Monarquía Constitucional

Monarquía Constitucional

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En inglés: Constitutional monarchy.

Monarquía Constitucional en el Derecho Legislativo y Político

Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

Origen de la Expresión

Durante el siglo XIX se propagó por el continente europeo la noción de constitucionalizar a la monarquía, como aconteciera en Inglaterra y Francia, con el objeto de garantizar la existencia del monarca, pero compartiendo el poder con otros órganos. Con ello, la monarquía deja de ser supremo al Estado, pasa a ser símbolo de unidad nacional y otro organismo de gobierno, con facultades y obligaciones precisas, lo que motivó, la consolidación de los regímenes parlamentarios. El tipo de monarquía constitucional que hoy conocemos, es el resultado de una larga evolución, en la que el gobierno de un solo hombre, se ha convertido simplemente en una expresión semántica, solo conserva sus formas y apariencias exteriores. La importancia que ha ido adquiriendo el parlamento fue minando las facultades del monarca, hasta hacerse cargo de la dirección del gobierno a través de un gabinete responsable ante él; por ello, se dice: «El poder pasó de la Corona al parlamento y del parlamento al gabinete.» La monarquía constitucional presenta un Poder Ejecutivo dualista al existir un Jefe de Estado (rey) y un jefe de Gobierno (primer ministro) que tienen derechos y obligaciones constitucionalmente establecidos; el primero representa la unidad jurídico-política de una nación y el segundo es quien encabeza la administración, junto con el gabinete, que tienen su origen en el parlamento. Inglaterra que es el modelo clásico de monarquía constitucional, tuvo su tránsito de monarquía absoluta a constitucional desde 1688 a 1832, a partir de los lineamientos del Common Law, los estatutos y las convenciones. El paulatino pero efectivo proceso de perfeccionamiento de la monarquía constitucional inglesa, presenta hoy en día, un parlamento independiente al rey, el que ha perdido todo peso político ante un gobierno que es apoyado por la mayoría parlamentaria. Lo anterior se corrobora con las atribuciones que tiene el rey, que son: ostenta la representación del Estado en las relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolíticas en nuestra plataforma); nombra y acredita a los embajadores; declara la guerra; firma la paz; es jefe supremo de las fuerzas armadas; ejerce el derecho de gracia y los embajadores extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) se acreditan ante él.

Poderes de la Monarquía Constitucional

Los poderes más significativos del rey guardan relación con el órgano legislativo, éstos son: reunir al parlamento; tiene la facultad de disolverlo; nombra al Primer Ministro y a los colaboradores de éste en el gobierno.

Detalles

Por último, «es el vínculo, símbolo y emblema inmutable del Commonwealth». Por su parte, el gobierno está compuesto de tres instancias: el Primer Ministro; el Ministerio y el Gabinete. El Primer Ministro representa la unidad del ministerio, es el responsable de señalar el rumbo a los órganos gubernamentales. Es de destacar, la responsabilidad ministerial ante el parlamento, que puede ser colectiva o individual. «Si un ministro pierde la confianza a causa de la política que su departamento ha realizado, debe dimitir. Ahora bien, puede darse el caso de que el Gabinete se solidarice con lo hecho por el ministro.Entre las Líneas En tal supuesto, o se salva el ministro con la ayuda del equipo, o se hunde todo el gobierno.» Otro ejemplo de constitucionalización de la monarquía, lo encontramos en la Constitución Política de la Monarquía Española, promulgada por las Cortes de Cádiz en 1812, que dispuso en su artículo 14: «El Gobierno de la Nación española es una monarquía moderada hereditaria», otorgándole al rey la facultad de ejecutar las leyes, pero limitándolo en su poder con lo señalado en su artículo 3o.: «La soberanía reside esencialmente en la Nación y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.» Asimismo, el artículo 10 contempla como un concepto unitario su territorio (peninsulares y ultramarinos) extinguiéndose los términos de Corona y reinos (JAVIER OROZCO GÓMEZ).

Diferencias entre monarquías constitucionales y absolutas

Monarquía absoluta

En el absolutismo (siglos XVII y XVIII en Europa; consulte también la información respecto a la historia del derecho natural) teórico, un monarca gobierna con poder total. Hacia el final de la Edad Media y después de la Reforma, las guerras religiosas, el declive de la iglesia y el crecimiento de la clase media dieron lugar a la aparición de líderes absolutos que ofrecían garantías de orden. El concepto de «derecho divino» a menudo, como en el caso del Rey Jaime I/VI (Rey Jaime I de Inglaterra, Jaime VI, Rey de Escocia), lo cubría como justificación de los abusos de poder absoluto.

En una situación en la que un individuo que no es necesariamente conocedor de economía toma todas las decisiones económicas, la economía puede verse seriamente dañada por una asignación imprudente de fondos. Por ejemplo, Luis XIV de Francia abusó de su control del dinero al gastarlo en su Palacio de Versalles y en guerras que no beneficiaron a Francia. Según la Francia Moderna Temprana, (Robin Briggs, 1998, ISBN), al final del reinado de Luis XIV, la Familia Real Francesa tenía una deuda de 2.000 millones de libras o unos 21.000 millones de dólares. Esta deuda, combinada con la incómoda estructura fiscal del país, fue un factor que contribuyó a la Revolución Francesa.

Puntualización

Sin embargo, otros historiadores sostienen que la exención fiscal de la nobleza y de la Iglesia fue una causa más importante del déficit presupuestario de Francia.

Si el monarca absoluto favorece a un grupo sobre otro, puede resultar en una reducción de las libertades personales. El rey Luis XIV lo demostró cuando anuló el Edicto de Nantes y exilió por la fuerza a los hugonotes de Francia.

Monarquía constitucional

Una monarquía constitucional es una forma de gobierno en la que un rey o reina reina reina con límites a su poder junto con un órgano de gobierno (es decir, el Parlamento), dando lugar al adagio moderno «la Reina reina reina pero no gobierna». Una monarquía constitucional pudo formarse en Inglaterra a lo largo de diferentes períodos de la historia por una compleja combinación de razones: a veces debido a la falta de un liderazgo (véase también carisma) fuerte, y otras veces debido a líderes fuertes que carecían de fondos, que necesitaban recaudar dinero para llevar a cabo las guerras, y que necesitaban abordar los agravios públicos para asegurar que este dinero estuviera disponible. Históricamente, los ingleses no habían creído en el «Divino Derecho de los Reyes»: desde la Carta Magna de 1215, la monarquía ha sido considerada como un instrumento político contractual.Entre las Líneas En el siglo XVII, el abuso de poder por parte de la dinastía Stuart, y sus intentos de importar la doctrina del «Derecho Divino» de Escocia, hizo que los ingleses cuestionaran la autoridad real y revivieran las salvaguardias anteriores contra el poder ejecutivo. El Parlamento adoptó varias medidas clave para limitar el poder del Rey (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Revivieron el instrumento inglés de impugnación, que responsabilizaba a los ministros del Rey de sus acciones; de ahí que los sirvientes del Rey pudieran ser ejecutados por aplicar políticas impopulares. Obligaron a Carlos I a firmar la Petición de Derecho que reafirmaba que el Rey debía pasar por el Parlamento para promulgar nuevas leyes, impuestos, etc. Después de firmar la Petición de Derecho, Carlos I la ignoró inmediatamente, precipitando las guerras civiles inglesas y la eventual decapitación del Rey por traición. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Esto envió un mensaje a los futuros monarcas de Inglaterra de que no tenían poder absoluto. Durante el reinado de Carlos II, el Parlamento aprobó el Habeas Corpus. La Ley de hábeas corpus establece que todo prisionero que sea capturado por el Rey será juzgado. Esto evitó que el Rey simplemente se llevara a sus enemigos a la cárcel. Cuando Jaime II tomó el trono, mucha gente no lo apreciaba cuando alardeaba de su catolicismo.

Una Conclusión

Por lo tanto, el Parlamento volvió a flexionar sus músculos pidiendo a Guillermo de Orange que derrocara al rey. Guillermo y su esposa María vinieron de Holanda (Países Bajos) y derrocaron a Jaime II sin derramamiento de sangre.

Esto fue llamado la «Revolución Gloriosa». Una vez que Guillermo y María obtuvieron el control del trono, apoyaron completamente a la monarquía constitucional. Juntos firmaron la Declaración de Derechos, que limitó severamente el poder del rey, y dio más libertad a sus súbditos. Un partidario de la monarquía constitucional era John Locke.Entre las Líneas En sus «Tratados de Gobierno» escribió que una democracia directa es la mejor forma de gobierno. Escribió que la gente es capaz de mejorar y gobernarse a sí misma, y que la gente tiene tres derechos principales. Estos derechos son la vida, la libertad y la propiedad, y es tarea del gobierno protegerlos. También escribió que si el gobierno es injusto, el pueblo tiene el derecho de derrocarlo, una doctrina que fue invocada durante la Revolución Americana.
Esta evolución en el pensamiento eventualmente (finalmente) engendraría movimientos tales como el sufragio (el derecho al voto) universal y los partidos políticos. A mediados del siglo XX, la cultura política en Europa había cambiado hasta el punto de que todos los monarcas constitucionales habían sido reducidos al estatus de figuras efectivas, sin ningún poder efectivo.

Indicaciones

En cambio, fueron los parlamentos elegidos democráticamente y su líder, el primer ministro, quienes se convirtieron en los verdaderos gobernantes de la nación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En muchos casos, incluso los propios monarcas, que alguna vez ocuparon los primeros puestos de la jerarquía política y social, recibieron el estatus de «servidores del pueblo» para reflejar la nueva realidad igualitaria.

Autor: Henry

Monarquía Constitucional en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=»parlamentarismo»]
En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de monarquía constitucional en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.

Definición de Monarquía Constitucional en Ciencias Sociales

[rtbs name=»home-ciencias-sociales»]Un sistema de gobierno en el que el jefe de estado es un individuo que generalmente adquiere el puesto por descendencia hereditaria.Entre las Líneas En épocas anteriores de la historia, los monarcas eran a menudo absolutos en su poder efectivo y no estaban limitados por limitaciones legales o políticas. El sistema monárquico de Gran Bretaña, del cual deriva el de Canadá, ha estado sujeto a limitaciones constitucionales formales desde la Carta Magna emitida en 1215 por el Rey Juan de Inglaterra. La Carta Magna fue exigida al Rey por la aristocracia terrateniente de Inglaterra que quería limitaciones legales definitivas y permanentes en el poder real. A lo largo de los siglos, el sistema monárquico de Inglaterra se transformó gradualmente en la estructura constitucional moderna, en la que el monarca solo posee un poder legal formal que, por convención política, debe ser ejercido solo con el asesoramiento y el acuerdo de los ministros del monarca. Estos ministros son elegidos por un Primer Ministro que el monarca designa pero que, por convención política, debe ser el líder del partido cuyo partido cuenta con el apoyo mayoritario, o el mayor apoyo, en la Cámara de los Comunes elegida. La convención de que el monarca actuará solo con el consejo y el consentimiento del Primer Ministro y del gabinete hace que la monarquía sea compatible con un sistema de democracia parlamentaria. La monarquía de Canadá tiene una estructura similar. El Gobernador General representa a la Reina (o Rey) en Canadá, posee los poderes legales formales del monarca pero por convención política los ejerce con sujeción al asesoramiento del Primer Ministro y otros ministros federales. Desde 1926, la autonomía del Canadá respecto de Gran Bretaña ha sido reconocida por el requisito de que el Gobernador General del Canadá sea nombrado por el monarca solo con el asesoramiento del Primer Ministro del Canadá. El sistema de monarquía contrasta con las repúblicas, donde el jefe de estado es un individuo elegido directamente por el pueblo (por ejemplo: Estados Unidos, Francia, México) o nombrado por un parlamento estatal elegido (por ejemplo: Alemania, Israel). (En general, aplicable a Canadá)

Revisor: Lawrence

Monarquía Constitucional

En el contexto del derecho internacional y comparado, esta sección se ocupará de lo siguiente: Monarquía constitucional. Véase asimismo más sobre esta materia y algunas cuestiones conexas en esta plataforma. [rtbs name=»derecho-constitucional-y-administrativo»] [rtbs name=»autoridad-suprema-y-soberania»] [rtbs name=»formas-de-estado-y-de-gobierno»]

Definición de Monarquía Constitucional

Véase una aproximación o concepto relativo a monarquía constitucional en el diccionario.

Recursos

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Véase También

  • Derecho Constitucional
  • Derecho Administrativo
  • Autoridad Suprema
  • Soberanía
  • Formas de Estado
  • Formas de Gobierno
  • Monarquía Constitucional

Recursos

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Traducción al Inglés

Traducción al inglés de Monarquía Constitucional: Monarchy, Constitutional

Véase También

Bibliografía

  • Información acerca de «Monarquía Constitucional» en el Diccionario de Ciencias Sociales, de Jean-Francois Dortier, Editorial Popular S.A.

Recursos

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Véase También

Bibliografía

BIDART CAMPOS, Germán, Derecho Político, Aguilar, Argentina, 1962.

BOBBIO, Norberto y Nicola Matteucci, Diccionario de Política, México, Siglo XXI, 1977, t. II.

JIMéNEZ DE PARGA, Manuel, Los regímenes políticos contemporáneos, Tecnos, Madrid, 1988, 6a. ed.

9 comentarios en «Monarquía Constitucional»

  1. La familia más significativa de monarquías constitucionales en el mundo de hoy son los dieciséis Reinos de la Mancomunidad de Naciones, todas democracias parlamentarias independientes bajo un monarca común, actualmente la Reina Isabel II. A diferencia del Reino Unido, casi todos los demás países del Commonwealth han redactado constituciones con procesos complejos de cambio constitucional. A través de las crisis políticas, la redacción pacífica de la Constitución y el debate internacional, las convenciones de Westminster relativas al monarca constitucional han adquirido una definición mucho más clara en los otros quince reinos que en el Reino Unido. En muchas de estas constituciones, el monarca o el representante de la Corona se considera parte integrante de los poderes ejecutivo y legislativo del gobierno, y esa posición está explícitamente protegida, al menos en parte, por la constitución escrita.

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  2. A diferencia de algunos de sus homólogos de Europa continental, la monarca de Westminster y sus representantes conservan importantes poderes de «reserva» o «prerrogativa», que sólo pueden ejercerse en tiempos de extrema emergencia o crisis constitucional (por ejemplo, Australia 1975, Granada 1983, Islas Salomón 1994), por lo general para defender el gobierno parlamentario. En tales casos, la falta de comprensión por parte del público de la convención constitucional puede causar controversia. Por ejemplo, en la destitución en 1975 del gobierno de Whitlam en Australia, el Gobernador General John Kerr fue ampliamente culpado por su intervención en la crisis de la oferta, lo que provocó el desconcierto de los académicos constitucionales británicos y canadienses. En cambio, varias de estas autoridades, como Lord Hailsham (antiguo Lord Canciller del Reino Unido) y el Senador Eugene Forsey (la principal autoridad constitucional canadiense sobre los poderes de reserva de la Corona) argumentaron que la culpa de la crisis en Australia y de su resultado debería haber recaído en el entonces Líder de la Oposición, Malcolm Fraser, que era a la vez políticamente responsable de negar el suministro y de causar la crisis inmediata, y formalmente responsable del despido de Whitlam en virtud de las convenciones de Westminster relativas al ejercicio de los poderes de reserva. Basándose en esta controversia, los comentaristas jurídicos han argumentado desde entonces que la comprensión pública del papel constitucional de la Corona debe aumentar si se quiere que los monarcas sobrevivan incluso al ejercicio legítimo de sus funciones en tiempos de crisis.

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  3. Con la excepción de la Italia de la posguerra, ninguna monarquía constitucional moderna y democrática ha votado a favor de su abolición, pero Grecia votó en contra del restablecimiento de su monarquía constitucional tras el derrocamiento del gobierno militar.
    Aunque muchos de los partidos de izquierda europeos, pasados y presentes, contienen facciones antimonárquicas, hasta la fecha pocos han declarado abiertamente su preferencia por la abolición monárquica total, y en su lugar utilizan sus poderes para restringir y reformar los supuestos elementos «antidemocráticos» o «prejuiciosos» de la monarquía. Por ejemplo, en los últimos años se ha abolido en algunas monarquías constitucionales europeas la tradición milenaria del orden de sucesión al trono «masculino primero», lo que permite que las hijas mayores asuman el trono antes que sus hermanos.

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  4. Un punto de vista común en cuanto a por qué las monarquías constitucionales modernas continúan sobreviviendo es que las familias reales individuales han permanecido populares. Hoy en día, la mayoría de las familias reales contemporáneas se esfuerzan por proyectar una imagen moderna a la ciudadanía de una monarquía que se preocupa e interesa tanto por la gente como por su país. Muchos miembros de las familias reales modernas frecuentemente hacen donaciones o participan en eventos de caridad, visitan a ciudadanos pobres o enfermos, y hacen apariciones públicas en eventos deportivos o artísticos de alto perfil. Estas medidas pueden ayudar a hacer que una monarquía parezca ser relevante al mismo tiempo, especialmente cuando los propios miembros de la realeza se involucran en la comunidad. Mientras una monarquía pueda seguir siendo popular en el ojo público, hay pocas razones para que los políticos se entrometan, y aquellos que lo hacen pueden fácilmente encontrarse en el extremo de una dura crítica pública.
    Otros defensores de las monarquías constitucionales sostienen que las familias reales promueven el turismo y son una tradición (clave) asociada con el patriotismo y el orgullo nacional. Por ejemplo, en muchas monarquías constitucionales el cumpleaños de la monarca es un día festivo nacional, y un evento marcado con eventos y fiestas patrióticas públicas. En los últimos años, muchas familias reales también se han convertido en blancos populares del periodismo sensacionalista y de los chismes, los cuales, aunque a menudo se argumentaban como intrusivos y destructivos, siguen demostrando que muchos encuentran a la realeza interesante simplemente como celebridades. Otro argumento más especula que la abolición de una monarquía popular puede ser un esfuerzo inútil de todos modos, ya que incluso una familia real «depuesta» podría presumiblemente seguir viviendo su estilo de vida real y captar la atención pública, haciendo que cualquier reemplazo republicano parezca ilegítimo.

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  5. Otro argumento más especula que la abolición de una monarquía popular puede ser un esfuerzo inútil de todos modos, ya que incluso una familia real «depuesta» podría presumiblemente seguir viviendo su estilo de vida real y captar la atención pública, haciendo que cualquier reemplazo republicano parezca ilegítimo. Históricamente, cuando las monarquías han sido abolidas, la familia real solía exiliarse en un país extranjero para evitar que su presencia interfiriera o distrajera al nuevo gobierno republicano. Sin embargo, tales movimientos se hacían generalmente durante los períodos de conflicto y confusión con la monarquía. Si un país democrático aboliera hoy su monarquía, un exilio para la familia real sería probablemente denunciado como cruel y, por lo tanto, no se vería como una opción práctica.

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  6. En el siglo XX ha surgido una visión mucho más sofisticada desde el punto de vista político a favor de la preservación de las monarquías constitucionales en las democracias parlamentarias, por ejemplo, en el caso de la Reina Isabel II, en términos de la utilidad de un observador dentro del Ejecutivo que no esté afiliado a partidos políticos, que no deba su seguridad laboral al Primer Ministro de la época y que pueda permitirse el lujo de escrutar las controversias políticas que puedan hacer desaparecer del cargo al Primer Ministro en ejercicio. No tiene poderes políticos -ese es el dominio del gobierno electo, encabezado por el Primer Ministro-, pero es una co-signataria formal de los instrumentos políticos, que tiene un interés personal en proteger al gobierno constitucional de abusos injustificables. Los defensores más famosos de este punto de vista fueron el historiador canadiense Eugene Forsey (más tarde senador canadiense, cuya defensa de la monarquía formó parte de su tesis doctoral en la historia de Oxford) y el abogado australiano H.V. Evatt (más tarde juez del Tribunal Supremo y fiscal general australiano, cuyo tratamiento de la ley de Westminster relativa a los poderes de la monarquía y de la reserva fue la base de su tesis doctoral en derecho). Es interesante observar que tanto Forsey como Evatt eran socialdemócratas, muy implicados en los movimientos laborales de sus respectivos países. Su trabajo se basó en el de Alpheus Todd, el bibliotecario del siglo XIX de la Cámara de los Comunes de Canadá. La obra enciclopédica de Todd contradecía efectivamente el tratado popularmente conocido y obsesionado por la clase de Walter Bagehot, cuyas opiniones sobre la monarquía como una «baratija» para distraer a las clases «inferiores» siguen siendo influyentes en Gran Bretaña. En las últimas décadas Bagehot ha sido efectivamente desacreditado, sus suposiciones históricas, políticas y legales han sido refutadas. (Por ejemplo, su creencia de que la posición de la Reina existe únicamente a discreción del Parlamento Británico, sin referencia al electorado, no resiste un escrutinio detallado.)

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  7. Irónicamente, dada la percepción pública de la riqueza y los privilegios asociados con la monarquía, el caso Todd/Evatt/Forsey argumenta que los poderes de reserva de la Corona y la naturaleza peculiar de la oficina la convierten en un activo útil, aunque limitado, contra las aspiraciones «presidenciales» de los primeros ministros, y en una salvaguarda superior para la supervisión ejecutiva que cualquier otra cosa disponible en un contexto republicano. El caso sugiere que ella es una observadora externa que, cuando se combina con las convenciones de responsabilidad ministerial, mejora la responsabilidad democrática del Poder Ejecutivo ante la legislatura electa, y la responsabilidad de la legislatura electa ante el electorado. En pocas palabras, exigir a los primeros ministros que se arrodillen y muestren deferencia y humildad de forma regular es una forma útil de mantener sus egos bajo control.

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  8. La Mancomunidad polaco-lituana, formada después de la Unión de Lublin en 1569 y que duró hasta la partición final del Estado en 1795, funcionó de manera muy similar a muchas monarquías constitucionales europeas modernas. Los legisladores del estado unificado realmente no lo vieron como una monarquía en absoluto, sino como una república bajo la presidencia del Rey. Polonia-Lituania también siguió el principio de «Rex regnat et non gubernat», tenía un parlamento bicameral y una colección de documentos legales consolidados que equivalían a una constitución similar a la del moderno Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. El Rey fue elegido, y tenía el deber de mantener los derechos del pueblo.
    Francia funcionó brevemente como una monarquía constitucional durante la era post-Napoleónica, bajo el reinado de Luis XVIII y Carlos X, pero el intento de este último de restablecer la monarquía absoluta condujo a su caída. Louis-Philippe de Francia era también un monarca constitucional.
    Napoleón Bonaparte, como emperador de los franceses, era un monarca constitucional, aunque fue expulsado de Francia antes de que su línea pudiera continuar.
    El Imperio Alemán de 1871 a 1918, (así como las confederaciones anteriores y las monarquías que lo conformaban) fue también una monarquía constitucional, ver Constitución del Imperio Alemán.
    Antes de la Revolución Iraní en 1979, Irán era una monarquía constitucional (brevemente) bajo Mohammad Reza Shah Pahlavi, que había sido establecida originalmente durante la Revolución Constitucional Persa en 1906.
    Portugal hasta 1910 fue una monarquía constitucional y el último rey fue Manuel II de Portugal.
    Hawaii fue una monarquía constitucional desde la unificación de los pequeños cacicazgos independientes de Oʻahu, Maui, Molokaʻi, Molokaʻi, Lānaʻi y la Hawaiʻi (o la «Gran Isla») en 1810 hasta el derrocamiento de la Reina Liliʻuokalani en 1893.
    El Gran Ducado de Finlandia era una monarquía constitucional aunque su gobernante, el Zar de Rusia, era un autócrata y un gobernante absoluto en su país natal.

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