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Expulsión Colectiva

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Expulsión Colectiva

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto de Expulsión Colectiva en relación a la Migración Internacional

La expulsión colectiva o en masa de extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) está prohibida por numerosos instrumentos internacionales. (Art., Protocolo, del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, 19 0; Art. 12, de la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, 1981; Art. 22 (9) del Convención Interamericana de Derechos Humanos, 1969). De acuerdo con la Corte Europea de Derechos Humanos, la expulsión colectiva es cualquier medida que obligue a extranjeros, como grupo, a abandonar el país, excepto cuando esa medida es adoptada en base al examen individual y objetivo de cada uno de los integrantes del grupo. (Andrew vs. Sweden, Número 45917/99, del 23 de febrero de 1999). [1]

Expulsiones étnicas

Las expulsiones étnicas son acciones extremas típicamente ejecutadas por gobiernos o milicias para “homogeneizar” lugares específicos. Los perpetradores pueden mostrar emociones de odio, miedo, venganza o resentimiento. Es mejor operar con una definición amplia de etnia al considerar las expulsiones étnicas. Después de todo, el objetivo puede ser considerado como racial, nacional, religioso, lingüístico o culturalmente distintivo, y no es esencial que los perpetradores se consideren como descendientes inmediatos de diferentes ancestros a sus víctimas. Las políticas de expulsión pueden ejecutarse a través de la deportación deliberada y forzada de poblaciones no combatientes.

En los conflictos, las expulsiones son una de las estrategias más extremas adoptadas por los gobiernos o las milicias para eliminar las “diferencias étnicas”. La encuesta mundial (o global) sobre los refugiados invariablemente calcula un total mundial (o global) de millones de refugiados internacionales y personas desplazadas, la mayoría de las cuales son atribuibles a conflictos de etnopolítica.

La metáfora más coloquial y reprensible de “limpieza étnica” se usa a veces para describir, y algunas veces para justificar expulsiones étnicas. Es un término del autor y, por lo tanto, debe usarse con precaución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La expresión sugiere la rectitud estética (lo artístico, o lo relacionado con el arte o la belleza) de la acción relevante porque la “limpieza” elimina “impurezas” (Semelin: 2007).

Puntualización

Sin embargo, la metáfora confunde a algunos estudiosos en la combinación de tres acciones separadas, todas ellas delitos: el asesinato deliberado de civiles para inducir la fuga (que puede equivaler a genocidio), las expulsiones deliberadas y la asimilación coercitiva. Estas tres actividades deben distinguirse incluso si a veces se encuentran juntas (para un ejemplo de la combinación conceptual, véase Mann (2005)).

¿Son genocidas las expulsiones étnicas?

En un caso presidido por la jueza Rosalyn Higgins, la Corte Internacional de Justicia emitió un juicio importante en febrero de 2007. Bosnia y Herzegovina argumentó contra la antigua República de Yugoslavia y sus sucesores, Serbia y Montenegro, y Serbia, de la cual Serbia había sido responsable. Genocidio y no había logrado prevenir el genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) llevado a cabo por las milicias serbias en Bosnia. El Tribunal determinó, por mayoría de votos, que Serbia no había cometido genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) a través de sus oficinas o instituciones, ni a través de personas con autoridad delegada de Serbia; No había conspirado para cometer genocidio; No había incitado la comisión de genocidio; y no fue cómplice en el genocidio; pero que Serbia había violado su obligación de prevenir el genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) ocurrido en Srebrenica en julio de 1995; y había incumplido con sus obligaciones en virtud de la convención internacional contra el genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) transferir a Ratko Mladic para ser juzgado por el Tribunal Penal Internacional (Presidente de la Corte de Justicia, Higgins y otros: 2007: cláusula operativa, párrafo 471).Entre las Líneas En su sentencia, la Corte abordó el significado legal de la expresión “limpieza étnica”:

“En la práctica, se usa, por referencia a una región o área específica, para significar“ hacer que un área sea étnicamente homogénea mediante el uso de la fuerza o la intimidación para eliminar a personas de determinados grupos de la zona ”… No aparece en la Convención sobre el Genocidio; de hecho, no se aceptó una propuesta durante la redacción de la Convención para incluir en la definición “medidas destinadas a obligar a los miembros de un grupo a abandonar sus hogares para escapar de la amenaza de malos tratos posteriores”. una forma de genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) en el sentido de la Convención, si corresponde o cae dentro de una de las categorías de actos prohibidos por el artículo II de la Convención. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Ni la intención, como cuestión de política, de hacer que un área sea “étnicamente homogénea”, ni las operaciones que se pueden llevar a cabo para implementar dicha política, como tal, se puede designar como genocidio: la intención que caracteriza al genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) es “destruir, en todo o en parte” a un grupo en particular, y la deportación o desplazamiento de los miembros de un grupo, incluso si se realiza por la fuerza, no es necesariamente equivalente a La destrucción de ese grupo, y tal destrucción no es una consecuencia automática del desplazamiento. Esto no quiere decir que los actos descritos como “limpieza étnica” nunca puedan constituir genocidio, si se caracterizan como, por ejemplo, “infligiendo deliberadamente las condiciones de vida grupales calculadas para provocar su destrucción física en su totalidad o en parte ”, en contra de lo dispuesto en el párrafo c) del artículo II de la Convención, siempre que dicha acción se lleve a cabo con la intención específica necesaria… es decir, con miras a la destrucción del grupo, a diferencia de su remoción de la región. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). [Mientras]]

“hay similitudes obvias entre una política genocida y la política comúnmente conocida como ‘limpieza étnica'”… una… “debe establecerse una clara distinción entre la destrucción física y la mera disolución de un grupo. La expulsión de un grupo o parte de un grupo en sí no es suficiente para el genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) “.Entre las Líneas En otras palabras, si una operación particular descrita como” limpieza étnica “equivale a genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) depende de la presencia o ausencia de los actos enumerados en el artículo II de la Convención de Genocidio, y de la intención de destruir al grupo como tal. De hecho, en el contexto de la Convención, el término “limpieza étnica” no tiene un significado legal propio. Dicho esto, está claro que los actos de “limpieza étnica” pueden ocurrir en paralelo a los actos prohibidos por el Artículo II de la Convención.

En este caso, el Tribunal no encontró, en las pruebas presentadas, que las expulsiones, que tuvieron lugar en Bosnia en 1992-95, fueron acompañadas por la intención de destruir al grupo objetivo, ya sea en su totalidad o en parte.

Una Conclusión

Por lo tanto, legalmente, no debemos suponer que las expulsiones étnicas son genocidas, como han hecho algunos (p. Ej., Cigar: 1995), aunque las expulsiones pueden acompañar un genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) parcial, y pueden indicar que se están produciendo masacres genocidas.

Fenómenos relacionados y, a menudo, encontrados como componentes de expulsiones étnicas

Si el genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) es más extremo que la expulsión étnica porque la intención de destruir al grupo está presente, en todo o en parte, entonces los “pogromos” o “disturbios étnicos mortales” pueden ser juzgados como menos extremos que las expulsiones, porque son intermitentes y su por lo general, la intención es intimidar o explotar la vulnerabilidad del grupo objetivo en lugar de desplazarla (Bergmann: 2003; Brass: 1996; Brass: 1996; Horowitz: 2001).

Detalles

Las expulsiones étnicas a gran escala pueden estar precedidas por oleadas de intimidación en los lugares de trabajo o por la destrucción y quema de hogares donde vive el grupo objetivo.Si, Pero: Pero tales eventos pueden detenerse y no llegar a una expulsión integral.Entre las Líneas En Belfast y las ciudades circundantes en 1920, y nuevamente en 1969, los leales protestantes expulsaron a los católicos de sus lugares de trabajo y quemaron tiendas y hogares en lo que consideraron respuestas justificadas a las provocaciones nacionalistas irlandesas. La destrucción planificada de hogares, considerada como parte de la patria de las personas, justificada por proyectos de planificación (véase más en esta plataforma general) o desarrollo, puede considerarse como un “domicilio”, que puede culminar en expulsiones.

Las expulsiones étnicas también deben distinguirse de (los casos raros) de intercambios voluntarios de población posteriores a una partición o secesión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Puntualización

Sin embargo, por lo general, tales “intercambios” o “transferencias” son involuntarios desde la perspectiva de las poblaciones asustadas que se van a trasladar, y las considerarán como expulsiones.

Detalles

Las expulsiones étnicas también deben diferenciarse de las políticas de “control”. Un grupo (o grupos) subordinados puede experimentar una discriminación sistemática en un sistema de control, lo que luego induce a una mayor tasa de salida de la migración entre ese grupo que entre el grupo dominante. Las políticas de control ciertamente tienen componentes demográficos, pero no tienen la inmediatez ni la amplitud local de una política de expulsión dirigida.

Tipos de expulsiones

Podemos distinguir “exiliados siberianos”, es decir, expulsiones internas o la creación de “desplazados internos” en el curso de conflictos internos y guerras civiles (Cohen y Deng: 1998; Hanf: 1993), de la política deliberada de ” la creación de refugiados “, es decir, la expulsión inequívoca de ciudadanos a territorios o mares y océanos fuera de las fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) soberanas relevantes, acciones que son ilegales para los gobiernos cumplir con el derecho internacional (Goodwin-Gill: 1977; Hencckaerts: 1995). Los ejemplos de los primeros incluyen el trato a los pueblos indígenas en muchos de los imperios europeos (Brantlinger: 2003; Cocker: 1998; Jennings: 1975); Católicos irlandeses movidos por Oliver Cromwell durante 1649-50 y por sus predecesores y sucesores (Edwards, et al.: 2007; Ó Siochrú: 2008); minorías nacionales dentro de la Unión Soviética durante y después de la Segunda Guerra Mundial (Nekrich: 1978; Pohl: 1999); el movimiento de los negros de Sudáfrica a sus supuestas patrias bajo el apartheid (véase su definición, el apartheid en Sudáfrica y la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid, adoptada en Nueva York el 30 de noviembre de 1973) (Desmond: 1971; Dugard: 1980); y el movimiento forzado y la concentración de kurdos y turcomanos en el Iraq republicano y baathista.

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Los ejemplos de “creación de refugiados” incluyen la expulsión de judíos de un gran número de lugares en su historia colectiva, especialmente por los reinos cristianos europeos, especialmente de Inglaterra, Francia, y más dramáticamente en la modernidad temprana de España. Los nazis expulsaron a los judíos del Reich de forma infame antes de que se embarcaran en “la solución final”. Aquí se abandonó la expulsión en favor de la ambición de terminar por completo con la comunidad. Los judíos también fueron expulsados ​​de los estados árabes después de la formación de Israel. Los judíos no han estado solos, por supuesto. Más de quince millones de VolkDeutsch de Europa del Este fueron expulsados ​​después de la Segunda Guerra Mundial; también lo fueron algunos de la población árabe palestina durante la formación de Israel en 1948; los asiáticos de Uganda durante la dictadura de Amin; y la comunidad greco-chipriota del norte de Chipre en 1974 y después. Mientras estuvo en existencia, ISIS llevó a cabo genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) parcial y expulsiones, dirigidas a los kurdos, yazidis, shabak, árabes chiítas y cristianos en Siria e Irak.

¿Qué explica las expulsiones étnicas?

Están fuertemente asociados con las guerras y sus consecuencias. Los estudiosos se dividen entre los “modernistas” que creen que su incidencia ha aumentado en la modernidad, como un subproducto del imperialismo, el auge y expansión de la nación-estado y, en algunos casos, como la supuesta consecuencia del lado oscuro de democracia.

Pormenores

Por el contrario, los “perennialistas” creen que las expulsiones son coextensivas con la formación de los primeros estados e imperios; así como el genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) se puede encontrar en todos los períodos de la historia y en todos los continentes, se argumenta lo mismo de las expulsiones étnicas.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Puntualización

Sin embargo, se observa con frecuencia que la esclavitud de los pueblos conquistados fue una vez más común, con la sugerencia de que la exclusión de esa horrible opción hace que las expulsiones sean más probables. La creencia de que la formación del Estado-nación (Estado en el que la población tiene una identidad nacional compartida, basada normalmente en la misma lengua, religión, tradiciones, e historia) genera refugiados está muy extendida (por ejemplo, Zolberg: 1983; Tarzi: 1991; Jackson Preece: 1998); como es la sugerencia de que la democracia genera presión para las expulsiones (Mann: 2005). La implicación es que el esfuerzo político para equiparar “demos” y “ethnos” culmina con la expulsión o algo peor.Entre las Líneas En esta perspectiva “modernista”, las primeras guerras de los Balcanes de 1912-14 se consideran típicas y portentas más que excepcionales.

Puntualización

Sin embargo, los críticos responden que el imperialismo, el exclusivismo religioso y el racismo han tenido papeles más destacados en la explicación y justificación de las expulsiones, y exponen problemas significativos con la tesis del “lado oscuro de la democracia”, argumentando que las democracias bien establecidas hacen que las expulsiones sean mucho menos probables.

Justificaciones normativas y réplicas

Los discursos utilizados para justificar las expulsiones normalmente se centran en consideraciones de seguridad, pero a menudo tienen defensas religiosas y morales; véanse, por ejemplo, las reclamaciones checas que justifican la expulsión de los alemanes (Bednar: 1948; Benes: 1942; Benes: 1944; Benes: 1946). El grupo objetivo está acusado (persona contra la que se dirige un procedimiento penal; véase más sobre su significado en el diccionario y compárese con el acusador, público o privado) de deslealtad activa o de ser una quinta columna potencial para una potencia extranjera; las zonas fronterizas deben protegerse en defensa preventiva: los hechos deben hacerse en el terreno.

Detalles

Las expulsiones a veces se han justificado retrospectivamente porque pusieron fin a los conflictos nacionalistas.

La imparcialidad de la presencia de los pueblos objetivo en la tierra puede ser cuestionada: pueden ser colonos coloniales recientes, la vanguardia o la guarnición de una gran potencia; pueden haber atacado o tratado de expulsar a los nativos; o pueden ser inmigrantes ilegales. Se ha argumentado que los colonos coloniales no deberían tener derecho a votar en los referendos de autodeterminación; es un paso más para sugerir que también deben ser expulsados.Entre las Líneas En una vena ética diferente, aquellos que se enfocan en el “riesgo moral”. Temen que las afirmaciones cuestionables de que se hayan llevado a cabo expulsiones étnicas están provocando excusas para las intervenciones armadas.

Algunas expulsiones, sin embargo, no han sido impulsadas por preocupaciones de seguridad, o apoyadas por argumentos históricos relacionados con quién tiene el derecho legítimo a la tierra relevante. Los pueblos nómadas y forrajeadores a menudo han sido expulsados ​​de sus tierras por avariciosos colonos, con o sin el apoyo de sus gobiernos, y sin respeto por la historia. Las “reservas” se creaban a menudo para los pueblos indígenas expulsados. Los pueblos agrarios e industrializados a menudo han sido tanto letales como expulsionistas hacia quienes se considera que están en un nivel más bajo de civilización, y son expertos en proporcionar justificaciones legales para su expulsión de sus tierras tradicionales. Las minorías religiosas que no representaban una amenaza importante para la seguridad también fueron chivos expiatorios antes de la expulsión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

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Conclusión

La prevención de las expulsiones étnicas es un asunto problemático y, obviamente, está estrechamente relacionado con la prevención del genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) y la prevención de pogromos y disturbios étnicos mortales. Las federaciones multinacionales seguras, las asociaciones y las democracias proporcionan el mejor seguro institucional, pero no pueden garantizar que no ocurrirán intentos de expulsión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los compromisos creíbles de proteger los derechos humanos tanto colectivos como individuales por parte del Consejo de Seguridad de la ONU pueden ayudar en el futuro. Igualmente preocupante es la cuestión de la búsqueda de los perpetradores, y si los que han sido expulsados ​​deberían tener un derecho de retorno exigible, un tema que sigue siendo pertinente en muchos lugares, incluidos Bosnia, y Sudán contemporáneo, Sudeste Sudán, Irak y Siria.Entre las Líneas En cualquier interpretación defendible del derecho a la autodeterminación, los pueblos expulsados ​​deberían tener el derecho de regresar a sus países de origen con una compensación adecuada.Si, Pero: Pero es extraordinariamente raro que tales retornos tengan lugar con el consentimiento de los perpetradores o los sucesores de los perpetradores.

Autor: Williams

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Información sobre expulsión colectiva recogida del Glosario sobre Migración, Derecho Internacional sobre Migración, Organización Internacional para las Migraciones, Ginebra, Suiza (2006)

Véase También

  • Expulsión
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