Trabajos Preparatorios
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Los “travaux préparatoires” en la Elaboración de los Tratados
Los trabajos preparatorios de un tratado utilizados como medio de interpretación. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados se refiere a los “medios de interpretación complementarios, incluidos los trabajos preparatorios del tratado y las circunstancias de su celebración, para confirmar “el sentido resultante de la aplicación del artículo 31, o para determinar el sentido cuando la interpretación según el artículo 31 tenga uno de estos dos efectos:
- Deje el significado ambiguo u oscuro; o
- Conduzca a un resultado “manifiestamente absurdo o irrazonable”.
Datos verificados por: Andrews
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A veces publicados, los “travaux” suelen ser útiles para aclarar las intenciones de un tratado u otro instrumento, como se refleja en el artículo 32 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (CVDT).
Para interpretar los tratados, la CVDT sitúa esta forma de interpretación como secundaria respecto al sentido corriente (véanse los artículos 31 y 32).
En el caso Sigurjonsson contra Islandia, el Tribunal señaló que el uso de los travaux préparatoires en el anterior caso Young James y Wester no era decisivo, sino que simplemente proporcionaba una hipótesis de trabajo. Los trabajos preparatorios fueron invocados legítimamente por la Comisión para demostrar que la disposición según la cual “toda persona será libre de salir de cualquier país, incluido el suyo”, no da derecho a un preso condenado a salir del país en el que está legalmente detenido.