Juicio Politico
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] El juicio político tiene como antecedentes remotos al Impeachment inglés, y como antecedente mediato al Impeachment norteamericano (Cárdenas, Raúl F., Responsabilidad de los Funcionarios Públicos, Editorial Porrúa, México, 1982, pp. 324-325). Es un término utilizado para designar el procedimiento para fincar responsabilidad política u oficial a un servidor público. Implica el ejercicio material de una función jurisdiccional llevada a cabo por un órgano de funciones políticas, pero respetando las formalidades esenciales de un procedimiento jurisdiccional.21
El juicio político es producto, entonces, del sistema implantado en Estados Unidos, que, a diferencia del europeo, no puede aplicar además de las sanciones políticas las penales que puedan corresponder. El sistema americano fue expuesto por Alexander Hamilton en el federalista número 65.
Para Hamilton, el juicio político es la separación del servidor (público) indigno del cargo público y no la sanción penal o patrimonial de un acto indebido. Hamilton destacó la importancia de separar la responsabilidad debido a que el daño ocasionado por un funcionario inflige a la comunidad política, ésta debe ser resarcida mediante la remoción del funcionario después de un procedimiento seguido ante un órgano político.
Alexis de Tocqueville también explicó la naturaleza política o administrativa del mismo, mereciéndole el comentario de que resultaba menos hostil a la división de poderes que el sistema europeo.
La doctrina del siglo XIX estaba en desacuerdo con el término juicio. Eduardo Ruiz, argumenta que no se debe denominar juicio porque no se aplica ninguna sanción o castigo al infractor, sino que solo constituye un correctivo natural para remover al funcionario.
La doctrina americana ha considerado que realmente se trata de un procedimiento mediante el cual sí se puede aplicar una sanción de esencia política y no penal, pero que constituye finalmente un castigo para el funcionario ya que se logra moverlo del cargo y en ocasiones inhabilitarlo. (Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, Editorial Porrúa, Tomo I-O, México, 1999, p. 1867).
Raúl F. Cárdenas señala, en su libro “Responsabilidad de los Funcionarios Públicos” (p. 343) que “la naturaleza jurídica del juicio político, gira sobre hechos, no delictuosos, y concluye con la separación e inhabilitación, en su caso, del alto funcionario que ha perdido la confianza pública; por lo tanto es ajeno a la actividad judicial”. Asimismo afirma que, “el juicio político tiene una jurisdicción especial, que se caracteriza por la naturaleza de los actos u omisiones en que incurren los altos funcionarios en el desempeño de sus funciones, que obliga a un cuerpo político, momentáneamente investido del poder de juzgar, a separarlos de su encargo e inhabilitarlos para desempeñar otro, dentro del lapso que fije la ley, en virtud de haber perdido la confianza, y para que si el hecho tuviera señalada otra pena en la ley, queden a disposición de las autoridades comunes para que lo juzguen y consignen con arreglo a ella”.
Nota: información basada, parcialmente, en un trabajo de Claudia Gamboa y Sandra Valdés Robledo para la Cámara de Diputados de México.
Elementos de Juicio Político
Descripción y definición de Juicio Político aparecidas en el diccionario de derecho procesal constitucional y convencional (2014), escrito por Manuel González Oropeza y publicado por el Poder Judicial de la Federación (mexicana) y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): El juicio político es el término utilizado comúnmente para designar el procedimiento para fincar responsabilidad política u oficial a un servidor. Puede afirmarse al respecto que el juicio político es el conjunto de actos procesales previstos en la ley, que tiene como finalidad la aplicación de sanciones específicas atribuidas a conductas determinadas, es decir, es el vínculo procesal para la aplicación de la norma sustantiva en materia de responsabilidad política.
La existencia del juicio político está estrechamente relacionada con el cumplimiento de las labores correspondientes al servicio público, lo cual puede exigirse en regímenes distintos al republicano. Ejemplo de ello sería que en México, entre las leyes vigentes en la época colonial, existió el juicio de residencia, procedimiento de responsabilidad al que estaban sujetos los altos funcionarios de la Monarquía, incluidos los propios virreyes y gobernadores. Este juicio de residencia tenía como propósito principal el de determinar, previa investigación pormenorizada, si los servidores habían obrado bien o mal durante el tiempo de su servicio. El juicio de residencia se realizaba luego dela terminación del cargo del funcionario público, y se tramitaba mediante tribunales especiales establecidos para conocer de ese solo juicio, otorgando acción a cualquier gobernado que considerara que el funcionario lo había perjudicado en ejercicio de la función que tenía encomendada.
Juicio Político en el Derecho Legislativo y Político
Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
En el lenguaje jurídico el vocablo juicio, del latín judicium, tiene distintas acepciones. Referido al aspecto procesal concierne al litigio entre partes que ha de concluir con una sentencia definitiva, o bien por desistimiento del actor, allanamiento del demandado o transacción de ambos, cuando esto es lícito y posible. Escriche enseña que el juicio es: “la controversia y decisión legítima de una causa ante y por el juez competente; o sea, la legítima discusión entre el actor y el reo ante juez competente que la dirige y determina con su decisión o sentencia definitiva”. “Los elementos del juicio son: a) Discusión sobre un derecho cuestionado; b) partes que discuten o cuestionan; c) juez que juzga o falla; y d) ley, conforme a cuyas reglas se instruye el proceso”. Juicio se escribe en otras lenguas: portugués, juizo; inglés, judgment; francés, jugement; alemán, urteil, meinung e italiano, giudizio.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Desarrollo de Juicio Político en este Contexto
La justicia política, es aquella que se ejerce sobre hombres políticos o en materia política. Es el juicio ético-administrativo, al cual son sujetos ciertos funcionarios públicos, con independencia de cualquier juicio penal, por lo que la sanciones también son evidentemente políticas.
Juicio Político en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”] Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de juicio político en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.
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Bibliografía
- Hamilton, Alexander et at., The Federalist Papers; introducción de Clinton Rossiter, New York, New American Library, 1961
- Ruiz, Eduardo, Derecho constitucional, reimpresión de la 2ª edición, México, UNAM, 1978
- Tena Ramírez, Felipe, Derecho constitucional mexicano; 17ª edición México, Porrúa, 1980.
CABANELLAS, Guillermo, Diccionario de Derecho Usual, Bibliográfica Omeba, Buenos Aires, 4ª. ed., t. II.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
ESCRICHE, Joaquín, Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia, Librería de Rosa, Bouret París, nueva edición.
PRELOT, Marcel, Precis de Droit Constitutionnel, Librairie Dalloz, Paris, 1952, 10ª. ed.
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