▷ Sabiduría mensual que puede leer en pocos minutos. Añada nuestra revista gratuita a su bandeja de entrada.

Recursos

Recursos Generales Pautas para ampliar el tamaño del texto Para ampliar el tamaño del texto en la página web, mantenga pulsada la tecla de control (Ctrl) y pulse la tecla más (+). Del mismo modo, para reducir el tamaño del texto, mantenga pulsada la tecla control (Ctrl) y pulse la tecla menos (-). Si utiliza … Leer más

Clasificación de las Sanciones

Violencia y otras cuestiones

Esta sección introducirá y discutirá las dinámicas cambiantes de clasificación de las sanciones, con el objetivo de examinar su desarrollo actual.[rtbs name=”derecho-en-general”] Recursos Véase También Derecho Civil Derecho en General

Organizaciones en el Ámbito de la Muerte 3

Organizaciones en el Ámbito o Campo de la Muerte 3 Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. Nota: es continuación de la entrada sobre las Organizaciones en el Campo de la Muerte. Las Organizaciónes Intergubernamentales (OIG) y Supranacionales [rtbs name=”organizaciones-intergubernamentales”] [rtbs name=”organizaciones-supranacionales”] … Leer más

Organizaciones en el Ámbito de la Muerte 2

Organizaciones en el Ámbito o Campo de la Muerte 2 Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. Nota: es continuación de la entrada sobre las Organizaciones en el Campo de la Muerte. Las Organizaciónes Intergubernamentales (OIG) y Supranacionales [rtbs name=”organizaciones-intergubernamentales”] [rtbs name=”organizaciones-supranacionales”] … Leer más

Mortalidad

Cuota por mortalidad (mortality charge) en Derecho de Seguros de Estados Unidos Definición de Cuota por mortalidad (mortality charge) en la temática del Seguro en su ámbito jurídico americano: La porción correspondiente al factor de protección del seguro de una póliza universal de vida. Este […]

Cámara de Gas

Aquí se examina también la adopción del gas letal como método de ejecución en algunos estados de Estados Unidos. A pesar de estar rodeados de “estados de electrocución”, los funcionarios de Carolina del Norte defendían una ideología social más reformista y progresista que la que se solía encontrar en otras partes del Sur. El clima político y social relativamente liberal del estado, junto con el creciente desagrado del público por los relatos gráficos que acompañaban a las electrocuciones, probablemente contribuyeron al cambio al gas letal. Entre 1937 y 1939, Wyoming, Missouri, Oregón y California adoptaron el método; cada uno de estos estados contrató posteriormente a Eaton Metal Products en Denver, Colorado, para diseñar sus cámaras de gas. Las cámaras de gas podían pedirse con uno, dos o tres asientos, y su construcción e instalación solía costar unos 3.500 dólares. Eaton Metal Products diseñó y construyó todas las cámaras de gas letal utilizadas en Estados Unidos, excepto la utilizada en el estado de Carolina del Norte. En ese caso, Carolina del Norte tomó prestados los planos de Eaton, que acabó recibiendo una patente por su diseño de cámara de gas en 1957. La Alemania nacionalsocialista experimentó con el asesinato por gas venenoso a partir de octubre de 1939, en la Operación T4. Tenía como objetivo la ejecución de personas discapacitadas cuya existencia el régimen consideraba indigna de ser vivida. Es significativo que la orden de ejecutar a los discapacitados mentales y físicos firmada por el propio Hitler se remonta al 1 de septiembre de 1939, el inicio de la guerra. Para los nazis, la llamada eutanasia era, en efecto, un acto de guerra para ayudar al pueblo alemán a deshacerse de individuos que fueran una carga en la lucha internacional por la vida.

Métodos de Ejecución de Pena de Muerte

Hay cuatro países que autorizan la decapitación y seis que autorizan la inyección letal como método de ejecución. Los países que autorizan la decapitación son Irán, Arabia Saudí y Yemen, mientras que los países que permiten la inyección letal son China, Guatemala, Taiwán, Tailandia, Estados Unidos y Vietnam. Varias organizaciones internacionales han hecho comentarios sobre los distintos métodos de ejecución, aprobándolos o pidiendo un trato más humano en los casos en que se aplica la pena de muerte. La inyección letal puso fin a las macabras ejecuciones del pasado. Pero tras una serie de muertes chapuceras, su humanidad está siendo cuestionada. ¿Existe otra opción? Ninguna empresa farmacéutica quiere que sus medicamentos se utilicen para matar a la gente.

Pena de Muerte Obligatoria

Este texto se ocupa de la pena de muerte obligatoria. Al menos más de 20 países siguen aplicando la pena de muerte obligatoria, aunque cada vez más tribunales nacionales reconocen que, según el derecho internacional, las condenas a muerte obligatorias son arbitrarias e inhumanas. En el ámbito internacional, los casos han puesto a prueba la capacidad de los órganos de los tratados de derechos humanos para responder a las voluminosas y urgentes quejas de manera oportuna y eficaz, y han dado lugar a avances materiales en los principios y normas internacionales que rigen la aplicación de la pena capital, basados en parte en los precedentes nacionales. En el ámbito nacional, los tribunales han considerado valioso recurrir a los términos de los instrumentos de derechos humanos y a las decisiones asociadas de sus instituciones supervisoras para dar un significado y efecto informados y progresivos a los derechos y libertades consagrados en las constituciones regionales. De este modo, los poderes judiciales de los gobiernos regionales han dado un efecto significativo al principio de efectividad, según el cual la obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos requiere no sólo la existencia de un sistema legal diseñado para hacer posible el cumplimiento de esta obligación, sino también que los gobiernos se comporten de manera que garanticen efectivamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos. Además, los tribunales nacionales han extendido este principio más allá de las garantías sustantivas de los instrumentos interamericanos de derechos humanos de los instrumentos interamericanos de derechos humanos para abarcar los procedimientos internacionales mediante los cuales se supervisa el cumplimiento de esas garantías.

Extranjeros con Pena de Muerte

La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares exige que los Estados notifiquen inmediatamente a los extranjeros detenidos que se enfrentan a cargos de pena capital su derecho a comunicarse con su representante consular. La jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia es decisiva en este tema. A pesar de las resistencias del Tribunal Supremo, el gobierno de Obama reconoció abiertamente esta obligación permanente y expresó su compromiso de garantizar su pleno cumplimiento. Por ejemplo, el Gobierno de Estados Unidos informó al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas de que, como parte de su objetivo de lograr “la equidad y la igualdad en la aplicación de la ley”, la Administración “se compromete a garantizar que Estados Unidos cumpla con sus obligaciones internacionales de proporcionar notificación consular y acceso a los ciudadanos extranjeros bajo custodia de Estados Unidos, incluidas las obligaciones derivadas de la decisión Avena de la Corte Internacional de Justicia”.

Extradición en la Pena de Muerte

Muchos países abolicionistas de la pena capital se niegan a extraditar a fugitivos a Estados con pena de muerte sin garantías de que las autoridades no solicitarán, más adelante, y para ese caso, la pena capital. Las políticas de los gobiernos extranjeros en relación con la extradición han suscitado un complejo debate en Estados Unidos. México ha sido el blanco más frecuente del rencor de los políticos. El artículo 8 del Tratado de Extradición entre los Estados Unidos de América y los Estados Unidos Mexicanos de 1979 establece que México puede denegar la extradición a Estados Unidos a menos que la parte solicitante ofrezca garantías de que no se impondrá la pena de muerte. (Tratado de Extradición entre los Estados Unidos de América y los Estados Unidos Mexicanos, 531 U.S.T. 5059, T.I.A.S. No. 9656, 1979). México ha solicitado indefectiblemente dichas garantías en los últimos años. Este texto examina la aparición de las cláusulas sobre la pena de muerte en los tratados y leyes de extradición y da ejemplos de casos concretos en Estados Unidos en los que la extradición ha impedido la aplicación de la pena de muerte o se ha eludido para permitir que se condene a personas a la pena capital.

Mujeres ante la Pena de Muerte

Las mujeres embarazadas, como también ocurría en la Inglaterra del siglo XVII, y las madres de niños pequeños reciben cierta protección frente a la ejecución, pero la discriminación por motivos de género en la aplicación de la pena capital sigue siendo una preocupación grave y poco estudiada.

Jurisprudencia Internacional sobre la Pena de Muerte

A principios de 2001, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió una decisión final a favor de Garza, en la que determinó que la inclusión de los cuatro asesinatos ajenos no juzgados en la fase de la pena del juicio constituía una violación del derecho de Garza a un juicio justo y al debido proceso, de acuerdo con los artículos XVIII y XXVI de la Declaración Americana. Además, la Comisión consideró que la sentencia de muerte de Garza era arbitraria y caprichosa en virtud del artículo I de la Declaración Americana y que ejecutarlo sería una violación deliberada de su derecho a la vida en virtud del artículo I. Los abogados de Garza utilizaron este dictamen como base para otros procedimientos posteriores a la condena, solicitando una reparación sobre la base de que los derechos de Garza en virtud de la Declaración Americana habían sido violados cuando se introdujeron en su audiencia de sentencia pruebas de los cuatro asesinatos no juzgados cometidos en México. La petición también argumentaba que las conclusiones de la Comisión eran vinculantes para Estados Unidos en virtud de la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA) porque Estados Unidos es miembro de la OEA. La Corte Internacional de Justicia ordenó a Estados Unidos que revisara las condenas y sentencias de la mayoría de los 54 mexicanos que fueron parte de la decisión judicial sobre el caso Avena. Esto no significó que las condenas en los casos en los que se violaron los derechos de los ciudadanos mexicanos a la Convención sobre los Derechos del Niño fueran automáticamente anuladas. Normalmente, las decisiones de la Corte Internacional de Justicia sólo se aplican a las partes demandantes en relación con sus casos. Sin embargo, la Corte Internacional de Justicia afirmó que la decisión judicial en el caso Avena no se limitaba a los ciudadanos mexicanos en Estados Unidos, sino que se aplica también a casos similares en otros países participantes en la Convención de Viena.

Historia de los Métodos de Pena de Muerte

En Estados Unidos se siguen empleando cinco métodos de ejecución: la horca, el pelotón de fusilamiento, el gas letal, la electrocución y la inyección letal. Aunque casi todos los 38 estados con leyes sobre la pena de muerte han adoptado la inyección letal (como método alternativo o como único método), algunos estados se aferran a sus tradicionales sillas eléctricas, horcas y cámaras de gas. El número exacto de ejecuciones legales llevadas a cabo por estos y otros métodos en Estados Unidos sigue siendo discutible. Algunas investigaciones de fines de los años 90 estiman que desde 1608 se ha ejecutado legalmente a unas 20.000 personas en Estados Unidos. El acto de la ejecución siempre ha estado cargado de significado social, y el propio método de ejecución ha sido generalmente el punto central del procedimiento. En la América colonial y en los Estados Unidos preindustriales, las ejecuciones eran espectáculos públicos. Los métodos de ejecución utilizados eran intrínsecamente violentos y brutales; el dolor y el sufrimiento humanos se consideraban componentes necesarios de estos acontecimientos, que simbolizaban el poder absoluto del Estado. A mediados del siglo XIX, los reformistas y los miembros de la clase media empezaron a abrazar ideologías más humanistas respecto a las formas crueles y violentas de castigo. Este cambio en la percepción social de cómo debería aparecer la muerte sancionada por el Estado culminó con métodos de ejecución más mecánicos y eficaces, como la silla eléctrica y la cámara de gas. En esencia, los métodos de ejecución son un símbolo de los valores sociales y, lo que es más importante, de cómo la sociedad estadounidense mantiene su imagen deseada de civilización.

Moratoria

Este texto se ocupa de las moratorias. Tiene varios significados. En derecho, es un plazo que se otorga para solventar una deuda vencida, por ejemplo. Se dice especialmente de la disposición que difiere el pago de impuestos o contribuciones, y también, por extensión, de las deudas civiles. Las moratorias sobre las ejecuciones desempeñan un papel cada vez más importante en la eliminación de la pena de muerte, pero son vulnerables a la caducidad y pueden retrasar la estrategia global para abolir la pena de muerte. También se utiliza en economía y ramas conexas, como los seguros o las obligaciones bancarias, financieras y fiscales.