Unánime
Definición de UNÁNIME en Derecho español Dícese de los que convienen en idéntico parecer o dictamen, y de este mismo parecer o dictamen común.
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Definición de UNÁNIME en Derecho español Dícese de los que convienen en idéntico parecer o dictamen, y de este mismo parecer o dictamen común.
Unión Escandinava en 1948 Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Unión Escandinava es: Con objeto de facilitar las relaciones comerciales entre Dinamarca y Suecia estos países acordaron una unión en 1873 en virtud de la cual la moneda de uno tenía circulación legal en el otro. […]
Véase También Apuntes UNED Estudiando tributario
Unitarismo: Introducción al Concepto Jurídico De acuerdo con Eduardo Jorge Arnoletto: Es una forma de Estado en la cual las entidades intermedias (provincias y municipios) tienen atribuciones muy limitadas, y el poder decisorio sobre todo tema importante reside en una instancia de poder […]
Nació de la idea genial de un ilustre jesuita montañés,… Tomás Gómez (1837-1898), idea recogida calurosamente por la casa marquesal de Comillas (España), tanto en la persona del eficaz iniciador de la obra, el primer marqués, don Antonio López y López, como en la del segundo, don Claudio […]