia de Japón. El gabinete justificó esta ampliación del alcance refiriéndose a “los cambios en el equilibrio de poder mundial, el rápido progreso de la innovación tecnológica y las amenazas como las armas de destrucción masiva”.

37. El CLB tiene la última palabra cuando se trata de interpretar las famosas disposiciones de “no guerra” del Arte. 9, en gran parte por defecto: Aunque constitucionalmente el Tribunal Supremo es el “tribunal de última instancia con competencia para determinar la constitucionalidad de cualquier ley, orden, reglamento o acto oficial” (art. 81), se abstuvo constantemente, como ya se ha mencionado, de adoptar una posición clara, declarando que la defensa propia es una cuestión política de “alto nivel”.

38. Un poco irónicamente, la modificación de la posición de la CLB fue posible gracias a un cambio decisivo en la cúspide de su administración: el ex director general Yamamoto fue nombrado juez del Tribunal Supremo en 2013 y pudo en esta posición seguir confirmando su visión “pacifista” del Art. 9, que “cambiar la interpretación actual es difícil. Para realizar el tipo de derecho a la autodefensa colectiva que puede ejercerse al otro lado del mundo, sería más apropiado enmendar la Constitución” (Jones).

39. Sus sucesores como director general del CLB apoyaron en cambio una interpretación más agresiva del Arte. 9 y la autodefensa colectiva. Este proceso reveló la politización de un actor constitucional clave y la fragilidad de las prácticas en torno al CLB que han mantenido su integridad durante mucho tiempo (Jones) y condujo a un intenso debate, aún en curso, sobre la constitucionalidad de la interpretación del Gabinete de la Constitución, cada vez más criticada como “constitucionalismo burocrático” (Ghaleigh 195).

40. Con cierta similitud con los casos del SDF, otro tema bien discutido y a menudo presentado a la Corte Suprema es el problema de la mala distribución electoral o la disparidad de votos en relación con las elecciones para la Dieta. Incluso después de las reformas ejecutadas en 1994 y de una decisión del Tribunal Supremo de 2011, en la que se cuestionaba la constitucionalidad de las elecciones de 2008 (Equal Vote 2011; Equal Vote 2012), persistía la situación de que un solo voto en el distrito menos poblado tenía 2,43 veces el peso de uno en el distrito más poblado.Entre las Líneas En cuanto a las elecciones de 2012, que devolvieron el poder al PLD bajo el mandato del Primer Ministro Abe, se presentaron 16 demandas debido a la gran disparidad en el peso de los votos. Los tribunales superiores dictaminaron en marzo de 2013 que las elecciones en 31 de los 300 distritos de un solo escaño para la Cámara Baja del Parlamento (Shûgiin), compuesta por 480 miembros, eran inconstitucionales o se celebraban en un “estado de inconstitucionalidad”. El Tribunal Supremo confirmó en su decisión de 2013 (Equal Vote 2013), que en algunos distritos las elecciones eran inconstitucionales, pero se abstuvo de invalidar el resultado contencioso, instando de nuevo al Parlamento a resolver la cuestión de la diferencia entre el número de votos y el valor de los mismos. Por lo menos, hubo tres jueces que disintieron, creyendo que las elecciones generales de 2012 contravenían la Constitución del Japón y que, por lo tanto, los resultados de las elecciones debían ser anulados.

41. La posición de autocontrol también se ve confirmada por el hecho de que, en sus casi 70 años de historia, el Tribunal Supremo sólo en unos 10 casos declaró inconstitucionales los estatutos. Un caso en el que también hubo que reconsiderar las estructuras tradicionales de la sociedad japonesa es el del Patricidio. La acusada había sido acusada de asesinar a su padre, que había abusado de ella durante muchos años y la había obligado a tener hijos mediante el incesto. De conformidad con el Art. 199 del Código Penal japonés (“JCC”, Keihô, Ley Nº 44, 1907)), el delito de asesinato es punible con un mínimo de cinco años de prisión (en casos graves con cadena perpetua o pena de muerte), pero el delito de asesinato de un ascendente lineal tenía que ser castigado con arreglo al Art. 200 del Código Penal, ya sea con cadena perpetua o con la pena de muerte. [rtbs name=”muerte”] [rtbs name=”pena-de-muerte”] [rtbs name=”pena-capital”] Esta regulación era anterior a la constitución y se basaba en las ideas confucianas (constitucionalismo confuciano), que dominaban el sistema familiar japonés (es decir, desde la zona de Tokugawa (1603-1868)).

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Sin embargo, el Tribunal consideró que la diferencia de penas para el asesinato ascendente y el “ordinario” no podía sostenerse en virtud del Art. 14 de la Constitución, que establece que todas las personas son iguales ante la ley. El artículo 14 de la Constitución establece que todas las personas son iguales ante la ley. 200 JCC fue por lo tanto abolido por ser inconstitucional.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

42. Un importante caso reciente de inconstitucionalidad de las leyes está relacionado con el derecho de la familia y también con el artículo 200 del Código Penal. 14 de la Constitución: En un fallo histórico de septiembre de 2012, la Corte Suprema declaró inconstitucional el artículo 200 del Código Penal. 900, sección 4 del Código Civil (Minpô, Ley Nº 89, 1898), que había denegado el pleno derecho a la herencia a los herederos nacidos fuera del matrimonio (Matrimonio 2013). Un año más tarde, el Parlamento suprimió esta disposición, vigente desde 1898, y promulgó un reglamento reformado que garantizaba la igualdad de trato. La decisión unánime revisó el fallo del Tribunal Supremo de 1995 (Matrimonio 1995), cuando la disparidad de la herencia fue objeto de un examen ya importante y fue declarada constitucional en una votación de 10 a 5. La principal razón para declarar la situación actual como “irrazonable” fue la creciente diversificación de las familias en la sociedad japonesa y el cambio de la percepción social del concepto de matrimonio (se puede analizar algunas de estas cuestiones en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Fue la primera vez que la Corte Suprema declaró inconstitucional una cláusula del Código Civil.

F. Conclusión
43. Es evidente que, en comparación con el Tribunal Supremo de los Estados Unidos o el Tribunal Constitucional de Alemania, el Tribunal Supremo del Japón no utiliza el poder judicial que le confiere la Constitución para desempeñar un papel proactivo y formativo, y no hay indicios de que esto vaya a cambiar en un futuro próximo. Por un lado, esto ha suscitado muchas críticas argumentando que la Corte Suprema ha creado casos muy exigentes o requisitos de controversias, y ha rechazado muchos litigios constitucionales por falta de ese requisito. O que ha establecido una jurisprudencia constitucional muy conservadora y ha rechazado muchos ataques constitucionales en defensa de la sentencia de la Dieta (Matsui (2011) 151).

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44. La decisión del Gabinete en 2014 sobre la nueva interpretación del Art. 9 y las medidas preparatorias adoptadas a este respecto intensifican esta impresión y revelan la situación relativa del Tribunal Supremo y la Oficina Legislativa del Gabinete en la interpretación de este importante artículo y, especialmente, la relativa marginalidad del Tribunal Supremo hasta ahora.

45. Otros asumen que, a pesar de la moderación en las cuestiones constitucionales, el Tribunal Supremo japonés ha resuelto con bastante eficacia los conflictos, asignando con autoridad los valores socioeconómicos entre los intereses privados en competencia en la sociedad. Y ha hecho interpretaciones autorizadas de muchas disposiciones no constitucionales, utilizando incluso formas no litigiosas como la conciliación y el arbitraje. Mediante su contribución a la estabilidad con decisiones judiciales favorables al gobierno y a las empresas, el Tribunal Supremo ha contribuido indirectamente a lograr el crecimiento económico y una sociedad civil relativamente igualitaria.

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